Pensiones Alimenticias

Publicado en FAMILIA, Alimentos por Jovino Novoa el Martes, 27 dAmerica/Santiago Noviembre dAmerica/Santiago 2007 a las 11:41

Estimados:

Siguiendo con uno de los temas más consultados por ustedes en el Blog, adjunto la siguiente información de manera de aclarar aún más como demandar una pensión de alimentos, quienes y desde cuando tienen derecho a ella y por otro lado como solitar visitas.

¿Que son las Pensiones Alimenticias?
Es la obligación de dar alimentos.
Tratándose de niños, niñas y adolescentes, incluye además, enseñanza básica, media y el aprendizaje de alguna profesión u oficio.

¿Quiénes son beneficiarios de las pensiones alimenticias?
Entre otros, los hijos(as) hasta que cumplan 21 años y hasta los 28 si están estudiando.

¿Quiénes deben proporcionar la pensión alimenticia?
Ambos padres si trabajan remuneradamente. Cuando uno no trabaja en forma remunerada, pesa sobre el otro la obligación de dar los recursos necesarios para sustentar y desarrollar la vida del niño(a).

¿Qué ley regula las pensiones alimenticias?
La DFL N° 1 (art 7) sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias y artículos 321 a 337 del Código Civil.

¿Cómo tramito la pensión alimenticia?
En caso de separación de los padres, el cuidado de los hijos, por regla general corresponde a la madre. En ese caso ella será la que los represente para efectos de obtener su pensión de alimentos.
Deberán dirigirse al Juzgado de Familia correspondiente al domicilio del alimentante (demandado) o del alimentario (el menor).
Como señalé en un artículo anterior la demanda podrá ser oral o escrita y en caso que sea oral, el funcionario del tribunal procederá a poner por escrito los términos de la pretensión. (los alimentos que se piden)
Las adolescentes embarazadas también tienen derecho a demandar pensión de alimentos por el hijo(a) que está por nacer.

¿Se requiere contar con un abogado para presentar la demanda de alimentos?

No, se puede presentar personalmente al tribunal. Sin embargo, considerando lo complejo del proceso, se recomienda contar con la asesoría de un abogado. Si no tiene recursos para contratar uno, puede acudir a la Corporación de Asistencia Judicial o la Fundación de Asistencia Legal de la Familia de su comuna.

¿Qué se debe probar en el juicio de alimentos?

El vínculo de parentesco con el demandado: mediante certificado de nacimiento o libreta de matrimonio.
Las necesidades del niño/a: a través de una lista con sus gastos de alimentación, educación, recreación, vivienda, salud, vestuario, movilización, luz, agua, gas, teléfono, etc.

Es bueno evidentemente también probar la capacidad económica del alimentante con la mayor cantidad de antecedentes que se tengan(nombre del empleador, bienes a su nombre, otros ingresos etc.) , aunque la ley presume que el alimentante, demandado, tiene los medios para otorgarlos.
Respecto al demandado, si oculta sus fuentes de ingreso o presenta antecedentes falsos, se arriesga a sanciones de hasta tres años de cárcel.

Mientras se desarrolla el juicio, ¿el demandante queda sin pensión alimenticia?
No, en la primera actuación judicial el juez tiene la obligación de fijar el monto de dinero que el demandado deberá pagar para los hijos menores de edad mientras se tramita el juicio de alimentos y hasta que se dicte sentencia definitiva. Esto se conoce como alimentos provisorios.

¿Cómo se recibe la pensión de alimentos decretada por el juez?
Lo más frecuente es que se fije una suma de dinero a pagar mensualmente, mediante depósito en una cuenta bancaria especial. Si el demandado es trabajador dependiente con empleo fijo, el juez oficiará al empleador para que descuente la pensión de alimentos directamente de su sueldo, quien depositará la suma correspondiente en una cuenta del Banco Estado determinada por el juez.

También es posible que se imputen a la pensión alimenticia ciertos pagos efectuados en especies, situación que el tribunal regulará en la sentencia. Por ejemplo: el pago de la o las colegiaturas. El tribunal puede disponer además de otros canales de pago.

¿Cuáles son los montos establecidos para solicitar la pensión de alimentos?
Los montos evidentemente variarán dependiendo de las circunstancias económicas y sociales tanto del alimentante como del alimentario, pero de manera general podríamos señalar:

El monto mínimo equivale al 40% de un ingreso mínimo cuando se trate de un solo hijo. Si tiene más de un hijo, el monto mínimo por cada uno de ellos equivale al 30% de un ingreso mínimo.
El monto máximo no podrá sobrepasar el 50% de los ingresos totales de quien pagará la pensión. Ejemplo: si el padre da la pensión y sus ingresos totales equivalen a un sueldo mínimo, y se solicita la pensión para 3 hijos, la pensión total (por los 3 hijos) no podría ser menor a $108.000. Pero como sobrepasar el 50% de los ingresos totales, la pensión total sería de $60.000.

información obtenida desde www.bcn.cl, la cual ha sido editada y complementada.

¿Que pasa frente al incumplimiento de la pensión de alimentos?
Ver artículo, Sanciones por no pago de Pensión de Alimentos.

Complementar la información precedentemente señalada con el link http://www.senado.cl/blog/jnovoa/?p=64 “Pensión de Alimentos. I” donde encontraran gran cantidad de consultas, comentarios y respuestas.

VISITAS

Tratando de ser lo más concreto y práctico en las diversas situaciones que se viven a diario en el Derecho de Familia y en sus Juzgados, adjunto ” formato tipo ” de Demanda de Visitas.

La ley establece que el proceso podrá comenzar por demanda oral o escrita. En el primer caso, el funcionario del tribunal que corresponda procederá a poner por escrito los términos de la pretensión en acta que levantará al efecto, la que será suscrita por la parte previa lectura de la misma.

El acta de la cual nos habla la ley, para el caso de visitas, es la siguiente:

RIT / / /
JUZGADO _____________
FECHA / / /

Poder Judicial
Juzgados de Familia de Santiago

DEMANDA DE RELACION DIRECTA Y REGULAR

DEMANDANTE

NOMBRE ____________________________________________________________

RUT_________________________________________________________________

DOMICILIO___________________________________________________________

COMUNA_____________________/EMAIL /________________________________

TELEFONO____________________________________________________________

DEMANDADO

NOMBRE ____________________________________________________________

RUT _____________________________________________________________

DOMICILIO____________________________________________________________

COMUNA_____________________/EMAIL /________________________________

TELEFONO____________________________________________________________

QUIEN SOLICITA EL REGIMEN (VINCULO) /MADRE / PADRE /OTRO /

NOMBRE DE LOS NIÑOS __________________________________________ EDAD________

__________________________________________ EDAD________

__________________________________________ EDAD ________

CONTRA QUIEN PIDE REGIMEN (VINCULO) /MADRE / PADRE / OTRO /

SEÑALE LOS DIAS QUE LE GUSTARIA TENER VISITAS

___________________________________________________________________

___________________________________________________________________

____________________________________________________________________

SEÑALE LA FORMA QUE QUIERE QUE SE NOTIFIQUEN LAS RESOLUCIONES
CARTA / / E-MAIL / / TELEFONO / /

TENIENDO PRESENTE QUE EL PROCESO DE MEDIACION ES GRATUITO PARA USTED
LE INTERESARIA PARTCIPAR EN ESTE PROCEDIMIENTO
SI __________ NO _______

_________________________________
FIRMA DEMANDANTE

Para poder seguir ampliando a diario la información publicada , conocer de boca de ustedes el “día a día” en los Juzgados de Familia y que dicha experiencia vivida nos sirva a todos los que interactuamos en este blog, es que espero sus interesantes y enriquecedores comentarios.

Un cariñoso saludo.

Jovino

126 Comentarios »

  1. Comentario por LIDIA M. — 27 Noviembre 2007 @ 12:15

    NECESITO UN MODELO DE AVENIMIENTO DE PENSION ALIMENTICIA, EL PADRE LE ESTA DANDO MENSUALMENTE A LA NIÑA SIN TENER QUE IR AL JUZGADO, PERO ME GUSTARIA QUE ESTO QUEDARA NOTARIALMENTE POR CUALQUIER EVENTUALIDAD.
    GRACIAS

  2. Comentario por Jovino Novoa — 28 Noviembre 2007 @ 16:57

    Estimada Lidia:

    Revisa este link del Blog http://www.senado.cl/blog/jnovoa/?p=66 para que realices correctamente lo solicitado.

    Cordiales saludos

    Jovino

  3. Comentario por nancy — 28 Noviembre 2007 @ 19:52

    Sr, Novoa, me encuentro en una situacion muy triste, hace un año que espero audiencia final para recien saber si el padre de mis hijo, casada con el, pagara la universidad de mi hija que esta terminando la U, y alimenos para mi hijo que es discapacitado neurologico y psiquico, asiste diariamente al hospital de dia, somos de Rauco, curico, soy profesora y a situacion emocional, maltratos y economicos me tienen colapsada, estoy con licencia porque ya no doy mas, siento que la justicia se presta para que los padres se olviden de los hijos, se hagan los victimas y pasan piollita, espero su ayuda o al menos respuesta, mi aboada es de la corporacion judicial y el padre paga uno carisimo, solo necesito asegurar amis hijos para entrar a sanarme del alma.
    gracias

  4. Comentario por Jovino Novoa — 29 Noviembre 2007 @ 12:19

    Estimada Nancy:

    Te deseo todo el éxito para ti y tu hija. Ahora no me queda claro si solicitaste alimentos provisorios mientras llega la fecha de audiencia de juicio, favor me cuentas.

    Cordialmente

    Jovino

  5. Comentario por rossana — 4 Diciembre 2007 @ 14:39

    buenos dias,junto con saludarlo me gustaria que me aconsejara que pasos seguir.yo interpuse una demanda por pension de alimentos de mi hija de nueve años ya que el padre que se encuentra en antofagasta jamas a respondido yo hice otra demanda hace 8 años y no tuve ningun resultado ya que me dijeron que no lo pudieron localizar .Yo me encuentro en la ciudad de iquique y pense que ahora tendria resultados favorables pero hasta no ha sido asi , resulta que me dieron los alimentos provisarios en agosto y tengo el juicio en enero el nuevamente no ha respondido puse una orden de arresto hace mas de un mes y fui al juzgado me dijeron que esperara una semana y fuera a preguntar que pasa con aquello ya no tengo mas permisos en mi trabajo asi que estoy de brazos cruzados , estare perdiendo el tiempo en puras esperas y mas encima pido el ultimo permiso y cuando llego al juzgado me dicen que en una semana mas pregunte ,creo que desistire y velare yo sola por la alimentacion de mi hija como lo e hecho hasta ahora el sistema no ha cambiado en nada.me despido esperando su respuesta ,muchas gracias

  6. Comentario por Jovino Novoa — 5 Diciembre 2007 @ 16:16

    Estimada Rossana

    Primero te digo que no pierdas las esperanzas, se que es fácil decirlo y difícil vivirlo, pero debes seguir insistiendo en el tribunal, solicitando formalmente a través de un escrito un pide cuenta de la orden de arresto (cosa que queda la constancia escrita con timbre del tribunal)de tu petición y que se oficie a carabineros o investigaciones según corresponda, para que den respuesta de las gestiones realizadas para notificarlo) Si aún no recibes respuesta y sólo te dicen vuelva la próxima semana se podrá interponer un recurso de queja por la actuación del magistrado del tribunal donde se lleva tu causa.
    Favor comienza formalmente ingresando un escrito Pide Cuenta Orden de arresto y me vas contando que ha sucedido.

    Atte.

    Juan Pablo Aguerreberry T.
    Abogado

  7. Comentario por ana maria — 5 Enero 2008 @ 13:18

    hola quiero contar mi caso y a la vez informacion,madre soltera un hijo 1 año 9 meses su padre le entrega mensualmente $60.000 pesos solo eso,el tiene otra hija q despues de echarnos de su casa a mi e hijo se la llevo a vivir con el a ella le entregaba $70.000 mas todos los fines de semana con nosotros vesturio y alimentacion (porq su madre ni siquiera la mandaba limpia)hace algunos dias le dije q tenia q cambiar de trabajo porq estoy en un mall y no tengo mucho tiempo para mi hijo q porfavor aumentara el dinero se enfurecio tratandome mal y q no era SU PROBLEMA EL TIENE UN SUELDO DE $520.000 POR LO CUAL NO SE Q HACER YO SOLO GANO EL MINIMO Y SON HORAS Y HORAS DE TRABAJO SI NO FUERA POR MI HERMANA Q LO CUIDA NO SE Q HARIA Y LO PEOR DE TODO ES Q ME DICE Q SI YO LO DEMANDO SE LLEVA AL NIÑO CON EL EN LAS VISITAS COSA Q ME ATORMENTA PORQ SE Q NO ESTARIA BIEN CUIDADO. EL TOMA ALCOHOL Y LA MADRE DE SU HIJA ESTA ENFERMA Y LE PUEDE HACER DAÑO A MI HIJO DE TODO ESTO HAY PRUEBAS
    CUALES SON LOS PASOS A SEGUIR TRATE DE CONTAR ALGUNAS COSAS PERO NO QUIERO DAR TANTA LATA .GRACIAS SENADOR NOVOA

  8. Comentario por Jovino Novoa — 8 Enero 2008 @ 12:31

    Estimada Ana María

    Sin duda, tu situación es muy difícil pero tiene solución así que ánimo!

    Primero, tienes que solicitar la ayuda de un abogado en la Corporación de Asistencia Judicial, que será gratuita, porque no te recomiendo hacer todos estos trámites sola.

    Segundo, el padre tiene la obligación de entregar una pensión a su hijo que sea concordante con su situación económica y la condición social de tu hijo. Lo que él te está dando no me parece suficiente porque corresponde más o menos a un 11% de su sueldo. En general, la pensión de alimentos para un hijo es de alrededor del 30% de los ingresos del padre. Si él gana unos $ 520.000, debería darte como $ 150.000.

    La única forma de lograr que te dé esta cantidad o alguna parecida, en tu caso, es a través de una sentencia judicial. No te queda, por tanto, otra cosa que demandarlo por pensión de alimentos.

    Deberías tratar de tener prueba de las amenazas que te hace de quitarte al hijo (por ejemplo, que te lo diga por escrito o frente a testigos que sean personas no relacionadas contigo). Esto te servirá para probar al juez que se trata de una persona agresiva y que no es conveniente que tu hijo esté solo con él. El juez puede, incluso, prohibirle al padre acercarse al hijo cuando considere que ello es un peligro para el bien del niño.

    Si el juez permite las visitas, puedes solicitar que se efectúen ante alguien que a tí te dé confianza.

    Suerte!

    Jovino

  9. Comentario por Sofía M — 8 Enero 2008 @ 15:05

    Buenas tardes, mi consulta es la siguiente pretendo interponer una demanda por pension de alimentos y quiero saber como puedo hacer para el regimen de visitas, resulta que el padre de mi hija jamas me ha dado un peso para los gastos de ella, y por otro lado su familia jamas se ha interesado en conocer a mi hija, y su pareja me ha amenazado por telefono y me ha insultado a mi persona y a mi hija, por todo lo anterior no quiero que el pueda llevar a mi hija a su casa temo por la integridad de mi hija.

    muchas gracias.

  10. Comentario por ana maria n. — 8 Enero 2008 @ 16:02

    quiero agradecer y felicitar por su apoyo no se imaginan lo feliz q estoy por tener una respuesta ojala mi caso ayude otras mamas muy agradecida y gracias voy a realizar lo recomendado señor novoa dios le mucha felicidad por ayudar a las personas chao

  11. Comentario por Jovino Novoa — 8 Enero 2008 @ 16:15

    Estimada Sofía

    En primer lugar, creo que sería bueno solicitar la ayuda de un abogado en la Corporación de Asistencia Judicial, que será gratuita. No te recomiendo hacer todos estos trámites sola.

    Segundo, el padre tiene la obligación de entregar una pensión a su hijo que sea concordante con su situación económica y la condición social de tu hijo. Si el padre no quiere darla voluntariamente, debes recurrir a tribunales.

    Deberías tratar de tener prueba de las amenazas que te hace de quitarte al hijo (por ejemplo, que te lo diga por escrito o frente a testigos que sean personas no relacionadas contigo). Esto te servirá, en el caso que él demande visitas, para probar al juez que se trata de una persona agresiva y que no es conveniente que tu hijo esté solo con él. El juez puede, incluso, prohibirle al padre acercarse al hijo cuando considere que ello es un peligro para el bien del niño.

    Si el juez permite las visitas, puedes solicitar que se efectúen ante alguien que a tí te dé confianza.

    Cordiales saludos,

    Hedy

  12. Comentario por paola — 8 Enero 2008 @ 21:20

    buenas tardes mi consulta es la siguiente resulta q yo interpuse una demanda por alimentos para mis 2 hijos y primero hicimos una mediaciòn pero el problema es q es muy poco por los dos son mas menos $60.ooo y yo estoy sin trabajo ya q vivo sola con ellos y no tengo quien me los cuide y me desistì de la mediaciòn porq fui a hablar con un abogada de asistencia judicial y me aconsejo q no era bueno mi pregunta es la siguiente: el primer depòsito q tiene q hacer hasta el dia de la audiencia ¿tiene q depositar igual o tendrà q hacerlo hasta despuès de la audiencia? y ¿si no lo hace q le ocurrirìa ? porq al menos èl no lo quiere hacer y dice q no le importa estar detenido.

    gracias por su atenciòn, espero su pronta respuesta adios.

  13. Comentario por Jovino Novoa — 9 Enero 2008 @ 21:29

    Estimada Paola

    Si ya hay una sentencia o acuerdo de pagar una pensión de alimentos, debe hacerlo cuando corresponda, aún si es antes de la audiencia.

    Por otra parte, la ley ha establecido varias sanciones diversas por el no pago de las pensiones de alimentos:

    1.- suspender su licencia de conducir hasta por seis meses.

    2. -retener su devolución a la renta.

    3.- castigar a quien colabore en el ocultamiento del demandado con el fin de impedir su notificación o el cumplimiento de sus obligaciones parentales, con la pena de reclusión nocturna hasta por 15 días.

    4.- ordenar arresto nocturno (22:00-06:00 hrs.) hasta por 15 días. Si cumplido el arresto, el demandado deja de pagar la pensión correspondiente al mes siguiente, el juez puede repetir esta medida hasta obtener el pago total de la pensión de alimentos adeudada.

    5. ordenar arresto completo hasta por 15 días, si no cumple el arresto nocturno decretado o no paga la pensión de alimentos después de dos períodos de arresto nocturno. En caso que se den nuevos incumplimientos, el juez podrá ampliar el arresto hasta por 30 días. Tanto en el caso del arresto nocturno como en el arresto completo, si el padre no es encontrado en el domicilio que se señala en el expediente, el juez deberá adoptar todas las medidas necesarias para que el arresto se cumpla.

    6.- oficiar al empleador del demandado (si es trabajador dependiente) a que deposite el dinero correspondiente a la pensión y se haga efectiva la multa que la ley establece como sanción para el empleador.

    7. -ordenar su arraigo o prohibición para salir fuera del país hasta que se efectúe el pago de lo adeudado. También se puede solicitar el arraigo al tribunal cuando existan motivos fundados para estimar que se ausentará del país y no dejará garantía para el pago de la pensión regulada o aprobada por el tribunal.

    8.- solicitar el pago solidario de cualquier persona, que sin derecho para ello, dificulte el oportuno cumplimiento de la obligación. (pago de pensión)

    9.- solicitar que se constituyan garantías sobre los bienes de su propiedad, de manera de asegurar el pago de la pensión. Por ejemplo: si el demandado es dueño de una casa, se puede solicitar que la renta de arriendo de esa casa se impute a alimentos, o que se le prohíba venderla para asegurar el pago de las pensiones futuras.

    10.- Embargar y rematar los bienes del demandado, hasta el pago total de la pensión.

    Espero que esta información te sirva.

    Cordiales saludos,

    Jovino

  14. Comentario por ana maria n — 10 Enero 2008 @ 13:54

    BUENAS TARDES SENADOR NOVOA.
    ANA MARIA
    QUIERO HACER OTRA PREGUNTA RESULTA Q EL DIA DE AYER TUVE CONTACTO POR MESSENGER CON EL PAPA DE HIJO COMO USTED ME INDICO TENER PRUEBAS GRACIAS AL IMPRIMIR EL MESSENGER TENDRE ALGUNAS EL EN FORMA DE BURLA ME DIJO VAMOS A LA ASISTENCIA JUDICIAL DE LA COMUNA ,PORFAVOR DE Q SE TRATA ESO YO NO SE NECESITO INFORMACION
    MUCHAS GRACIAS

  15. Comentario por carla — 10 Enero 2008 @ 20:28

    Sr.Jovino Novoa
    Mi consulta es la sgte.soy casada hace 10 años.Tengo 2 hijas una de 10 y la otra de 6 años.Hace un año estoy separada de mi marido.Lo dejué por motivos de violencia pcicologica y fisica sin demostrar nunca ..solo con constancias en carabineros,lamentablemente la única testigo es mi hija de 10 años…el asunto es que la casa en donde viviamos la construllo´en el patio de la casa de sus padres,y obviamente tuve que dejarla…a los dos meses de separada el llevó a vivir a su nueva mujer con su hijo y obviamente le causó una terrible angustia a sus hijas ya que su casa la avita otra mujer y que su pieza la ocupa un niño que no es su hijo… jamás dejó que yo trabajara..solo me dedicara a la casa y al cuidado de las niñas..mas encima todas las cuentas de la casa estaban a mi nombre y obviamente no quizo seguir pagandolas hasta ahora lo demandé por pension de alimentos mi pregunta es… tengo derecho a pedir pension para mi y mis hijas ya que el jamaz me dejo´trabajar nos casamos con vienes separados.El trabaja en forma independiente y sus ingresos son sobre 1.000.000 le agradece cordialmente y espero su respuesta..gracias

  16. Comentario por carla — 11 Enero 2008 @ 18:06

    SR.jOVINO NOVOA…Mi consulta es la siguiente..demandé a mi marido por pension de alimentos y la audiencia seriá a fines de enero..quiero saber quepasa si el demandado no se encuentra en el domicilio ya que trabaja fuera de la ciudad al momento de notificarlo..que pasa si el dia de la audiencia el no se presenta..espero una pronta respuesta gracias.

  17. Comentario por Jovino Novoa — 11 Enero 2008 @ 21:53

    Estimada Ana María

    Se trata de la Corporación de Asistencia Judicial que corresponde a tu domicilio. Puedes revisar dónde está dicha Corporación en http://www.cajmetro.cl/ca_region_metro.php o preguntar en Agustinas 1419.

    Es ahí mismo donde debes solicitar la asesoría de un abogado para que te atienda gratuitamente.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora Legal Senador Novoa

  18. Comentario por Jovino Novoa — 11 Enero 2008 @ 21:58

    Estimada Carla

    Por su puesto que él puede ser obligado a pagar una pensión de alimentos para tus hijos e incluso para tí mientras sigas estando casada con él.

    El monto de la pensión de alimentos para uds. tres podría ser de hasta la mitad de sus ingresos.

    Si no logras llegar a un acuerdo que te acomode, tendrías que demandar por pensión de alimentos para obtenerla mediante sentencia judicial.

    El hecho que tu no hayas trabajado mientras que estuviste casada no impide que puedas pedir alimentos. Aún más, esto le obligará a él pagarte una compensación económica en el caso que pida el divorcio. El monto de la compensación económica, que a diferencia de la pensión de alimentos, se paga una sola vez y no mensualmente, lo fija el juez.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora Legal Senador Novoa

  19. Comentario por Jovino Novoa — 11 Enero 2008 @ 22:21

    Estimada Carla

    Si el padre no pudo ser notificado, se debe solicitar al juez que fije nueva audiencia.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei

  20. Comentario por issa — 14 Enero 2008 @ 23:32

    Saludos Senador, gracias por su blog, mi consulta es la sgte, soy soltera, profesional,convivo con el padre de mi hijo,el que actualmente tiene 15 años, recibo maltrato sicologico y me hecha de su casa, que paga con dividendos, el jamas me ha comprado nada a mi nombre, y le da el gusto a mi hijo, el se jubilo, antes habia realizado unos negocios en los que le fue mal, y debe pagar deudas ahora nuevamnete quiere tener otros y resulta que ya tiene 70 años y su salud no es compatible al esfuerzo que se requiere, ademas me dice que el puede hacer lo que quiera con su dinero, situacion que tambien me afecta ya que yo he contraido deudas por mantener el bienestar de la casa y de mi hjo, el no reconoce nada, su jubilacion en mucho menor a su sueldo, son como 300.000 mas deudas, etc, no se ha divorciado de su esposa, (aunque yo lo conoci cuando tenia muchos años separados, y arrendaba una pieza, sin bienes), dice por gastos de abogados, aunque su esposa legal vive muchos años con pareja, ellos tienen hijos adultos,nunca me ha pedido que nos casemos formalizando nuestra relacion, eso a mi me ha afectado profundamente, y me ha deprimido, al igual su actitud, ya que no reconoce ni mi cariño, ni cuidados , nada, n el aporte en dinero y las compras para el hogar, existe alguna ley que me ampare ya que si pido la tuicion de mi hijo yo creo que el , elige a su padre, dado que lo malcria , pero a pesar de todo es un buen adolescente aunque ahora tiene 15 años, y es etapa conflictiva por los permisos etc,yo en general he evitado darle a conocer nuestra situacion,por favor ayudenme, yo he pensado irme ya que yo tambien tengo una casa y pago dividendos, pero por deudas contraidas y gastos de remedios, no podria solventar sola a lo que esta acostumbrado mi hijo,

  21. Comentario por Carolina S A — 22 Enero 2008 @ 02:33

    Sr Jovino mi consulta es Yo demande al padre de mi hijo hace mas de 7 años cuando aun regia la antigua ley. El jamas me pago la pension determinada y tampoco visitaba a mi hijo, ni mucho menos hablar de ayuda.
    Hasta hace poco que el solicito una mediacion la cual el ofrecio voluntariamente depositar el 40000 pesos y visitarlo dos veces por semana. Solo cumpio un mes con el deposito y no ha vuelto a avisitarlo,Lo cual spicologicamente a mi hijo le hizo mucho dfaño.Yo he dejado constancias en carabineros y en el tribunal. pero no se que hacer, como actuar ahora ,necesito orientacion y tambien quiero solicitarle a el el divorcio. Por favor ayudeme

  22. Comentario por Jovino Novoa — 22 Enero 2008 @ 20:50

    Estimada Carolina

    La mediación o el acuerdo entre los cónyuges (transacción) sólo tendrá valor obligatorio si han sido aprobados por el juez. Si esta es tu situación, debes ir al Tribunal de Familia que corresponde a tu domicilio y solicitar al juez que decrete orden de arresto en contra del padre o las demás medidas necesarias para que pague.

    En caso que esta no sea tu situación, debes interponer una demanda de pensión de alimentos y de fijación del régimen de visitas. Ello puedes hacerlo en la demanda de divorcio.

    Debes solicitar la asesoría de un abogado para esto, ya sea de la Corporación de Asistencia Judicial o particular.

    Cordiales saludos,

    Jovino

  23. Comentario por PAMELA P — 28 Enero 2008 @ 12:34

    HOLA MI CONSULTA ES LA SGTE…YO HACE COMO 7 AÑOS DEMANDE AL PADRE DE MI HIJA…SE FIJO AHI UNA SUMA DE $42.000 HASTA LA FECHA EL LE DEPOSITA ESTE MONTO, YO PUEDO PEDIR ESE REAJUSTE Q ES LEGAL DESDE ESOS AÑOS HASTA LA FECHA?? Y NECESITO SABER PORQUE ESTE MONTO QUE SE DECRETO EN ESOS AÑOS NO SE REAJUSTA AUTOMATICAMENTE????, ESTOY MUY ATENTA A SU PRONTA RESPUESTA…

    ATTE

    PAMELA P

  24. Comentario por Jovino Novoa — 28 Enero 2008 @ 21:06

    Estimada Pamela

    Debes ir al tribunal de familia de tu domicilio con la sentencia (en lo posible) en que se fijó el monto de la pensión de alimentos y solicitar al Secretario del Tribunal que reajuste el monto. Esto debes hacerlo después cada 6 meses.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei

  25. Comentario por JAVIER Z — 30 Enero 2008 @ 17:56

    Buenas tardes, por lo visto son muchos los casos de madres preocupadas de pensión alimenticia y otros temas relacionados, pero que pasa con nosotros los padres, que luchamos por nuestros hijos y llegamos a tribunales y aun así no conseguimos nada, mi consulta es la siguiente, tengo régimen de visita todos los sábados de 14:00 a 19:00 hrs. tramite que se hizo a través de tribunales, la madre de mi hija no a cumplido durante 6 sábados seguidos que puedo hacer?, tengo las constancias, siempre me esta poniendo condiciones y pidiendo plata o cosa a cambio de pasarme a mi hija, yo no estoy trabajando pero aun así me las arreglo para depositar el dinero que de mutuo acuerdo acordamos, porque nosotros los padres somos sancionados cuando no cumplimos con la ley…. Es así también para la madre cuando no cumple con el régimen de visita dictado por un juez y si no es así por qué…..

  26. Comentario por Aida — 31 Enero 2008 @ 12:44

    Estimado Señor Novoa
    Mi situación es contraria de la mayoria, pero igual necesito orientación.
    Estoy casada y tengo dos hijos (de 13 y 6 años), mi esposo tiene un hijo de 19 años que vivió con nosotros desde los 6 a los 18 años, compartiendo los recursos de nuestro matrimonio en las buenas y en las malas igual que sus dos hermanos menores. Su mamá jamás aporto dinero, sólo le correspondia llevarlo al mèdico en caso de ser necesario.
    Hace un año vive con los abuelos paternos y mi esposo no pudo pagarle el primer año de universidad ya que sus ingresos no son muy altos ( la Universidad cuesta alrededor de $200.000.), y amenazo con demandarlo para que le pague los estudios.

    Con mucho respeto a las madres e hijos que demandan por pensión alimenticia, yo quisiera saber como puedo asegurarme de que mis hijos que son menores de edad, no se vean perjudicados en sus necesidades básicas. Ya que su hermano es un adulto y sabe valerse por si solo y ellos no.

    Consultas:
    1- Debo también demandar a mi marido para que sus ingresos se dividan en forma proporcional.

    2- Si este joven vive con los abuelos paternos debiera demandar también a su Madre.

    Mi única preocupación es que el bienestar de mis hijos no se vea afectado injustamente

    Gracias

  27. Comentario por Marjorie — 31 Enero 2008 @ 15:20

    mi consulta es la siguiente quiero hacer demanda por pension de alimentos, mi hijo tiene 11 años y yo soy la que me he preocupado de sus gastos, nunca he demandado al papá pero ahora ya lo quiero hacer para que el tambien se haga cargo de los gastos que cada vez son mayores mi primera pregunta es si puedo pedir retroactivo
    2º en el caso de que fuera posible y yo se que no lo va a pagar se podria pedir el monto maximo de pension por lo 7 años que quedan legalmente de manuntencion de l niño.
    3º en el caso de que mi renta en estos momentos sea mas alta que la de el influye en algo a pesar de que esto solo sea por unos meses.
    Atenta a sus cometarios

  28. Comentario por Jovino Novoa — 31 Enero 2008 @ 15:57

    Estimada Aida

    El padre está obligado a dar pensión de alimentos a sus hijos hasta los 28 años si está estudiando pero ello sólo en proporción a sus facultades económicas. En consecuencia, si no le alcanza para pagar universidad, no podrá ser obligado a hacerlo.

    Por ello, si es demandado, él debe presentarse ante el juez con todos los documentos que prueben cuántas cargas tiene, cuáles son sus ingresos y todos sus gastos.

    Por esto último, no es necesario que tú lo demandes para proteger a tus niños.

    Si el hijo tampoco vive con la madre, el padre debe solicitar al juez que obligue a la madre a pagar también una pensión de alimentos a su hijo, ya que los gastos de crianza, educación y mantención corresponde A AMBOS padres, en PROPORCIÓN a sus facultades económicas.

    Cordiales saludos,

    Jovino

  29. Comentario por Jovino Novoa — 31 Enero 2008 @ 16:01

    Estimada Marjorie

    Los alimentos sólo se deben desde que es interpuesta la primera demanda. En consecuencia, no puedes demandar hacia atrás.

    Por otra parte, los padres están obligados, ambos, a pagar los gastos de crianza, educación y mantención de los hijos en proporción a sus facultades económicas. En consecuencia, si hoy ganas más, puedes ser obligada a aportar más que el padre. Debes preocuparte de probar bien al juez que se trata de una situación circunstancial.

    Cordiales saludos,

    Jovino

  30. Comentario por JANET — 7 Febrero 2008 @ 11:23

    estoy casada,1 hija de 5 años mi marido hizo abandono de hogar el 25 de enero del 2008 ,yo tube un trabajo donde ganaba 67.000 por media jornada y desde el 1º de febrero estoy con un contrato hasta el 29 de febrero, el este mes gano 400.000 y desconocio todas las deudas que tenia como estan a mi nombre,yo vivo en casa de mis padres ,donde me cobran solo luz y agua,el estubo en servicio de salud mental en tratamiento ambulatorio por dependencia a drogas y alcohol yo lo apoye iendo a reuniones y el deserto, el problema mas grave es que nunca dejo los vicios y su sueldo ahora esta destinados solo para sus gastos y consumo olvidandose que tiene sus responsabilidades
    que hacer

  31. Comentario por Jovino Novoa — 7 Febrero 2008 @ 12:40

    Estimada Janet

    Si es imposible llegar a un acuerdo con el padre de la niña para que pague una cantidad que a tí te parezca justa, no te quedará otra cosa que demandarlo por pensión de alimentos ante el tribunal de familia que corresponde a tu domicilio.

    En la página de mi blog http://www.senado.cl/blog/jnovoa/?p=208 podrás encontrar el formulario que debes llenar para presentar la demanda ante el tribunal.
    No requieres abogado para presentarla. De todas formas, es bueno que durante el juicio tengas la asesoría de un abogado, ya sea particular o de la Corporación de Asistencia Judicial.

    Cordiales saludos,

    Jovino

  32. Comentario por ERICK — 8 Febrero 2008 @ 17:23

    hola
    el 6 de diciembre el juez dicto sentencia y aprobó que tenia derecho ver a mi hijo pequeño de 5 años todos los segundos y cuartos sabados de cada mes y los 4 tos domingos de cada mes pasa que he ido todas las veces que me a correspondido a buscarlo en donde se me a negado sacarlo del domicilio del menor por parte de su mama y cuando no ha estado ella presente lo hace mi hija de 14 años . he puesto constancia en carabineros fui al juzgado de familia para ver que hacer el juez nuevamente dictamino que puedo ver a mi hijo , pero sigo con el mismo problema que hago por favor pago pensión al día cumplo con todo lo que esta a mi alcance , que ley nos apoya por favor o es que la ley solo esta para las mujeres yo soy persona y ser humano y necesito que esta justicia sea igual para todos desde ya gracias

  33. Comentario por carolina c.v — 10 Febrero 2008 @ 13:30

    estoy embarazada, y el papa de mi hijo me dejo por estarlo, yo quiero saber si lo puedo demandar por pension alimenticia si no se donde encontrarlo, y si el tampoco lo va a reconocer.la verdad es que no se que hacer ni donde buscar la ayuda, gracias

  34. Comentario por Jovino Novoa — 10 Febrero 2008 @ 19:18

    Estimado Erick

    Favor revisa el siguiente artículo http://www.senado.cl/blog/jnovoa/?p=156 publicado en el Blog.

    Cordialmente

    Jovino

  35. Comentario por Jovino Novoa — 10 Febrero 2008 @ 19:39

    Estimada Carolina

    La ley te protege en tu situación.
    Hace un tiempo publiqué un artículo respecto a un caso muy parecido al tuyo, te solicito revisar dicho artículo para que sepas como enfrentar tu caso de mejor manera.

    Alimentos para el hijo que está por nacer http://www.senado.cl/blog/jnovoa/?p=225

    Demanda de Filiación no Matrimonial http://www.senado.cl/blog/jnovoa/?p=226

    Saludos Cordiales

    Jovino

  36. Comentario por Marcela — 10 Febrero 2008 @ 21:31

    Tengo un hijo, que recibe 100.000 pesos de pension alimenticia por parte de su padre, (el gana mas de 500.000) en este momento yo me encuentro cesante, y el me dice que no me quiere dar los 100.000 en dinero sino en cosas para mi hijo, ya que según el yo no ocupo ese dinero en mi hijo, sino en cosas como arriendo, o en cosas para mi etc, (cosa que no es asi )me gustaria saber si el puede dar cosas en vez del dinero, (monto que fijamos por mutuo acuerdo en el tribunal de familia), y si yo puedo pedir que suba la cantidad de dinero fijada anteriormente?(aprox. hace 6 meses) desde ya , muchas gracias

  37. Comentario por Jovino Novoa — 11 Febrero 2008 @ 09:53

    Estimada Marcela

    Si el padre gana más de 500.000 pesos debería dar por lo menos unos 160.000 pesos por pensión de alimentos para su hijo (en general, tratándose de un hijo, la pensión de alimentos es alrededor de la tercera parte de los ingresos del padre).

    Si no tienes cómo pagar las cuentas, no te sirve que te entregue la pensión con bienes, cosa que debes señalar al juez en caso que él insista.

    También deberías señalar al juez que las condiciones económicas tuyas han cambiado ya que ahora te encuentras cesante, ya que todo cambio de circunstancias del alimentante como del alimentario permiten al juez revisar el monto de la pensión fijada.

    Con todo, debes intentar encontrar un trabajo, ya que la ley establece que la educación, mantención y crianza de los hijos corresponde a ambos padres “en proporción a sus ingresos económicos”. Esto significa que el que gane más debe aportar más.

    Cordiales saludos,

    Jovino

  38. Comentario por Rosa — 12 Febrero 2008 @ 01:35

    Me gustaría saber si puedo pedir un reajuste en el pago de pensión alimenticia , ya que el padre de mis hijos lleva 4 años dando la misma cantidad de dinero, y si esto es reajustable.
    gracias.

  39. Comentario por viviana m — 15 Febrero 2008 @ 11:42

    Don Jovino.-
    Tengo un problema ya que jamas he hecho este tramite de solicitar una pension alimenticia, ya que el padre me daba dinero paulatinamente pero ahora ya dejo de darle por causas que aun no hacepta que lo nuestro se acabo pero eso no va al caso, mi hijo tiene 6 años y sufre de varias enfermedades, apesar que no cancelo el hospital igual necesita varios medicamentos y lo mas estricto una alimentacion especial y el colegio tambien tengo que pagarlo pero el no mira nada de eso y no se que hacer ya he tratado de hablar con el para llegar a un acuerdo pero no sucede nada, ademas me pide una fotos mias desnuda a cambio de plata eso ya llego a el colmo no se que pensar de todo esto llego a el limite de mi paciencia pedir esto por ayudar a la guagua por lo mismo le pido que me ayude ya que no se los pasos a segui desde ya muchas gracias.-
    Atte. viviana m

  40. Comentario por Pamela — 16 Febrero 2008 @ 22:42

    Hola, me gustaria saber cómo puedo ayudar a mi sobrina politica en este caso.
    Ella actualmente tiene 11 años,su mamá falleció en enero de 2006, el padre se fue cuando ella nació, pero lo ve de vez en cuando, aunque jamás ha cumplido su rol de padre en ningún sentido. Ella actualmente ella vive con su abuela materna de 67 años, quien recibe una escasa pensión de viudez y un dinero que le envía un hijo que está en el extranjero, con es dinero viven actualmente, el que sólo les alcanza para cubrir el arriendo y gastos básicos.
    Me gustaría saber si mi pareja (que es el tio de ella) puede hacer la demanda por pensión alimenticia, donde se hace y en este caso especifico que debemos hacer para obligarlo de forma legal a darle a ella lo que necesite de ahora en adelante, para su educacion, vestuario, alimentos etc.
    Mi consulta especifica es cuáles son los pasos legales a seguir y donde hay que recurrir para que realmente sea efectivo. desde ya muchas gracias.
    Pamela

  41. Comentario por Jovino Novoa — 17 Febrero 2008 @ 10:26

    Estimada Viviana

    Ante una situación como la que describes probablemente no te va a quedar otra cosa que demandar.

    Puedes obtener información sobre la forma de hacerlo en http://www.senado.cl/blog/jnovoa/?p=208

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei

  42. Comentario por Jovino Novoa — 17 Febrero 2008 @ 22:33

    Estimada Pamela

    Quien debe efectuar la demanda en contra del padre es la abuela materna ya que ella es la persona que está a cargo de tu sobrina. Con todo, ella podría entregar poder a tu tio para que efectúe los trámites ante el tribunal de familia que corresponda al domicilio en que se encuentra tu sobrina.

    Puedes revisar cuáles son los pasos a seguir en http://www.senado.cl/blog/jnovoa/?p=208

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei

  43. Comentario por PAULA B — 18 Febrero 2008 @ 16:49

    Buenas tardes senador, mi consulta es la siguiente, hace 3 semanas que mi pareja abandono la casa donde viviamos con nuestra hija, yo ahora quiero demandarlo por pension, y tampoco quiero permitirle ver a la niña, mi hija tiene 6 años tiene muchos problemas de salud un sindrome y muchos otros problemas, yo trabajo y la verdad es que no era mi intencion demandarlo, pero si no lo ago yo lo va a hacer el ya que me amenazo con peleame a la niña en el juzgado y que iba a hablar con el jefe para que le hiciera liquidaciones mas alta de su sueldo para poder quitarme a la niña, yo se que en estos momentos la ley esta de mi lado, solo tendria que demostrar que soy una muy mala madre cosa que no es asi ya que solo vivo por mi hija, ojala me puedan ayudar y orientar.
    de ante mano muchas gracias
    Paula B

  44. Comentario por Jovino Novoa — 21 Febrero 2008 @ 09:32

    Estimada Paula

    Tienes razón en lo que dices. Es muy difícil quitar a la madre el cuidado personal del hijo, por lo que deberías estar tranquila en ese aspecto.

    Si él demuestra tener más ingresos que los que en realidad tiene, corre el riesgo de ser obligado a pagar una pensión de alimentos mayor a la que puede pagar, lo que le afectaría gravemente ya que puede ser arrestado por esta causa.

    Además, de acuerdo al artículo 5 de la ley sobre Pensiones de Alimentos, la inclusión de datos inexactos y la omisión de información relevante en la declaración jurada que el demandado debe extender en relación a sus ingresos puede ser sancionada con penas de cárcel.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei

  45. Comentario por Alvaro — 28 Febrero 2008 @ 00:45

    Buenas senador, mi consulta es la siguiente, mi ex conyuge me interpuso una demanda por pension alimenticia en el tribunal de familia, ya que quedan un mes para la citacion quiero salir de algunas dudas, yo hace 3 meses que ya no estoy contratado en la empresa donde presto servicios, ya que por problemas de trabajo de la misma empresa, me quede trabajando a honorarios, el problema es que yo no estoy dando boletas, pero si mi jefe me esta cancelando las imposiciones (afp y salud) por sueldo minimo, lo otro es que yo no alcanzo algunos meses a sacar el sueldo minimo, ya que trabajo los dias en que la empresa tiene trabajos (La empresa presta servicios audiovisuales) y tengo meses malos y meses buenos, yo siempre e tratado de ayudarlos en lo que puedo, cosas para el colegio, transporte y alimentos que le mando cuando me viene a visitar, resulta que ahora por una pelea mi ex se ofusco y puso la demanda, yo tambien tengo deudas y quiero empezar una nueva vida pero nunca dejando de lado a mi hijo, yo lo puedo ayudar con lo que puedo… la consulta es, que puede pasar en este caso, ya que mi ex tiene un sueldo mas alto que el mio y yo apenas puedo subsistir con lo que gano.

    saludos senador

  46. Comentario por Jovino Novoa — 28 Febrero 2008 @ 12:47

    Estimado Alvaro

    Debes tener mucho cuidado con el juicio ya que la ley no te favorece. En efecto, la ley presume que el padre está trabajando para los efectos de las pensiones de alimentos para los hijos y, además, sanciona con arresto cuando el padre deja de trabajar injustificadamente.

    Por ello, es sumamente importante que te defiendas bien y, en lo posible, lleves certirficado de la empresa señalando las razones por las cuales ya no te pueden tener contratado.

    Sí te favorece la ley en el sentido que AMBOS padres están obligados a aportar para la crianza, mantención y educación de los hijos EN PROPORCION a sus capacidades económicas.

    Si pruebas que la madre gana más que tú, el juez no puede obligarte a tí a pagar una cantidad mayor que la que aporta ella.

    Cordiales saludos,

    Jovino Novoa

  47. Comentario por SANDRA — 1 Marzo 2008 @ 21:24

    HOLA SR,JOVINO TENGO UNA HIJA DE TRES AÑOS LA CUAL NO ESTA RECONOCIDA LEGALMENTE POR SU PADRE YA KE EL NO QUIESO HACERSE CARGO DE ELLA EN CUANTO SUPO QUE YO ESTABA EMBARAZADA ACE UN AÑO Y MEDIO EL Y YO PALTICAMOS Y EMPEZO A DARME CIERTA CANTIDAD PARA LA NIÑA PERO A PASADO UN AÑO Y EL YA NO ME DA NADA ES POSIBLE UNA DEMANDA AUNQUE LA NIÑA NO TENGA SU APELLIDO POR SU ATENCION MUCHAS GRACIAS

  48. Comentario por Jovino Novoa — 2 Marzo 2008 @ 14:01

    Estimada Sandra

    Por supuesto que sí.
    Debes interponer una demanda de “reclamación de filiación” para que el padre reconozca al hijo o en subsidio lo haga el juez. Además, conjuntamente con esa demanda, debes solicitar alimentos provisorios para que te los entreguen desde ya.

    Cordiales saludos,

    Jovino

  49. Comentario por ricardo — 3 Marzo 2008 @ 09:56

    sr. novoa:

    tengo tres hijas. dos de las cuales son fuera de mi relacion actual.
    las 2ras me tienen demandado por alimentos de montos 56.700 cada una y es retenido atraves de mi liquidacion.

    lo que deseo saber si existe la posibilidad de solicitar una rebaja por ambas niñas?
    ademas de cambiar la modalidad de pago debido a la llamada de atención por parte de mi empleador,que debo hacer para resolver esta situación?

    esperando su respuesta me despido

  50. Comentario por Jovino Novoa — 3 Marzo 2008 @ 13:20

    Estimado Ricardo

    Por supuesto que puedes pedir al juez una rebaja de las pensiones de alimentos. Debes probar, para ello, que las circunstancias en las que te sentenciaron a pagar los 56.700 por cada niña han cambiado negativamente para tí o positivamente para la madre.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei

  51. Comentario por Malva — 3 Marzo 2008 @ 14:46

    Por favor, necesito saber en cuanto queda la pensión de mi hija, la Jueza bajo dicha pensión a 2.3 ingresos minimos mensuales,,,pero no se cuanto vale cada ingreso
    Muchas gracias,
    Malva

  52. Comentario por Cristina — 5 Marzo 2008 @ 04:53

    Muy estimado senor Novoa.

    Casualmente tropiezo con su homepage y me da la idea de que quizas usted puede asesorarme en algunas preguntas que me traen muy preocupada. La distancia fisica es tan grande que no me permite asesorarme por algun abogado en Chile.

    Vivo en el extrajenro desde hace 11 anos, llegue embarazada de mi ex pareja lo cual él teoricamente no se entero de mi estado. Mi actual marido reconocio a la nina y jamas hubo algun motivo por el cual quisiera haber reclamado algun tipo de ayuda. Ahora las cosas han cambiado mi relacion de matrimonio no es buena y quisiera volver a mi patria, existe la posibilidad de recibir alguna pension del padre legitimo de mi hija, él esta enterado de la situacion y gracias a dios su reaccion a sido muy positiva.
    Que derechos tiene la nina despues de casi 11 anos ?
    Perjudica el hecho de que haya sido reconocida en el matrimonio ?

    Le agradezco de antemano por su tiempo y espero tener alguna respuesta positiva.

    Se despide.

    Christina K.

  53. Comentario por Jovino Novoa — 5 Marzo 2008 @ 15:29

    Estimada Malva

    Equivale a unos 340.000 pesos.

    Cordiales saludos,

    Jovino

  54. Comentario por Jovino Novoa — 5 Marzo 2008 @ 16:50

    Estimada Cristina

    Tu hija tiene derecho a una pensiòn de alimentos de su padre hasta los 21 años y hasta los 28 años si està estudiando a esa edad todavìa.

    Si el padre la reconoce, basta con presentar una demanda de alimentos. Ello, si el padre no accede voluntariamente a entregarlos.

    Si el padre no la reconoce, debes interponer una acciòn de reclamación de filiación conjuntamente con la de pensión de alimentos.

    Los alimentos sólo se pueden pedir desde el momento en que se piden en adelante. No se pueden pedir con efecto retroactivo.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora Legal Senador Novoa

  55. Comentario por cristian — 5 Marzo 2008 @ 17:28

    sr jovino novoa
    mi consulta es la siguiente tuve un hijo anterior a mi matrimonio al cual le
    estoy pagando una pension de 70.000 pesos
    pero aparte tengo otro hijo de 5 meses con mi actual pareja (esposa) mi sueldo es de 200.000 pesos corresponden los 70.000 de pension para mi primer hijo
    desde ya gracias po su respuesta
    pd: cuando van a legislar por mas derechos para los padres

  56. Comentario por Claudia — 6 Marzo 2008 @ 07:31

    Estimado Sr Novoa

    Necesito que me orienten sobre las condiciones que tiene el Padre de mis hijos para garantizar las pensiones alimenticiasa futuro.
    Hace 4 años, hubo una conciliación con el Padre de mis dos hijos donde quedó estipulado el pago de una pensión de $100.000 la cual , el depositaría en una cuenta a mi nombre del Banco del Estado. El me pidió dejarlo salir del país hace dos años por trabajo con el compromiso de seguir envíandome la pensión, cosa que fue un error no dejar una garantía legal por esto , las pensiones fueron enviadas en forma irregular y no en su totalidad .El Padre volvió a Chile para gestionar una visa de trabajo y residente porque ya tiene un contrato de trabajo, por lo que me queda claro que se irá definitivamente y quiero respaldar el derecho de mis hijos y no pasar nuevamente angustias como lo hicimos estos dos años. Hay una audiencia en 7 días más , donde se liquidará las pensiones adeudadas y el tendrá que pagar la diferencia para poder salir del país , ya que logré una orden de arraigo porque sabía que el pretendía irse de la misma forma y eludir la justicia. El está informando que perderá su visa de trabajo si espera más tiempo por audiencia , pero lo que que me angustia es que el no me deje una garantía a futuro , por esa razón recurro a UD para que me oriente y poder solicitar al Juez la protección de mis hijos , porque una vez que el se vaya dificilmente podré tener la seguridad que cumpla.

    Cuales son las formas en que el Padre puede garantizar las pensiones a futuro, si el está en otro país?. Se que existen acuerdos de obtención de alimentos en el extranjero , pero dada la situación , donde él solicitará al Juez dejarlo ir o de lo contrario perderá todo, esto tomaría mucho tiempo.

    Hay una forma de hacer algo acá, antes de que el deje el país.( 20 días)

    Y como puede obligarlo la Ley a responder.

    agradezco mucho poder recibir alguna orientación en este caso tan particular y tan urgente.

    Se Despide Claudia

  57. Comentario por Yenny — 6 Marzo 2008 @ 08:50

    Estimado sr. Novoa:

    El padre de mi hija cancela pensión de alimentos, en forma irregular, es decir pasan 2 mesen y no deposita, luego deposita los dos meses juntos.. hice los tramites correspondientes, incluso lo notificaron por el tema y además iba con orden de arresto.
    mi consulta es: con estos antecedentes puedo solicitar al juzgado de familia que el valor que el deposita sea descontado por su empleador?

    esperando su respuesta.
    Atte.

    Yenny C.

  58. Comentario por macarena — 6 Marzo 2008 @ 21:33

    Sr. Novoa, corresponde que el padre de mis hijos rebaje el valor del pago de la mensualidad de la universidad porque mi hija se titulo???, pension que fue otorgada por el tribunal????
    En espera de sus comentarios y muchas gracias por responder,
    Atte.,
    Macarena.-

  59. Comentario por Yenny — 7 Marzo 2008 @ 13:00

    Sr. Novoa:

    El día de ayer envié dos consultas por esta misma vía, y mágicamente no aparece mi consulta y mucho menos una respuesta.. ¿borran algunas consulta?.. o leen todas ya que mis consultas eraan de vital importancia tanto como para mi como para aquellas personas que tienen las mismas dudas que yo.

    favor si tiene la amabilidad de contestarme a mi correo.

    Gracias.

  60. Comentario por Jovino Novoa — 7 Marzo 2008 @ 15:54

    Estimado Cristian

    En general, habiendo un solo hijo, corresponde pagar alrededor de la tercera parte de los ingresos como pensión de alimentos. En todo caso, ello depende de la situación social, de los ingresos de la madre y otras circunstancias que, en caso de no haber acuerdo entre el padre y madre, debe ponderar el juez.

    Sí me he preocupado de los derechos del padre, de hecho, puedes revisar un proyecto de ley que presenté para proteger los derechos a visita en http://www.senado.cl/blog/jnovoa/?p=156 y ahora estoy evaluando otro sobre las tuiciones que espero presentar muy pronto.

    Cordiales saludos,

    Jovino

  61. Comentario por Jovino Novoa — 7 Marzo 2008 @ 16:19

    Estimada Claudia

    El artículo 10 de la Ley sobre Pensiones de Alimentos faculta al juez para decretar arraigo sobre una persona que se teme va a salir del país mientras no establezca una caución sobre bienes suficientes como para asegurar el pago de la pensión de alimentos.

    Deberías solicitar al juez el arraigo mientras no otorgue garantías suficientes, como por ejemplo, una hipoteca sobre un bien raíz.

    Cordiales saludos,

    Jovino

  62. Comentario por Jovino Novoa — 7 Marzo 2008 @ 16:21

    Estimada Yenny

    Por supuesto que puedes hacerlo.

    Cordiales saludos,

    Jovino

  63. Comentario por Andres Arancibia — 11 Marzo 2008 @ 11:24

    Don jovino :Tengo 3 hijas y me separe tuve una pareja y tuve otra hija cual es la pension que le corresponde, ella y yo trabajamos.
    saludos
    Andres

  64. Comentario por Jovino Novoa — 11 Marzo 2008 @ 11:36

    Estimados Andrés

    El monto final de la pensión será decretado por el Juez en base a multiples factores. Revisa los siguientes artículos a considerar:
    http://www.senado.cl/blog/jnovoa/?p=216 Monto Mínimo Pensión Alimenticia
    http://www.senado.cl/blog/jnovoa/?p=269 Reajuste Pensión

    Cordialmente

    Jovino

  65. Comentario por Claudia S.M — 11 Marzo 2008 @ 16:42

    Hola
    quisiera me guiaran en que hacer,ya que con mi ex pareja fijamos mediante una notaria una pension de alimentos,lo que pasa que ahora el niño entro a estudiar y el padre descuenta la pension para el pago del colegio y no es correcto creo?
    eso no estaba en el acuerdo que puedo hacer si esto es notarial.

    gracias

  66. Comentario por Solange — 11 Marzo 2008 @ 22:16

    Mi pareja tiene 2 hijos de su matrimonio anterior, de 24 y 27 años. esta separado no legalmente, ya que la ex- mujer a la fecha no le quiere dar la separación, pero los hijos lo han demandado toda la vida, pese a que siempre les ha cancelado, pero ellos siempre han querido mas, mi pregunta es, el hijo mayor tiene iniciación de actividades y de hecho trabajo el mismo tiempo de estudiar en la empresa de mi pareja, y pese a eso lo demando por aumento de pensión, trabajando con nosotros y gano, la jueza hizo que mi marido le cancelara mas. En julio cumple 28 años que se hace para no cancelar mas. y fue legal que la jueza continue con la pensión si el trabaja?.
    Espero su repuesta y asesoria.
    Muchas gracias.

  67. Comentario por Rossana Miranda Solis de Ovando — 12 Marzo 2008 @ 14:30

    Señor
    Jovino Novoa
    Me es muy grato tener la oportunidad de poder expresar mis sinceros respetos asia su persona, mi problema es que hace mas de 3 años en la municipalidad de las condes en el depto judicial impuse una demanda de pension alimenticia por mi hija, comprendera que hace tres años que el padre no da señales de vida y lamentablemente no se donde ubicarlo cosa que se que esta en santiago pero mientras no lo notifiquen no puede resolverse el problema que puedo hacer mi hija tiene 10 años y nunca le ha dado nada , cuanto tiempo tengo que esperar para que mi hija pueda recivir su pension que en derecho le corresponde, me dijieron que el los tribunales de la familia era mas rapido el tramite y no era necesario con la nueva ley tener que notificarlo es verdad eso , o simplemente me tengo que conformar que nunca la ley va a poder notificarlo y mi hija nunca va a poder contar con su derecho de tener la pension de su padre
    Yo vivo en la comuna de las Condes que juzgado de familia me corresponde y si vale la pena hacer el tramite.
    Atentamente

    Rossana Miranda Solis de Ovando

  68. Comentario por Jovino Novoa — 12 Marzo 2008 @ 15:32

    Estimada Rossana

    Siempre es necesario notificar a la otra parte, lo que establece hoy en día la ley es que puedes presentar la demanda sin saber la dirección del demandado por alimentos, pero te repito igualmente es necesario notificarlo.
    Debes solicitar oficios a diversas instituciones para ver si registra domicilio esta persona, a modo de ejemplo oficio a Fonasa, AFP etc.

    Atentamente

    Juan Pablo Aguerreberry
    Abogado

  69. Comentario por Alicia — 13 Marzo 2008 @ 14:04

    Estimado señor Novoa

    He enviado dos consultas y no aparecen y menos las respuestas. Mucho le agradeceré indicarme como veo las respuestas.

    Atte

    Alicai

  70. Comentario por ricardo — 13 Marzo 2008 @ 18:33

    Estimado señor Jovino novoa.
    Quisiera saber que puedo hacer frente a una demanda de pension alienticia que puso la madre de mi hija en mi contra, Tanto ella como yo trabajamos ¿el monto de la demanda se deberia compartir entre ambos?
    ademas ella no me deja verla y es una persona muy agresiva temo por la intergridad de mi hija, tengo todas las pruebas de eso en escritos correos electronicos y testigos,¿puedo pedir un regimen de visitas en la misma demanda que ella puso en mi contra ?

    Atento a sus comentarios

  71. Comentario por XIMENA CF — 17 Marzo 2008 @ 00:22

    solicito a usted, un formato para presentar la orden de arresto por no pago de pension alimenticia…
    para no utilizar el formato que tienen el tribunal de la familia
    gracias

  72. Comentario por Jovino Novoa — 18 Marzo 2008 @ 11:33

    Estimada Claudia

    El acuerdo entre las partes sólo tiene fuerza obligatoria si ha sido ratificado por el juez.
    En todo caso, si él te da lo mismo, sólo que paga directamente el colegio, no veo problema en que lo haga.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei

  73. Comentario por Jovino Novoa — 18 Marzo 2008 @ 11:35

    Estimada Solange

    Se deben alimentos a los hijos hasta los 21 años y sólo si están estudiando, hasta los 28 años. Si tienen más de 21, por tanto, y no trabajan, no tienen NINGUN derecho a obtener alimentos.

    Busquen un abogado, ya sea particular o de la Corporación de Asistencia Judicial, para que ponga término a esta pensión.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora Legal Senador Novoa

  74. Comentario por Jovino Novoa — 18 Marzo 2008 @ 14:30

    Estimado Ricardo

    No te pueden obligar a pagar más de la mitad de tus ingresos por pensiones de alimentos para tus hijos. Ambos padres deben aportar para la educación, mantención y crianza de sus hijos en proporción a sus respectivas capacidades económicas.

    Sí puedes solicitar al juez que fije un régimen de visitas en el mismo juicio.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora Legal Senador NOvoa

  75. Comentario por KATHERINE P — 21 Marzo 2008 @ 18:19

    SR
    JOVINO NOVOA

    LE EXPLICO TENGO UNA NIÑA DE 7 AÑOS Y TODA LA VIDA YO HE RESPONDIDO POR ELLA Y SIEMPRE A TENIDO UN PADRE AUSENTE YA ESTOY ABURRIDA DE SUS MENTIRAS LE DA DINERO UNA VEZ AL AÑO Y YO QUIERO QUE EL CUMPLA COMO SE DEBE QUE PAGE YO YA LLEVO MUCHO TIEMPO CON TODO IGUAL TENGO AYUDA DE MIS PADRES QUE ME LA CUIDAN Y YO PUEDA TRABAJAR PERO LA NIÑA VA CRECIENDO Y CADA VEZ SON MAS LAS COSAS QUE NECESITA ME DA MUCHA RABIA QUE TIPOS HACI ANDEN LO MAS FELIZ POR AHI Y NO CUMPLAN COMO SE DEBE,ES POR ESO QUE LE ESCRIBO PORQUE NECESITO AYUDA QUE DEBO HACER,TENGO AMIGAS QUE HAN HECHO DEMANDAS A SUS PAREJAS PERO SE DEMORAN MUCHO COMO QUE NO PESCAN Y LOS TIPOS SE RIEN PORQUE NO LES HACEN NADA Y NOSE QUE HACER PORQUE NO QUIERO QUE ME PASE LO MISMO OJALA RESPONDA MI COMENTARIO PORQUE MUJERES COMO YO HAY MUCHAS,LOS NIÑOS NO TIENEN CULPA DE NADA Y ME DA MUCHA PENA QUE HAYAN SERES ASI,DESDE YA MUCCHAS GRACIAS ESPERO SU RESPUESTA,HASTA PRONTO

  76. Comentario por km.... — 22 Marzo 2008 @ 18:35

    Hola.mi consulta es la siguiente le hice una demanda de pension alimenticia al padre de mi hija hace 3 años atras el cumple con eso, pero no cumple con las visitas hace 2 años que no viene a ver a su hija y no tengo ningun contacto con el ni su familia. mi consulta es la sgte. mi familia y yo nos vamos a otra ciudad tendre problemas con las visitas y el juzgado por irme a otra ciudad.
    lo unico que se, es que tengo que ir a dar aviso al juzgado.del cambio de domicilio.???
    gracias.km.

  77. Comentario por anggy — 23 Marzo 2008 @ 23:08

    Sr:Jovino, respetado Sr, me encuentro en una situación bastante complicada,estube en pareja con extranjero de nacionalidad paraguayo, el cuál me abandono durante todo el embarazo, se acerco de nuevo a días de nacer mi hija, cuando me dieron de alta en el hospital, se volvió a ir, pero solo de la casa, pues yo mantenía un negocio en una sede universitaria y por no tener a quién legar mi trabajo y no perderlo, le pedí a él que se hiciera cargo, después de algunos meses le pedí que se fuera y desde entonces el comenzó a hostigarme con amenazas de quitarme a mi hija y llevarsela fuera del país, tanto fué asi que presenté una denuncia por hostigamiento laboral, la cual fué desestimada en la fiscalía por no ser amenaza de muerte,yo vivía sola con mis hijas pero tuve que pedir ayuda a mi ex marido por el miedo a que le pudiese hacer algo a mi bebé, luego de eso el se instaló a vivir frente a la casa en donde vivía con mi ex esposo y mis hijos y tenía miedo de salir a la puerta para evitar encontrarlo. En agosto del 2006, fuí demandada por relación directa y regular, en ese tiempo mi bebita contaba con 1 año y 5 meses.En el comparendo la jueza o persona a cargo del caso le permitió visitas los días sábados de 15 a 19 hrs con vigilancia mia y domingos de 15 a 17 hrs sin mi presencia, el caso es que me vi forzada a aceptar por que llevé a mi pequeña a la audiencia y la persona a cargo del caso vío como el padre parecía abnegado y feliz (error mio llevarla), no sé si el trendría por que sacar solo a la bebé a pesar de que ella necesita sus horarios de comida, de sueño y su mamadera de leche, el caso es que el cumplio con las visitas solo tres meses, yo avisé el cambio de dirección y de ciudad, por lo que el tendría que viajar para verla, sin perjucio de lejania por estar solo a tres horas de distancia, ya que el no avisaba , ni se presentaba más que en dos ocasiones desde que me cambié de ciudad, le permití sacar a la bebé un sabado desde las 15 y hasta las 19 hrs sin mi presencia, llamé a su celular más de 60 veces y tube que rrecurrir a carabineros
    para que me entregara a la bebé a las 21.25 hrs, en un estado deplorable, sin alimento, horinada, sucia y sin los elementos que se entregaron en un bolso, por tal motivo, volví a poner una demanda para pedir el sese de visitas o que estas se efectuaran en dependencia de tribunales o de carabineros, teniendo nueva audiencia para junio de este año, hace pocos días fué el cumpleaños nº 2 de mi bebé y me dejó un e-mail diciendo que se olvidaría que tenía hija, quiero por favor que me indique que se debe hacer en este caso y si ese e-mail es prueba para presentarlo en tribunales, y si el carabinero que estubo tiene la obligación de presentarse como testigo, además de el audio de la primera audiencia como pruebas, ¿qué pasa si no autorizo a la bebé para que el la saque del país, que consecuencias traería?,¿ me sansionarán por defender la integridad demi hija?, me encuentro desesperada…gracias…anggy.

  78. Comentario por Jovino Novoa — 25 Marzo 2008 @ 12:02

    Estimada Katherine

    Sé que es muy difícil la situación de las madres que no consiguen pensiones de alimentos y de padres que no pueden visitar a sus hijos porque los tribunales de familia no están funcionando bien. Ello, porque están colapsados. Estamos tramitando un proyecto de ley para aumentar la cantidad de jueces de familia. Personalmente, considero que el aumento todavía no será suficiente pero es todo lo que el Gobierno está dispuesto a dar.

    La ley, en todo caso, ha sido mejorada sustancialmente. Puedes revisar todas las alternativas que tienes para obtener el pago de la pensión en http://www.senado.cl/blog/jnovoa/?p=127

    Cordiales saludos,

    Jovino

  79. Comentario por Jovino Novoa — 25 Marzo 2008 @ 12:03

    Estimada Km

    Sí. Es importante que des aviso al juzgado del cambio de domicilio y también del hecho que el padre no cumple con su obligación de realizar las visitas.

    Cordiales saludos,

    Jovino

  80. Comentario por Jovino Novoa — 25 Marzo 2008 @ 12:11

    Estimada Anggy

    Efectivamente, tu situación es bastante complicada. La ley no contempla hoy una sanción para la madre que impide al padre ejercer las visitas, pero no es bueno que tengas ese antecedente. Deberías solicitar la ayuda de un abogado, ya sea particular o de la Corporación de Asistencia Judicial, en la que la asesoría es gratuita. El mail debes guardarlo para mostrarlo de prueba y en lo posible llevar como testigo a las personas que vieron en el estado que te devolvió a tu hija y a la hora que lo hizo.

    Cordiales saludos,

    Jovino

  81. Comentario por gabriela s — 28 Marzo 2008 @ 22:13

    Sr Novoa, mi consulta es la siguiente. Mi hijo tiene 7 años, el padre nunca a aportado economicamente, y tampoco lo ha reconocido, en este momento necesito su aporte en la pensión alimenticia. ¿qué debo hacer? considerando que no está reconcocido.
    muchas gracias.

  82. Comentario por Marcela B — 1 Abril 2008 @ 10:20

    Hola tengo 23 años y mi padre jamas me ha pagado un peso , si bien me reconocio cuando tenia 6 años quiero saber si lo puedo demandar retroactivamente , por años atras y/o que tengo que presentar y hasta cuanto se le puede pedir tomando en cuenta que es jubilado y tiene propiedades pues tubo un buen cargo en su momento. necesito su ayuda urgente , gracias

  83. Comentario por Jovino Novoa — 2 Abril 2008 @ 23:01

    Estimada Gabriela

    Debes interponer una acción de reclamación de filiación y, conjuntamente, solicitar alimentos provisorios.

    Te recomiendo la ayuda de un abogado, ya sea particular o de la Corporación de Asistencia Judicial.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei

  84. Comentario por Jovino Novoa — 2 Abril 2008 @ 23:15

    EStimada Marcela

    Los alimentos se deben pagar desde el momento en que el alimentario interpuso la demanda hacia adelante. No se puede demandar por alimentos retroactivamente.

    Se deben alimentos a los hijos hasta los 21 años y sólo si están estudiando hasta los 28 años.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei

  85. Comentario por Nora Pérez Cifuentes — 8 Abril 2008 @ 14:02

    Tengan ustedes muy buenas tardes;

    La consulta es la siguiente,mi actual pareja de nacionalidad Uruguaya tiene un hijo de nacionalidad chilena de 1 año mas menos legalmente reconocido, ahora el llegó a un acuerdo notarial y en los tribulanes de familia en el cual dejaba la tutoría a manos de la madre junto con estipular el aporte monetario a realizar; el regimen de visita es con el que tiene problemas, la verdad es que él adora a su hijo y sufre por él; ella se lo entregaba 2 semanas al mes pero después de un tiempo comenzó un hostigamiento departe de ella, lo llama para que le entregue el niño al instante; envía mensajes via celular ofensivos amenasando que no verá más al niño la verdad es espantoso, todo el mundo sabe que a ella no le interesa el bebé, la consulta es la siguiente:
    Como puede él conseguir legalmente esas 2 semanas en las cuales pueda disfrutar de su hijo sin que esta mujer lo moleste?
    Que trámite legal se puede hacer para conseguir esta finalidad?
    Todos los documentos están en orden; tutoría, pensión alimenticia la cual cancela sagradamente, todo pero haun asi lo molesta, jamás a pretendido quitarle al niño porque sabe lo importante que es la presencia materna pero al parecer la mujer no entiende.

    Atenta a sus comentarios,

    Saluda,

    Nora

  86. Comentario por Jovino Novoa — 10 Abril 2008 @ 11:27

    Estimada Nora:

    Si el régimen de visitas (entre otras cosas) fue regulado de mutuo acuerdo y luego aprobado por el Juzgado de Familia, el padre tiene todo el derecho a exigir su cumplimiento. Lo lamentable del asunto es que ese derecho a exigir las visitas va acompañado en la práctica de la fuerza pública “carabineros” y el trauma para los menores frente a esa situación francamente es terrible. Por tal razón te recomiendo conversar con la madre y hacerle ver que el mayor perjudicado ante esta situación será el niño, de forma tal que no se siga oponiendo a las visitas.

    Cordialmente
    Juan Pablo Aguerreberry
    Abogado

  87. Comentario por Manuel — 14 Abril 2008 @ 17:25

    Mi matrimonio fue en Abril del 2005 y duro 5 meses, en los cuales por motivos de incompatibilidad de carácter tuvimos que separarnos. No hubo hijos.
    Durante esos 5 meses hubieron discusiones y muchas diferencias por lo cual se hizo insostenible la situación. Ella se tomaba una o dos semanas y se iba a la casa de sus padres a Talca para pensar las cosas y ver soluciones, pero ella utilizaba esas idas para poner constancias de abandono de hogar, de lo cual me entere después.
    Paso el tiempo y en agosto del 2006 me llega una citación al juzgado de familia de talca en cual tengo que presentarme en febrero del 2007, ella en ese documento me demanda por alrededor de $225.000, pide vivienda, ropa, gastos, etc. y se fundamenta en maltrato psicológico y depresión.
    Lo extraño es que la depresión no fue tal ya que por motivos de trabajo en septiembre del 2006, a un mes de habernos separado ella se va a trabajar al norte por dos semanas, a hacer capacitaciones, luego se va a a chillan a realizar capacitaciones de sistemas también, y en diciembre del 2006 entra como Jefa de Informática a Frutícola Angol.
    En impuestos internos figura que ella percibió entre el 2005 y el 2006 la suma de $2.400.000.
    El día de la pre-audiencia (28 febrero 2007) el juez escucha decir a mi ex-señora tener depresión, situación inexplicable ya que en ese momento se encontraba trabajando como Jefa de Bodega en Rancagua y no como temporera como ella lo expuso, además de todos los dineros que genero previamente trabajando, es decir la “excusa” fue la depresión para obtener dinero por alimentos.
    Resulta que finalmente me obligan a pagar $165.000 de alimentos provisorios, y fijan la audiencia para enero del 2008. Durante los meses venideros a febrero del 2007 demostré a la asistente social de San Joaquín que mi situación apenas alcanzaba a cubrir mis gastos, deudas, enfermedades, etc. Y por ende me era imposible cumplir con los $165.000.
    Meses después (junio 2007) se me diagnostico crisis de pánico y trastorno depresivo situación en la que llevo casi 1 año, como no pude pagar ella orden de arresto y mi situación psicológica empeoro.
    Posteriormente a mi matrimonio rehíce mi vida y con mi pareja actual tuvimos un bebe en febrero del 2008, situación que se expuso al tribunal y que tampoco la considero.
    Lo más extraño de todo es que en Enero del 2008 que era la audiencia definitiva se suspende porque el juez no se encontraba y se fija para marzo del 2008, voy en marzo del 2008 y me dicen que no hay sistema, se fija fecha para el 14 de abril del 2008, pero se digita mal el año y lo dejan para el 14 de abril del 2009. (situación que se beneficiara ella con 165.000 por un año mas !!)
    En este momento estoy con tratamiento psiquiátrico, me descuentan judicialmente de mi sueldo la plata, he tenido que pedir préstamos para pagar platas de la demanda que no pude pagar durante un lapso del año pasado.

  88. Comentario por Manuel — 14 Abril 2008 @ 17:26

    Pero mi dolor más grande es ver a mi bebe de 2 meses ignorada por la sociedad, a veces he tenido que vender cosas para alimentarla y ayudarla, mientras que mi ex pareja solo adujo tener depresión y el juez arbitrariamente le otorgo 165.000. Ella ya lleva un año recibiendo esa cantidad de plata y al parecer va por otro año mas, ella está sana y prueba de ello es que se encuentra estudiando y sin esforzarse en cuanto a lo laboral. Es decir, la vida fácil.
    Es justo?…me da pena mi bebita, que tenga solo 2 meses y sea pasada a llevar por situaciones irregulares. Qué pasa si se enferma mi bebe, quien respondería?.
    Ojala se valorara y se respetaran los derechos del niño y no los caprichos y despechos de gente que no desea trabajar y solo recibir dinero a costa de los demás.

  89. Comentario por Jovino Novoa — 15 Abril 2008 @ 12:10

    Estimado Manuel

    Sentimos mucho la situación que estás pasando. Te recomendamos hablar con el Ministro Visitador del Tribunal (puedes solicitar audiencia con él y te dirán cómo en el mesón del tribunal) para hacerle ver que la audiencia ya se ha postergado más de un año!
    Además, te recomendamos solicitar la asesoría de un abogado, ya sea particular o gratuito en la Corporacióin de Asistencia Judicial.

    Por último, es bueno que sepas que no se puede obligar a un padre entregar más de la mitad de sus ingresos por pensión de alimentos y, en general, habiendo sólo un hijo, se le obliga a pagar alrededor de la tercera parte de sus ingresos.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora Legal Senador Novoa

  90. Comentario por Eva C — 16 Abril 2008 @ 09:20

    estimado sr.novoa
    Tengo un hijo que cumplio 18 años,y continua sus estudios en la universidad catolica de concepcion,sus estudios los continua gracias a la beca bicentenario si no, no tendria oportunidad de seguir estudiando.yo demande a su padre hace como 5 años atrás y después de 2 años de caminar por el juzgado él opto solo por presentarse y llegar a un advenimiento conmigo y pedir que yo retire la demanda cosa que no se le acepto en el juzgado,aun asi quedo en acuerdo que depositaría $100.000 mensuales,pero dicho dinero lo enviaria a travez de una chequera electronica a mi nombre,no quizo que abriera la cuenta que dictamina el juzgado en el banco del estado,a todo esto la cantidad la dictaminó él sin presentar liquidaciones o algun documento que acreditara su renta,hoy en día su renta bruta es de $1.770.876 ,además el dinero lo enviaba cuando se le daba la regalada gana sin respetar el acuerdo que se había llegado en el juzgado que seria como tope los dias 10 de cada mes,mi hijo cumplio los 18 años en marzo 2008 por lo tanto el dejo de enviar dinero mi hijo se comunico por telefono con él y le contestó que no lo presionen que el sabria cuando enviar dinero y que además el ya cumplió su mayoria de edad y que las cosas cambiaban,mi consulta es hasta que edad le corresponde seguir ayudandolo y que porcentaje le corresponde a mi hijo si el esta ganando este sueldo,con razon el se acerco con tanta amabilidad a llegar a firmar el acuerdo conmigo para darlle los $100.000.El está casado,tiene un hijo en su matrimonio y está separado de palabra solamente.-
    Esperando que mi consulta tenga una buena acogida y me pueda orientar en mis dudas

  91. Comentario por Manuel — 16 Abril 2008 @ 11:01

    Lo que pasa estimada heydi, que aqui ni siquiera hay hijos, solo una persona de 25 años sana y que a vista de todo se esta aprovechando economicamente de la situacion.

  92. Comentario por Manuel — 16 Abril 2008 @ 11:06

    Imagina que me diagnosticaron trastorno depresivo y debo tomar, clonazepam, milnacipran clorhidrato y litio.
    He estado con licencias medicas y pasandolo mal.

  93. Comentario por Jovino Novoa — 17 Abril 2008 @ 15:03

    Estimada Eva:

    Dentro del mismo artículo en que realizas tu consulta están las respuestas solicitadas. Te las repito:
    ¿Quiénes son beneficiarios de las pensiones alimenticias?
    Entre otros, los hijos(as) hasta que cumplan 21 años y hasta los 28 si están estudiando.
    ¿Cuáles son los montos establecidos para solicitar la pensión de alimentos?
    Los montos evidentemente variarán dependiendo de las circunstancias económicas y sociales tanto del alimentante como del alimentario, pero de manera general podríamos señalar:

    El monto mínimo equivale al 40% de un ingreso mínimo cuando se trate de un solo hijo. Si tiene más de un hijo, el monto mínimo por cada uno de ellos equivale al 30% de un ingreso mínimo.
    El monto máximo no podrá sobrepasar el 50% de los ingresos totales de quien pagará la pensión. Ejemplo: si el padre da la pensión y sus ingresos totales equivalen a un sueldo mínimo, y se solicita la pensión para 3 hijos, la pensión total (por los 3 hijos) no podría ser menor a $108.000. Pero como sobrepasar el 50% de los ingresos totales, la pensión total sería de $60.000.

    Cordiales saludos

    Jovino

  94. Comentario por gabriela sanchez — 18 Abril 2008 @ 15:11

    Gracias por su respuesta.
    pregunta: la acción de reclamación de filiación ¿que derechos conlleva para el padre?
    especificamente: si él reconoce a su hijo de 7 años, a pesar de haber estado ausente siempre ¿que derechos tiene? si yo viajo con mi hijo ¿Deberé pedirle su autorización?. muchas gracias.

  95. Comentario por Jovino Novoa — 21 Abril 2008 @ 16:49

    Estimada Gabriela:
    Hay que distinguir dos situaciones: primero si el reconocimiento se efectúa por sentencia judicial, en ese caso el padre pierde ciertos derechos (en casos determinados pierde el derecho a una relación directa y regular con el menor) pero no siempre, hay que analizar cada situación, pero la obligación de alimentarlo siempre subsiste.
    Ahora si el reconocimiento se efectúa de manera voluntaria evidentemente adquiere todos los derechos de un padre incluyendo visitas.

    Cordialmente

    Juan Pablo Aguerreberry
    Asesor Senador Jovino Novoa

  96. Comentario por Ana O — 7 Mayo 2008 @ 13:23

    Estimado Sr. Novoa,

    Mi consulta es la siguiente y agradeceré de sobre manera pudiera guiarme.
    Estoy casada hace 2 años y mi marido tuvo un hijo hace 3 años. Actualmente mi marido le da pensión de alimentos a su hija ($55.000 pesos), la que fue fijada por un juez en tribunales. También se fijo en esa entidad que el hijo debía ser carga de la madre, lo cual no sucedió ya que después de un par de meses la mamá del niño le pidió a mi marido que lo tuviera como carga por que ella iba a cambiar de trabajo. Mi marido aceptó por el bienestar de su hijo pero hasta la fecha, ella ya encontro trabajo, aún sigue siendo carga de él.
    Cabe mencionar que el sueldo líquido de mi marido es de 200.000 pesos y en la fecha en que se fijo la pensión él y yo no estabamos casados y él vivía con sus padres.
    Hoy en día tenemos una pequeña niña de tres meses, por la cual todos los gastos están corriendo por mi cuenta, ya que mi marido paga arriendo, algunos gastos de la casa y la pensión, por lo tanto no le alcanza para poder ayudarme a comprar los articulos minimos que requiere un bebé (leche, ropa, pañales, etc). Encima de toda la situación nuestra hija es carga mía.
    Quisiera saber que se puede hacer para que mi marido pueda rebajar la pensión, a un monto en que pueda ayudar a sus dos hijos.

    Desde ya, agradezco muchísimo su respuesta.

    Cordiales saludos,

    Ana O

  97. Comentario por Jorge D — 8 Mayo 2008 @ 19:42

    Tengo firmado un documento de mutuo acuerdo en el que me comprometí a pagar 300.000 por mis dos hijos, me encuentro cesante hace 5 meses, me acaban de retener mis impuestos, quiero saber que tengo que hacer para modificar el monto, se debe considerar que la renta de mi ex conyuje es de aprox. $ 2.000.000, es dueña de 2 propiedades, 2 automóviles y además es dueña de una empresa, por si sirve de algo la que abandono el hogar fye ella producto de una relación paralela que mantuvo durante 2 años con la que es hoy en día su pareja. La razón por la que firme el acuerdo fue que si no lo hacia me impediria ver a los niños. Gracias

  98. Comentario por Jovino Novoa — 13 Mayo 2008 @ 14:32

    Estimada Ana

    Salvo que lleguen a un acuerdo con la madre, el que debe ser autorizado por el juez, la ùnica forma en que Uds. pueden rebajar la pensiòn de alimentos es presentando la correspondiente solicitud al juez. Deben indicar al juez que ahora tienen la niña como carga y, por tanto, incluir lo que pagan por este concepto dentro de la pensión. De esta forma, podrán descontar lo que deben dar a la madre lo que están pagando por tenerla como carga. Pueden señalar al juez, además, que revise el monto de la pensión dado que las circunstancias de Uds. han cambiado.

    Ello, por cuanto cada vez que las circunstancias personales del alimentante o del alimentario cambian, se puede solicitar la rebaja o aumento de la pensión de alimentos, según quién la pida.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora Legal Senador Novoa

  99. Comentario por Jovino Novoa — 13 Mayo 2008 @ 14:58

    Estimado Jorge

    El acuerdo que firmaste con la madre sòlo tiene fuerza obligatoria si fue autorizada por el juez. De lo contrario, no sirve para exigir forzadamente su cumplimiento.

    En caso que haya sido autorizada por el juez, debes saber que cada vez que cambian las circunstancias del alimentante o del alimentario, se puede recurrir al juez para que modifique el monto de la pensión a las nuevas circunstancias.

    Además, el padre y la madre están ambos obligados a la crianza, mantención y educación de sus hijos, pero en proporción a sus facultades económicas.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei

  100. Comentario por Rodrigo — 24 Mayo 2008 @ 06:51

    Hola,junto co saludarlos les explico mi caso,soy estudiante universitario y trabajador part-time con sueldo variable.En febrero fui a comparendo por pension alimenticia en donde la jueza dicatmino que tenia que cancelar $65.000 a mi hija de 8 meses.Estoy desde esa fecha con regimen visitas y mis gastos fijos han aumentado notablemente,ya sea pago arancel credito,gastos comunes,etc….Me estoy viendo imposibilitado de cancelar los $65.000 a mi hija y necesito saber si puedo demnadar para rebajarla pension bajo esos parametros.Cual es el conducto regular a seguir,debido a que no me puedo costear un abogado y tampoco tengo el tiempo suficiente,debido a que mi trabajo y estudios me absorben todo el tiempo.

    Desde ya muchas gracias y esperando una respuesta

  101. Comentario por Mario Augusto — 26 Mayo 2008 @ 11:49

    SR. JOVINO, FAVOR AYUDEME, SOY UN PIRQUINERO DE LA CORDILLERA DE LA 4 REGION. TENGO 1 UNICO HIJO (ACTUALMENTE 23 AÑOS) QUE NO VIVE CONMIGO DESDE MUCHO TIEMPO , VIVE CON SU MADRE QUE ME DEMANDO Y LE PASO +- $50.000, MI HIJO SEGUN SU MAMA ESTUDIA PARA EL NORTE Y A MI NO ME CONSTA. POR AHI ME HAN CONTADO QUE MI HIJO ESTA TRABAJANDO. SR. JOVINO HE IDO CON EL JUEZ QUE ME LLEVA EN CASO Y ME DICE QUE TENGO Q SEGUIR PAGANDO, PERO YO LE DIGO QUE MI HIJO ESTA TRABAJANDO Y EL ME DICE QUE NO SE META Y PAGUE NO MAS. AYER ME CONSEGUIE UN CERTIFICADO DE LA AFP. DE MI HIJO Y SALE QUE ESTA IMPONIENDO HACE MAS DE 1 AÑO Y GANANDO COMO UNAS 400.000. ¿QUE HAGO SR.? VOY CON EL CERTIFICADO A DONDE EL JUEZ QUE NI ME PEZCA Y DEMANDO A MI HIJO Y SU MAMA POR MENTIRME?. ¿Y TENGO QUE SEGUIR DANDO PENSION A MI HIJO SI ESTA ESTUDIANDO Y EL ESTA TRABAJANDO?. YO TENGO PEGAS ALGUNOS MESES DEL AÑO Y GANO EL MINIMO Y ESO, TENGO PAPELES Y CERTIFICADO COMO DEMOSTRARLO. YO ACTUALMENTE VIVO CON MI PAREJA SOLOS Y TENEMOS ESE PROBLEMA DE LA PLATA PARA PODER TENER NUESTRO PROPIOS HIJOS. DE ANTEMANO GRACIAS

  102. Comentario por susana — 27 Mayo 2008 @ 08:06

    Gracias por este espacio .Le cuento fui mama muy joven gracias a dios mis padre tiene un buen pasar a todo esto mi hija ya tiene 14 años y mi papa siempre ha estado presente ya que el papa de mi hija a penas da 120.000 mil pesos-no hay ningun papel de por medio y eso es lo que me da miedo porque el es profesional es ingeniero civil y trabaja bien pero el dice que eso lo que puede dar por otra parte mi papa dice que no importa para no tener problemas con el lo que pasa que es muy bueno .Ahora yo me case y mi hija sigue viviendo con ellos mi hija va a un colegio particular que se paga app 140.000 mil pesos.Yo hace como tres años hable con el y me dijo que eso era lo que podia dar y porque yo la tenia en ese colegio personas me han dicho que yo no tengo que bajar el nivel socioeconomico en que ha crecido mi hija.Mi pregunta es que debo hacer para que el de lo que le corresponde .El papa de mi hija tiene dos casas tiene vehiculos etc ahora ya el tuvo un hijo y convive .Quiero que me aconseje y que si hay forma de que el de sin tener que ir a juicios ,demandas de que a el le descuenten de su sueldo .De antemano muy agradecida.

  103. Comentario por Jovino Novoa — 30 Mayo 2008 @ 16:01

    Estimado Rodrigo

    La ley permite solicitar una rebaja o aumento de la pensión de alimentos cada vez que cambien las condiciones del alimentante o del alimentario. Para ello, debes hacer la presentación ante el juez de familia en que se tramitó la causa que fijó la primera pensión.

    Es posible solicitar la asesoría de un abogado gratuitamente ante la Corporación de Asistencia Judicial, pero sólo en caso de cumplir con los requisitos para obtener el llamado privilegio de pobreza. En todo caso, esta presentación puedes hacerla por tí mismo, sin la asesoría de un abogado.

    Por favor, ten presente que en caso de no pagar la pensión de alimentos, el juez puede decretar en tu contra arresto nocturno por hasta 15 días, repetibles hasta que pagues, y el proceso para hacerlo es muy rápido.

    Cordiales saludos,

    Jovino

  104. Comentario por Jovino Novoa — 30 Mayo 2008 @ 16:54

    Estimado Mario Augusto

    Tienes toda la razón en que ya no corresponde que le pagues pensión de alimentos a tu hijo si es mayor de 21 años y está trabajando.
    Si el juez no te hace caso, debes presentar los antecedentes al Ministro Visitador del Tribunal (pregunta en el mesón del tribunal quién es y solicita entrevista con él).

    Por otra parte, también tienes derecho a demandar a tu hijo para que devuelva todo el monto indebidamente recibido con reajuste e intereses.

    Si tienes más problemas, te recomiendo también enviar carta a la Senadora Matthei.

    Cordiales saludos,

    Jovino Novoa V.
    Senador

  105. Comentario por Jovino Novoa — 30 Mayo 2008 @ 17:26

    Estimada Susana

    Si el padre no está dispuesto voluntariamente a dar más, no queda otra cosa que demandarlo. Si es ingeniero y tiene la situación que indicas, estimo que te está dando poco, pero puede que el juez aumente, rebaje o deje igual la pensión.
    Debes saber que no se pueden pedir pensiones anteriores a la interposición de la demanda, por lo que mientras no lo hagas, dichas pensiones están perdidas.
    A lo mejor, no es justo para tu hija estar recibiendo dicha cantidad. Míralo desde ese punto de vista. Tú tienes que representarla ahora porque ella no puede defenderse por sí misma y debes buscar lo mejor para ella. Te recomiendo revisar la situación con un abogado.

    Muy cordiales saludos,

    Jovino

  106. Comentario por Manuel — 26 Junio 2008 @ 22:33

    Estimado SR.Novoa:
    El punto (87) lo escribi yo…en el comentaba la injusticia en que estoy involucrado, por el asunto de alimentos provisorios, a una persona joven, sana y que se esta aprovechando.
    Quiero decirle que he quedado cesante, aun asi el juez me rechazo un escrito en que solicitaba rebaja.
    Se dice que una persona cuando cambia sus circunstancias economicas el juez debe considerarlo.
    Yo estuve casado 5 meses, no tuve hijos. Una lastima que personas asi se aprovechen al amparo de jueces ineptos, por lo cual creo que hay algo raro. porque aparte de obsesionarse con hacerme pagar esa plata suspendio el juicio de enero del 2008 a abril 2009.
    En este momento tengo una hija de 4 meses con mi pareja actual, estamos en una situacion economica critica. Pero aun asi el juez me obliga a pagar 165.000…y como no podre pagar me ire preso….asi es la justicia chilena.

  107. Comentario por Manuel — 27 Junio 2008 @ 10:18

    … resumiendo la situacion.
    Febrero 2007 la audiencia, fija alimentos provisorios de $165.000 (no hay hijos y 5 meses de matrimonio…ella declara estar trabajando en ese momento ganando $300.000)..fijan la audiencia para enero 2008, en esa fecha el juez esta de vacaciones, la cambian para abril…en abril del 2008, el juzgado emite un documento en que corrige la fecha y la dicta para abril del 2009.
    Como dije anteriormente, estoy cesante…y con una hija que alimentar…en cambio el juez no quiere rebajarme el dinero..y obviamente como no podre pagar, lo mas seguro es que me arresten….increiblemente injusto.

  108. Comentario por Jovino Novoa — 2 Julio 2008 @ 16:41

    Estimado Manuel

    Te aconsejo hacer la respectiva denuncia al Ministro Visitador del Tribunal, a quien corresponde fiscalizar el buen funcionamiento de èste.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei

  109. Comentario por Ximena M — 7 Julio 2008 @ 10:37

    Gusto en saludarlo,y gracias por el espacio que nos brinda para tener informacion legal,para el bien de nuestros hijos.
    Mi situacion es la siguiente.En el año 2004,agosto para ser exacta,se hizo una transaccion alimenticia,se fijaron 50.000 pesos con un reajuste anual de acuerdo con el IPC,hasta la fecha no se ha reajustado,si bien el padre en ocasiones y por un par de meses deposita 60.000,no es constante.Por otro lado no se fijaron visitas.En noviembre del 2007,despues de una discusion,el padre de mi hija me agredio fisicamente dejandome con policontuciones,hice la denuncia y carabineros me llevo personalmente a constatar lesiones a un servicio de salud,en ese minuto estaba mi hija y mi sobrina presentes las que quedaron tremendamente afectadas.Desde ese entonces mi hija no ha querido ver ni hablar con su padre,por otro lado el no se ha acercado y nada mas ha llamado por telefono el cual en ocasione no se contesta porque mi hija no quiere hablar y yo por no ser agredida,que es como terminan las conversaciones con el.La denuncia que hice por violencia finalmente no se concreto,puesto que investigaciones,despues de un mes y medio,recien fue a constatar lesiones y a pedir declaracion ,me dijo que lo mas seguro es que todo quedara en nada por ser lesiones leves.
    Hace unos dias atras recibi una notificacion por demanda por visitas y la verdad es que me tiene un poco angustiada lo que se dictamine porque mi hija sigue sin ganas de ver a su padre y me ha confesado que le tiene miedo.Que puedo hacer al respecto.Tengo copia de la fiscalia por la denuncia que hice.Puedo exigir un examen sicologico para el padre?,y puedo aprovechar de pedir el reajuste respectivo de la pension?.
    Agradeciendo de ante mano su pronta respuesta,me despido atte.

  110. Comentario por Jovino Novoa — 17 Julio 2008 @ 23:09

    Estimada Ximena

    Habiendo un antecedente de violencia intrafamiliar, es muy posible que el juez impida las visitas o las otorgue en forma condicionada, por ejemplo, en compañía de una persona de tú confianza. Debes hacer la correspondiente solicitud al juez y acompañar los antecedentes de la violencia intrafamiliar.

    Puedes además exigir examen psicológico.

    También puedes aprovechar de solicitar aumento de la pensión.

    Te recomiendo solicitar la ayuda de un abogado, ya sea particular o de la Corporación de Asistencia Judicial.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora Legal Senador Novoa

  111. Comentario por Jovino Novoa — 17 Julio 2008 @ 23:10

    Estimada Ximena

    Habiendo un antecedente de violencia intrafamiliar, es muy posible que el juez impida las visitas o las otorgue en forma condicionada, por ejemplo, en compañía de una persona de tú confianza. Debes hacer la correspondiente solicitud al juez y acompañar los antecedentes de la violencia intrafamiliar.

    Puedes además exigir examen psicológico.

    También puedes aprovechar de solicitar aumento de la pensión.

    Te recomiendo solicitar la ayuda de un abogado, ya sea particular o de la Corporación de Asistencia Judicial.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora Legal Senador Novoa

  112. Comentario por claudia — 31 Julio 2008 @ 21:14

    Hola, tengo un hijo de 1 año y dos meses, el padre no lo ha reconocido, me dejo a los cinco meses de embarazo, quiero demandarlo para que reconozca a mi hijo, y tener pension alimenticia, mi consulta el esta obligado a pagar si yo gano alrededor de 550.000 y el 300.000, yo hace poco me cambie de trabajo para poder sostener a mi hijo, tengo derecho a pension alimenticia. mi hijo debe tener alguna edad para que el reclame visitas y pueda llevarselo, ya que yo no conozco a su familia ni las amistades que el tiene por lo tanto es içuna inseguridad para mi.

    gracias

  113. Comentario por Jovino Novoa — 7 Agosto 2008 @ 23:53

    Estimada Claudia

    Los padres están obligados, los dos, a aportar para la crianza y eduación de los hijos comunes, en PROPORCION a sus respectivas facultades económicas. En consecuencia, el padre puede ser obligado a aportar y el juez decidirá cuánto, si uds. no llegan a un acuerdo.

    El padre siempre tiene derecho a visitas. El juez puede determinar que éstas se hagan de determinada forma (por ejemplo, en presencia de un tercero) para asegurar el bienestar del niño.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora Legal Senador Novoa

  114. Comentario por hernan — 15 Agosto 2008 @ 15:38

    Hola
    Tengo 19 años y estoy en la universidad en segundo año.
    Me fui de la casa , por que mi papa era muy violento. Ahora trabajo y estudio , con eso pago un arriendo y me alcansa justo. Pero no me alcansa para pagar la matricula de la universidad ni lso gastos en materiales.
    ¿El tiene aun obligacion de darme una pension si me fui de la casa?
    Si es asi , hacia donde me tengo que dirigir para hacer los tramites?

  115. Comentario por Jovino Novoa — 16 Agosto 2008 @ 21:42

    Estimado Hernán

    Tus padres deben los dos aportar para los gastos de crianza, educaación y mantención hasta que tengas 21 años y si estudias, hasta los 28 años.

    Si no lo hacen de mutuo acuerdo, vas a tener que interponer una demanda de pensión de alimentos ante el tribunal de familia. Puedes revisar en http://www.senado.cl/blog/jnovoa/?cat=38 todos los artículos relacionados con alimentos en este blog.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora legal Senador Novoa

  116. Comentario por Andrés V — 18 Agosto 2008 @ 10:12

    Estimado, antes de nada gracias por esta alternativa de ayudad, te comento que estoy separado hace 9 meses no fue en muy buenos terminos pero siempres quiero velar por el bienestar de mis hijos firmamos un acuerdo extrajudicial por el pago de pension alimenticia y visitas, lamentablemente este no se cumplico por la otra parte ademas que no ratifico este acuerdo ante un tribunal, yo quiero regularizar este tema que puedo hacer ??? para por fin poder ver con regularidad a mis hijos,,? puedo realizar los tramites de pension y visitas..Gracias

  117. Comentario por Jovino Novoa — 19 Agosto 2008 @ 22:06

    Estimado Andrés

    Gracias por tu comentario.
    Las separaciones, cuando no hay buena comunicación entre los padres, son muy difíciles tanto para los padres como para los hijos. Podrás revisar una serie de antecedentes sobre los problemas que hay en materia de visitas y el proyecto de ley que presenté para tratar de enfrentar mejor este problema en http://www.senado.cl/blog/jnovoa/?cat=44

    En resumen, te recomiendo hacer todos los esfuerzos posibles para tener la mejor relación posible con la madre. Ello será lo que más va a beneficiar a tus hijos. Es lejos la mejor recomendación que te puedo dar. Mientras no se apruebe mi proyecto de ley, no te favorece ni la ley ni los tribunales de familia para que puedas tener visitas regulares y gratas. Si bien se puede lograr a través de demandas en los tribunales, generalmente ello es después de grandes gastos y peleas en los tribunales y de muy malos ratos para todos los involucrados.

    Te saluda muy cordialmente,

    Jovino Novoa

  118. Comentario por Hugo — 9 Octubre 2008 @ 20:36

    Senador paso a detallar la situacion que afecta a mi hermano menor el tiene 17 años yesta por salir de cuarto medio, lo que pasa es que nuestra madre fallecio a hace un año y medio lo cual mi padre que solo criandolo, siendo mi madre el sustento fuerte de la casa, mi papa viendose en esta situacion no pudo seguir con esto y decidio irce al extrangero para lo cual, entrego la tutela de mi hermano a un vecino siendo que me tiene a mi y a mi otro hermano yo tengo 35 años y mi hermano 33, lo peor de todo es que el seva y se desentiende de mihermono menor el cual quiere estudiar y debe estudiar, que puedo hacer, a un no hacemos la posesion efectiva de nuestra casa, ya que la casa estaba a nombre de nuestra madre, el no quiere nada con nosotros y lo peor de todo se caso con una chilena recidente permanete en USA y definitivamente se va, que hago
    saludos cordiales HUGO

  119. Comentario por Juan Ignacio — 22 Noviembre 2009 @ 20:24

    Estimado
    Mi situacion es la siguiente:
    Tengo un hijo de 10 años, el cual siempre me he preocupado de darle la pension de alimentos y salud. hoy actualmente su madre me demando por aumento de pension de alimentos a 200.000 pesos, actualmente le doy 170.000, yo solicite este año una rebaja de pension porque de mi matrimonio nacio mi hija sofia de 1 año y 9 meses de la cual desafortunadamente me separe y actualmente tambien debo darle pension de alimentos.
    Mi sueldo es de 466.000 mil pesos base y la jueza de rancagua no me ha otorgado la rebaja de pension, nisiquiera considero que yo tengo otra pension de 150.000 pesos que pagar.
    Es decir hoy en dia estoy cancelando 320.000 pesos de pension de alimentos y solo me quedan 180.000 pesos para vivir, alimentarme y pagar mis cuentas.
    hoy me encuentro en una situacion economica precaria y nada de eso se me considero para establecer la cantidad de dinero que debo aportarles a mis hijos.
    Ambas madres trabajan y una de ella gana sobre 600 mil pesos, pero la jueza nisiquiera le importo eso.
    no se que hacer, no tengo dinero para contratar a un abogado y cada dia siento que me undo mas.
    favor si me puedes orientar al respecto.

  120. Comentario por Jovino Novoa — 30 Noviembre 2009 @ 22:52

    Estimado Juan Ignacio

    Te recomiendo lo más pronto posible buscar a un abogado, aunque sea de la Corporación de Asistencia Judicial, que es gratuito, para que revise tu caso e interponga ante los diferentes tribunales escritos explicando tu situación, ya que si no pagas te vas a ver enfrentado a un arresto tras otro.

    Saludos,

    Hedy Matthei
    ASesora Legislativa
    Senador Jovino Novoa V

  121. Comentario por Jennifer — 9 Enero 2010 @ 11:06

    Buenas tardes:
    Tengo una duda de como volver a demandar a mi papá. En primera instancia lo demando mi mamá ya que mi hermana y yo teniamos 5 y 6 años respectivamente. Ahora yo tengo 18 años y mi hermana cumplira 17, desde el año 1999 que mi papá deberia pagar la pension alimenticia que son $80.278 por las dos. El dinero deberia depositarse en la cuenta corriente del tribunal, pero desde el año no hemos recibido nada. Ahora necesitamos mucho el dinero, esto se realizó el 11 de diciembre de 1998 en el primer juzgado de menores en pudahuel, Hoy nos encontramos viviendo en maipú.
    ¿Donde lo puedo demandar?
    ¿Que cosas necesito al momento de demandarlo?
    ¿Es necesario verlo, si es que llega a algo oral?
    Eesperando su respuesta, muchas gracias.

  122. Comentario por Jovino Novoa — 18 Enero 2010 @ 14:53

    Estimada Jennifer

    Siendo ya mayor de edad, puedes exigir tú misma el cumplimiento del pago de la pensión de alimentos. Para ello vas a necesitar un abogado. Si no tienes como pagar un abogado, acude a la Corporación de Asistencia Judicial ya que seguramente te corresponderá la atención gratuita de un abogado.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora Legislativa
    Senador Jovino Novoa V.

  123. Comentario por Victor p — 15 Febrero 2010 @ 16:08

    Sr. el siguiente es mi caso, debido a la mala convivencia matrimonial decidí irme de la casa en que viviamos juntos y me fui a vivir solo, a otra casa que tenemos en comun, tenemos 04 hijos pero el mayor decidió vivir conmigo, durante estos 06 meses le entrego como mínimo a ella, la cantidad de 500.000 pesos mensualmente, mi sueldo es 430.000 pesos base mensuales, mas bonos que recibo algunos meses, ademas de 240.000 que recibo de una pension, sin embargo, ella siempre me pide que le mas de eso, tenemos tambien un almacén en la casa donde vive ella, que genera al menos 150.000 pesos mensuales (tambien tenemos una deuda de 7.500.000 pesos con su madre, por los que ella cancela 150.000 pesos promedio mensualmente, ella quiere que le entrgue el 80 por ciento de mi sueldo, por lo que quiero saber si voy al tribunal me pueden pedir mas de lo que estoy entregando o hay un máximo de dinero que debo entregar.
    Atte. Víctor.

  124. Comentario por Karen — 17 Febrero 2010 @ 21:50

    Buenos dias mi consulta es la siguiente: vivo con mi pareja el cual tiene un hijo de 12 años de una relacion anterior. En agosto del año 2007 lo demandaron por pension alimenticia y quedo estipulado que seria descontado por planilla. Luego en diciembre del 2009 quedo cesante por lo que llegaron a un acuerdo verbal con la madre en donde él se encargaria de pagar el colegio y el furgon escolar. En enero del 2010 le paso por mano la cantidad correspondiente a la pension. Con mi pareja nos fuimos de vacaciones y al regresar habia una liquidacion de deuda de pension desde el año 2007 que asciende a 2.500.000.-, segun la madre mi pareja nunca le ha pagado un peso… cuando apelamos la jueza no acepto el escrito por no presentar pruebas. Ya han pasado dos dias de èsto y ahora tenemos todas las liquidaciones de sueldo en donde aparece la retencion judicial y tenemos todos los comprobantes de pago de colegio y furgon… ¿tenemos todavia alguna posibilidad que la jueza nos tome en cuenta las pruebas? ¿los comprovantes de pago son pruebas? ¿que temos que hacer para que mi pareja no se valla preso por algo que ya cancelo? ¿como es posible que la jueza dicte sentencia sin tener pruebas de ninguno de las dos partes, ya que ella deveria haber presentado la libreta con los depositos que supuestamente no fueron realizados? espero su consejo y su respuesta.

  125. Comentario por Jovino Novoa — 3 Marzo 2010 @ 09:26

    Estimada Yanaret

    Si el padre reconoció voluntaria y legalmente a su hija, no puede ahora desconocer dicho reconocimiento.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora Legislativa
    Senador Jovino Novoa V.

  126. Comentario por Jovino Novoa — 3 Marzo 2010 @ 09:29

    EStimado Víctor

    No es posible saber de antemano cómo va a resolver el juez un determinado caso, pero estimo que es muy probable que reduzca la cantidad que le estás pagando. En todo caso, no te pueden condenar a más del 50% de tus ingresos.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora Legislativa
    Senador Jovino Novoa V.

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