Reajuste Pensión de Alimentos

Publicado en FAMILIA, Alimentos por Jovino Novoa el Martes, 12 dAmerica/Santiago Febrero dAmerica/Santiago 2008 a las 20:12


imagen obtenidad desde www.efdeportes.com

Estimados

He recibido la siguiente consulta en el Blog:

1. Comentario por Rosa — 12 Febrero 2008 @ 01:35 |
Me gustaría saber si puedo pedir un reajuste en el pago de pensión alimenticia , ya que el padre de mis hijos lleva 4 años dando la misma cantidad de dinero, y si esto es reajustable.
gracias.
Rosa
.

Referente a lo anterior, les puedo señalar que la ley “Sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias” establece en su artículo 7º inciso tercero:

“Cuando la pensión de alimentos no se fije en un porcentaje de los ingresos del alimentante, ni en ingresos mínimos ni en otros valores reajustables, ésta se reajustará semestralmente de acuerdo al alza que haya experimentado el índice de precios al consumidor fijado por el Instituto Nacional de Estadísticas, o el organismo que haga sus veces, desde el mes siguiente a aquél que quedó ejecutoriada la resolución que determina el monto de la pensión.”

En la práctica, si este reajuste no es efectuado por el alimentante, esta situación deberá ponerse en conocimiento del Tribunal, el cuál deberá proceder a reliquidar la pensión alimenticia.

Esperando que la información proporcionada les sea de utilidad,

Un cariñoso saludo

Jovino

91 Comentarios »

  1. Comentario por edith — 23 Febrero 2008 @ 20:18

    Tengo tres hijos de 20(estudiante universitario) de 10 y de 8 años de edad.El padre inicio el trámite de divorcio unilateral.Necesito se me informe sobre la pensión alimenticia en este caso y cómo se calcula

  2. Comentario por Jovino Novoa — 24 Febrero 2008 @ 22:38

    Edith

    Si uds. no llegan a acuerdo, lo fija el juez.

  3. Comentario por mari carmen — 25 Febrero 2008 @ 07:56

    mi ex lleva en 2 años no me a pasado la pension alimenticia nada mas qe 2 meses ,el siempre a trabajado no me lo da porqe no le da la gana y asi estan las cosas puedo reclamar algun tipo de ayuda ya qe solo vivo de 500 euros y pago alquiler

  4. Comentario por cristobal i — 26 Febrero 2008 @ 16:46

    hola
    me encuentro muy preocupado por el siguiente tema .
    hace tres años se fijo la suma de 200 000 mil pesos a mi hija de manuntencion ,el juez le dio una cuenta especial a la madre de mi hija .
    mi padre al yo firmarle un testaferro para que el manejara mi propiedad , se encargo desde ese dia a depositarle la plata a ella .
    ahora me entero que el no le deposita a la cuenta que el juez determino ,llego a un trato con ella sin avisarme a mi de nada y por medio de carabineros me entero que le esta pasando el departamento de mi hermana.
    tengo una pesima relacion con mi padre jamas me avisa de nada y ni un papel me entrega ,ni copias .
    donde puedo dejar constancia?no sea que ella muestre la cuenta y me culpen de no dar manuntencion .
    mas ensima al querer bajar manuntencion ya que tengo otra hija que nacio con sindrome de down .me encuentro que esta por maltrato familiar mis antecedentes estan limpios pero esta mujer es muy mentirosa gracias a DIOS carabineros se dio cuenta que mentia ya que jamas se le encontro un rasguño hace 3 años atras .
    como es posible que quede la causa asi ?
    cuanto se demorara en pasar a tribunales de familia la causa ?
    de antemanos muchas gracias
    cristobal

  5. Comentario por sandra — 27 Febrero 2008 @ 08:44

    hola soy madre soltera y no puedo encontrar al padre de mi hijo como hago para denunciarlo y si el no lo reconoce que hago el juzgado puede hacer una prueba de adn o quien tiene que pagarla

  6. Comentario por Jovino Novoa — 28 Febrero 2008 @ 11:46

    Estimado Cristobal

    Es imposible conocer la rapidez con que se tramitarán las causas pero, por lo que cuentas, es indispensable que cuentes con la asesoría de un abogado.

    Cordiales saludos,

    Jovino Novoa

  7. Comentario por Jovino Novoa — 28 Febrero 2008 @ 12:00

    Estimada Sandra

    El tribunal está obligado a realizar todas las gestiones necesarias para ubicar al padre. Si obtienes privilegio de pobreza, puedes tener abogado de la Corporación de Asistencia Judicial gratis y la orden del tribunal de efectuar el exámen de ADN.
    Cordiales saludos,

    Jovino Novoa

  8. Comentario por MARGARITA — 5 Marzo 2008 @ 14:56

    En el año 2006 el juzgado de familia decreto la rebaja de la pensión alimenticia de mis hijos.Este año mi hijo mayor rinde la PSU con intenciones de ingresar a la Universidad,ante esto se puede solicitar el aumento de la pensión? (quedo fijada en $138.000 por los dos niños). O una vez ya rebajada no se puede solicitar un aumento?. Le saluda atte. Margarita.

  9. Comentario por Jovino Novoa — 7 Marzo 2008 @ 15:52

    Estimada Margarita

    Efectivamente, cada vez que cambian las circunstancias del alimentante o del alimentado se puede pedir al juez que revise el monto de la pensión de alimentos.

    Cordiales saludos,

    Jovino

  10. Comentario por KARITO — 8 Marzo 2008 @ 18:56

    estimado Sr mi consulta es la siguiente. el pasado 05 de febrero tuve un juicio por rebaja de pension alimenticia, el cual no fue a lugar y la jueza decreto que el padre de mi hijo tenia que seguir pagando la misma cantidad de antes. cuando llego la fecha del pago este deposito la mitad de lo estipulado por la jueza que puedo hacer en ese caso. puedo pedir que el monto sea descontado directamente por el empleador de este. favor ayudenme.att Karito

  11. Comentario por paola — 9 Marzo 2008 @ 18:01

    hola,ahora quiero vivir con mi actual pareja,y mi ex me amenaza q no depositará el dinero q fijamos para la mantención de mis hijos, que son $200000 por los dos hijos que tuvimos.Segun él, comprará todo lo que necesiten y con boletas dará cuenta de ello.Pero lo que acordamos fué este dinero más colegio y vestuario aparte, esto esta acordado en el Juzgado de Familia.Ahora quiere poner todo en el “mismo saco”.A mi me cuesta trabajar y ver los niños , por lo mismo ahora estoy sin trabajo.Yo arriendo además,y los gastos de luz, agua, fono es mucho y no me alcanza.Claro ahora estoy con otra pareja pero mi ex puede pagar este dinero y por rabia no lo quiere hacer más.Es su obligación¿Puede cambiar la forma de pago? El no sabe lo que realmente necesitan nuestros hijos.disculpen lo extenso de mi pregunta
    atte gracias.

  12. Comentario por Jovino Novoa — 10 Marzo 2008 @ 09:55

    Estimada Karito

    Puedes efectivamente solicitar que la pensión de alimentos sea retenida por su empleador y pagada a tu persona.

    Deberás presentar el escrito correspondiente al tribunal que decreto la pensión de alimentos, para que este envíe el oficio a su empleador.

    Cordialmente

    Jovino

  13. Comentario por Jovino Novoa — 10 Marzo 2008 @ 10:06

    Estimada Paola

    Lo que ha sido decretado por un Tribunal de la República no puede modificarse unilateralmente por ninguna de las partes.
    De forma tal que si el padre de tus hijas quiere cambiar el monto total de la pensión de alimentos o pagar en “mercadería” en vez de dinero, deberá presentar una demanda para modificar la Pensión y en esa instancia tu deberás exponer y defender tu punto de vista respecto al tema.

    Un cordial saludo

    Jovino

  14. Comentario por titi — 14 Marzo 2008 @ 11:39

    buenas trasdes don jovino
    lo felicito por el excelente trabajo q realiza, que es de gran utilidad para tanto mujeres coom hombres q tienen sus dudas respecto a lo q consierne a pensioon de alimnetos
    paso a lo mio
    en el mes d febreroen audiencia con el padre d mi hija quedo estipulado la pension de 75000 para mi hija y q estq va hacer reajustable a q se refiere con eso . es semestral anual ahora ya no deposita el si no su empleador ahora otra consulta si mi hija va hacer carga de el parte de los 75.000 hay se incluye lo q es asignacion familiar y en el mes de marzo el bono de estudiante . esperando su pronta respuesta desde ya muchas gracias
    q tenga un buen dia y fin de seman junto a su familia

  15. Comentario por jose — 15 Marzo 2008 @ 14:32

    hola mi consulta es tengo tres hijos con distinta mama a uno le pago una pension de $ 35000 por demanda judicial al otro el mas pequeño le doy $50000 asi sin demanda judicial ya que la relacion con la mama es buena y a la otra le enviaba lo que podia con un minimo de $10000 lo que resulta es que la mama de esta ultima me demando por la cantidad de $50000 cantidad que me es imposible pagar ya que mi suedo base es de $206000 con un bono de asistencia de $32000 y gratificacion de $57000 de lo cual tengo que pagar arriendo un prestamo del banco de $85000 mensual y un prestamo de la empresa de $50000 que fue para pagar una deuda de la primera pension alimenticia de $1200000. ¿cuanto seria lo que deveria pagar a esta nueva demanda? atte. gracias

  16. Comentario por marita — 17 Marzo 2008 @ 17:46

    Hola tengo una duda hay que pagar el reajuste de la pension de alimentos, cuanto es lo que tendria que pagar.pagamos 90.000 pesos de febrero del 2006 y nunca hemos pagado reajuste.

    PD:espero su respuesta
    de antemano muchas

  17. Comentario por Jovino Novoa — 18 Marzo 2008 @ 14:45

    Estimada Titi

    Gracias por tus cariñosas palabras.

    En cuanto a tus dudas: que la pensión sea reajustable significa que se aumenta cada cierto tiempo (en este caso, cada 6 meses) de acuerdo a cuánto haya aumentado el IPC. Debes solicitar a la secretaria del Tribunal que haga el reajuste cada 6 meses.

    Si el padre no deposita, debes solicitar al juez que decrete orden de arresto o cualquiera de las demás medidas que la ley le permite adoptar para obligarlo a pagar. Puedes también pedir que el juez obligue al empleador a descontar de su sueldo el monto de la pensión y entregártela directamente a tí.

    Que tengas una muy buena semana tú también y cualquier duda nos vuelves a consultar.

    Hedy Matthei

  18. Comentario por Jovino Novoa — 18 Marzo 2008 @ 16:18

    Estimado Jose

    Dependerá del Juez cuánto será la pensión que debas pagar. En todo caso, no te pueden obligar a pagar más de la mitad de tus ingresos por pensiones de alimentos.
    Debes tratar de probar lo mejor posible cuáles son todos tus ingresos y gastos ante el juez para que la sentencia sea lo más justa posible para tí.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei

  19. Comentario por ysabelle — 18 Marzo 2008 @ 17:43

    Estimado Jovino,

    muy agradecida por el espacio que nos brinda a quienes no tenemos a quien consultar , ya que todo es plata lamentablemente, por eso su espacio es una bendición !
    Muchas gracias

    Bueno, mi consulta es :
    En Enero del año 2006 interpuse una demanda de alimentos para mi y mis dos hijas, la mayor estudiante universitaria.
    Me asignaron pensión provisoria recién en Junio del año
    2007 . El 17 de Marzo del año 2008 el juez dictó la sentencia y fijó una pensión solo para mi y mi hija menor porque debido al largo tiempo que duró el proceso por parte del tribunal mi hija mayor terminó su carrera quedando pendiente su tesis por ende su egreso.
    Mi consulta es porqué el juez no fijó retroactivo ni tampoco pagar las diferencias desde lo provisorio, porque lógicamente desde que interpuse la demanda estábamos en necesidad lo que me hizo endeudarme fuertemente con mis familiares con la esperanza de pagarles cuando recibiera la pensión principalmente para los estudios de mis hijas .
    El padre tiene una remuneración de 2.200.000 dólares mensuales , es funcionario de una embajada por lo que me quedo con la idea de una irregularidad ya que se dice que la Señora Presidenta Michelle Bachelete esta preocupada de que todo funcione en favor de las mujeres y los hijos , entonces porqué a un funcionario público no se le obliga a cumplir como se debe pues siento que se le favoreció a él , que es el irresponsable, al demorar el proceso teniendo todos los antecedentes a la mano para hacer la resolución del caso mucho antes y que el juez no hiciera valer el tiempo que transcurrió desde la demanda. La pensión fijada no es ni siquiera reajustable.

    Otra cosa , si yo interpuse la demanda en dólares y la pensión provisoria es en dólar , que es lo que él recibe , porqué me designan pesos ahora ?

    Por favor le ruego una pronta respuesta a qué debo hacer si es que puedo hacer algo a tiempo ya que el fallo es reciente.

    Muy pero muy agradecida quedo en espera de su respuesta porque es mi única esperanza de tener un poco de claridad después de tantas humillaciones y de no saber en quién confiar.

    Bendiciones!

  20. Comentario por Jovino Novoa — 18 Marzo 2008 @ 21:51

    Estimada Marita

    Pueden solicitar a la secretaria del Tribunal que lo calcule. En todo caso, se reajusta de acuerdo al IPC de los últimos 6 meses.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei

  21. Comentario por pablo s — 18 Marzo 2008 @ 23:17

    hace un mes estoy pagando pension alimenticia y ahora me acaban de despedir del trabajo mi ex me amenazo con retener mi finiquito en la empresa donde trabajaba y asi tendria 3 meses con pension asegurada por dudar que yo le pague.que puedo hacer ya que estoy hasta arriba de deudas y me salio un trabajo y le puedo depositar el dinero en la cuenta que me dio el jusgado de familia espero me de orientacion.

  22. Comentario por Francisca — 19 Marzo 2008 @ 07:55

    Le queria preguntar hasta que edad legalmente deben ayudarlos padres a sus hijos y proveerlos mientras estudian?

  23. Comentario por Francisca — 19 Marzo 2008 @ 07:55

    Le queria preguntar hasta que edad legalmente deben ayudarlos padres a sus hijos y proveerlos mientras estudian?
    PORFAVOR RESPONDAME ES URGENTE

  24. Comentario por maria p — 19 Marzo 2008 @ 14:48

    quisiera saber si yo puedo pedirle al padre mi hija una pension de 100000 si el gana un salario superior a 850000,el tiene 1 hija mas.¿cuanto es lo que debiera pedirle? graias

  25. Comentario por Jovino Novoa — 19 Marzo 2008 @ 15:18

    Estimada Francisca

    Los hijos tienen derecho a alimentos hasta los 21 años y, si siguen estudiando, hasta los 28 años.

    Saludos,

    Jovino

  26. Comentario por Jovino Novoa — 19 Marzo 2008 @ 15:19

    Estimada Isabelle

    No puedo conocer los detalles de tu caso pero deberìas solicitar a un abogado que revise los antecedentes y, si es necesario, denunciar la situaciòn al Ministro Visitador del Tribunal.

    Cordiales saludos,

    Jovino Novoa

  27. Comentario por Jovino Novoa — 20 Marzo 2008 @ 15:02

    Estimado Pablo
    Ella no puede retener el finiquito sin autorización judicial y el juez no tiene por qué ordenar la retención si tú sigues pagando regularmente la pensión.

    Cordiales saludos,

    Jovino

  28. Comentario por sandra — 20 Marzo 2008 @ 15:18

    tengo 1 hija no soy casada con él ,nunca lo eh demandado pero actualmente el entrega una pension de alimento de 150.000 pero yo vivi con el como 7 años el me abandono mi hija tiene 15 años la duda que tenga si la pension q entrega es la correcta el padre es ingeniero civil en minas y ocupa un cargo de gerencia y su sueldo aprox es de 2.500.000 quiero saber si la pension que entrega es la adecuada o q deberia hacer por favor me ayudan yo con la pension q me da no me alcanza para costear gastos yo tengo un trabajo donde gano 150.000 aprox si me puede orientar gracias

  29. Comentario por Jovino Novoa — 20 Marzo 2008 @ 15:34

    Estimada María

    Si el padre tiene ingresos de 850.000 pesos, debería darte una pensión del orden de los 200 a 300 mil pesos.
    Puedes, en consecuencia, solicitarla al juez. No es seguro, obviamente, que te la conceda ya que ello depende de muchos factores que debe evaluar el juez. Creo, sin embargo, que es posible que obtengas una pensión mayor a la que estás recibiendo.

    Cordiales saludos,

    Jovino

  30. Comentario por KARITO — 22 Marzo 2008 @ 21:07

    Don Jovino, mi consulta es la siguiente hace 1 año el papa de mi hijo deposita la mitad de la pension fijada por el tribunal, que puedo hacer para que me pague lo que me debe…..gracias att Karen

  31. Comentario por Jovino Novoa — 23 Marzo 2008 @ 18:34

    Estimada Sandra

    El monto de la pensión, si las partes no se ponen de acuerdo, lo determina el juez en base a una serie de factores, como son la situación económica del padre y madre, la condición social de las familias, etc.

    En todo caso, en general, tratándose de un hijo, la pensión de alimentos debería ser alrededor de la tercera parte de sus ingresos. Creo que si no te sube el monto de la pensión, valdría la pena solicitar al juez que determine el monto.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora Legal Senador Novoa

  32. Comentario por rodrigo — 24 Marzo 2008 @ 15:32

    hola mi consulta es la siguiente :
    siempre e dado manuntencion 160.000.pero en estos momentos estoy sin trabajo ,y con una hija .es por esta razon que e pedido rebaja de manuntencion.
    yo tengo una propiedad que de las ganancias se paga ,pero esta hipotecada ,con una casa que arriendo que es mia de la cual le daba a mi hija los 160.000 .
    el juez al ver estas dos propiedades me va hacer pagar esa excesiva suma nuevamente?
    estoy en busca de un trabajo ya que no soy profecional y esta propiedad la herede.
    saludos

  33. Comentario por Jovino Novoa — 24 Marzo 2008 @ 23:03

    Estimado Rodrigo

    Es imposible saber cómo va a fallar el juez. Lo único que puedes hacer es defenderte lo mejor posible, demostrando cuáles son tus verdaderos ingresos y gastos.

    Cordiales saludos,.

    Hedy Matthei

  34. Comentario por Ingrid — 25 Marzo 2008 @ 09:28

    Buenos Dias
    Sr. Jovino

    Necesito saber donde dirigirme para hacer una demanda por pensión alimenticia.

    vivo en Santigo Centro , pero trabajo en Las Condes
    Saludos
    Muchas Gracias

  35. Comentario por Jovino Novoa — 25 Marzo 2008 @ 12:06

    Estimada Karito

    En http://www.senado.cl/blog/jnovoa/?p=127 podrás revisar todas las alternativas que tienes para obtener el pago de la pensión.

    Cordiales saludos,

    Jovino

  36. Comentario por Jovino Novoa — 27 Marzo 2008 @ 16:24

    Estimada Ingrid:

    En http://www.senado.cl/blog/jnovoa/?p=221 encontraras la información que necesitas respecto a la interposición de una demanda de alimentos.

    Cordiales saludos,

    Jovino

  37. Comentario por marta b r — 31 Marzo 2008 @ 18:00

    mi pregunta es la siguiente,soy soltera tengo una hija de 6 años ,el padre era uniformado y tuve que demandarlo para que me ayudara ´me dio 2 meses y luego lo despidieron y jamas volvi a saver le el no la ayuda desde cuando mi hija tenia8meses de nacida,yo en estos momento puse una demanda
    pero nada de nada,yo lo busque y le pedi que me ayudara pero me dice que no alcanza con el sueldo que tiene yo solo le pido que la conosca porque mi hija solo quiere verlo y decierle que lo extraña como o que
    puedo hacer yo acabo de encontrar trabajo y puedo sobreyevar los gastos de mi hija pero lo que ella me pide solo es verlo que puedo hacer .
    Gracias.

  38. Comentario por Jovino Novoa — 2 Abril 2008 @ 23:10

    EStimada Marta

    La ley te permite solicitar al juez órdenes de arresto en contra del padre hasta que cumpla con su obligación de visitar a sus hijos. El problema es que esta norma puede hacer que el padre visite de muy mala gana a su hija, lo que puede ser contraproducente.

    Yo creo que sería bueno que intentes convencerlo por las buenas y señalarle que si no lo hace no te quedará otra cosa que solicitar las órdenes de arresto.

    Te aconsejo, de todas formas, revisar qué hacer con un abogado que conozca mejor las particularidades del caso, ya sea particular o de la Corporación de Asistencia Judicial.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei

  39. Comentario por Santiago — 22 Abril 2008 @ 10:49

    Gano 500 mil, pago 200 mil en dividendos, en un pagaré en la Universidad
    por 200 mil(Estudio Ing. Civil Industrial) a 17 meses y estuve obligado a
    negociar la pension por 30 % de mi sueldo(porque tenía orden de arresto),
    solo me sostengo con ayuda de familiares y deudas en casas comerciales, que
    ¿puedo hacer?, mi intensión es llegar a pagar un % menor, mi
    ex-conviviente(porque no nos casamos)y yo somos ingenieros informáticos y
    ella tambien trabaja y persibe un buen sueldo.¿acaso ella no fue
    considerada?.

  40. Comentario por Jovino Novoa — 23 Abril 2008 @ 16:07

    Estimado Santiago:

    Todos los antecedentes que detallas, deberías haberlos expuesto en la audiencia de juicio, de la misma manera que si no quedaste conforme con la sentencia podrías haber apelado a ella ante la Corte de Apelaciones.
    Lo único que resta es presentar una demanda de disminución de pensión alimenticia, acompañando los antecedentes que ameriten la rebaja.

    Cordialmente

    Juan Pablo Aguerreberry T.
    Abogado

  41. Comentario por Erdwin M. A. — 30 Abril 2008 @ 14:01

    Estimado Jovino
    Quisiera que me orientes respecto del siguiente tema.Producto de una relacion tengo un hermoso hijo de 8 meses de edad pero, lamentablemente la mama este ultimo mes tomo una postura de manipular las visistas y la verdad que me preocupa perder el contacto con mi hijo. Todos los meses deposito dinero en una cuenta de ahorro de la mama en Bancoestado y trato de estar pendiente de sus necesidadaes y en lo que puedo le ayudo.
    Quisiera fijar visitas pension de alimentos y otros gastos legalmente por lo cual requiero que me oriente
    .
    Agradecido de antemano

    Erdwin M.

  42. Comentario por Jovino Novoa — 4 Mayo 2008 @ 18:28

    Estimado Erdwin:

    Pueden regular la Pensión de alimentos y visitas (relación directa y regular) a través de una transacción realizada por escritura pública y posteriormente debe ser ratificada por el Tribunal de Familia correspondiente. La gestión anterior la pueden hacer de manera particular (en notaría) o ir a la Corporación de Asistencia Judicial.

    Cordiales saludos,

    Jovino

  43. Comentario por Paulina — 5 Mayo 2008 @ 00:26

    Estimados, antes que nada, les agradezco este sitio ya que uno aprende mucho de cada experiencia expuesta. Bueno mi problema es que de una convivencia de 12 años sin matrimonio me separé con 2 hijos hace ya 9 meses, no existe demanda por alimentos y régimen de visitas, ya que estabamos en acuerdo sin problemas. Lamentablemente este fin de semana me pidió autorización para llevarse nuestro hijo más pequeño pero sin decirme donde iría, el tema es que estuvo sin covertura el celular de el, y yo por 4 dias no tuve noticias por parte de mi hijo. No me quiere decir donde vive y tengo entendido que debo llevar esa información a los tribunales para iniciar la demanda por alimentos. Por otra parte mi hijo mayor está con terapeuta por maltratos fisicos y sicologicos que le ocasionó el papá (de quien hablo) mientras vivía con nosotros y los fines de semana por medio que son las visitas que autorizé. Ahora mis consultas son las siguientes: Se puede notificar al trabajo a esta persona ya que no se donde vive. Es normal que yo no sepa donde lleva a los niños cuando tiene visitas. Por el malgtrato que les hace, puedo pedir visitas vigiladas o controladas, para esto es un trámite largo? Por su atención, les agradezco muchisimo.
    Paulina R.

  44. Comentario por Jovino Novoa — 6 Mayo 2008 @ 14:07

    EStimada Paulina

    De acuerdo a la ley, en caso de separaciòn de los padres corresponde a la madre el cuidado personal de los hijos, salvo que haya expreso acuerdo de los padres de que lo tenga el padre y dicho acuerdo esté inscrito al margen del acta de nacimiento del hijo.

    Si no hay dicho acuerdo, el padre sòlo se puede llevar al niño en la forma que los padres acuerden o, en subsidio, fije el juez.

    En consecuencia, el que el padre se haya llevado al niño sin decirte a donde ni por cuanto tiempo y, además, no permita la comunicaciòn contigo podría, incluso, dar para acusarlo de secuestro. Eso lo debes revisar cuidadosamente con un abogado, ya sea particular o de la Corporaciòn de Asistencia Judicial.

    Tambièn puedes recurrir a uno de los Centros de Control de Medidas Cautelares para Violencia Intrafamiliar, Protección de Menores y otras materias de los tribunales de familia de Santiago. Puedes obtener màs información sobre estos centros en http://www.senado.cl/blog/jnovoa/?p=189

    De todas formas, creo que es necesario efectuar la denuncia por este hecho y por los hechos de violencia ante Carabineros lo antes posible.

    El mismo abogado te puede tramitar la pensiòn de alimentos y las visitas.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei

  45. Comentario por hernan — 22 Mayo 2008 @ 20:18

    hola Sr:Jovino Novoa.
    Paso a explicarle mi caso, yo tuve una pareja hace 4años con la cual dure alrrededor de 9años,de la cual nacio un hijo.yo me separe de ella debido a la falta de respeto,insultos y maltratos fisicos de su parte para conmigo y mi hijo el cual aun vive con ella.debido al alejamiento que tuve ella me demando quedando una pension de alimentos con un valor de $40.000 mensuales esta resolucion la determino el juez del tribunal de Collipulli.En ese tiempo de mi alejamiento conoci otra persona con la cual actualmente estoy casado y con un hijo, mi ex cuando mi esposa estaba embarazada la amenaso de muerte con un arma blanca en la cual yo por defenderla me vi alcanzado por esta,la cual me marco mi cara.como ud comprendera no es facil encontrar trabajo pues es mal vista una marca en el rostro yo me encuentro sin trabajo debido a lo mismo es por eso que no he podido cumplir con la pension alimenticia.por esta deuda yo estube con reclusion nocturna.ademäs pago arriendo y los gastos de la casa que no son pocos.¿como puedo rebajar la pension si cuando la fijaron yo era soltero y ahora estoy casado y una familia que mantener? Ayudeme porfavor

    Desesperado
    hernan.

  46. Comentario por nachi — 27 Mayo 2008 @ 13:08

    hola quisiera saber cuanto es el sueldo minimo ya que la pension de mi hija es de 1,25 y ella ya tiene 6 y nunca ha sido reajustado, quisera saber que puedo hacer para solitarlo.
    Gracias.

  47. Comentario por Jovino Novoa — 28 Mayo 2008 @ 22:31

    Estimada Nachi

    El ingreso mínimo mensual es, desde el 1 de enero de 2008, de $ 145.000

    Saludos,

    Hedy Matthei

  48. Comentario por Jovino Novoa — 30 Mayo 2008 @ 14:15

    Estimado Hernán

    La única forma de solicitar rebaja de pensión es a través del tribunal de familia. Puedes señalar que tu situación personal ha cambiado y que por ello la rebaja se podría justificar.
    La decisión final la adopta el juez.

    Cordiales saludos,

    Jovino

  49. Comentario por ana luisa — 4 Junio 2008 @ 12:59

    Es posible solicitar una modificacion en la pension de alimentos que percibo por mis dos hijos ya que cuando esta pension fue asignada mi pequeña hija que hoy tiene 7 años aun no asistia al colegio y creo que no es justo ademas que en la institucion en donde el padre trabaja entreguen bonos escolares y el no los destine para el fin con el que fueron creados y por otro lado una vez que fui enterada de esta *regalia* a mi tampoco me lo hayan querido asignar por no estar estipulado en la pension de alimentos, y como iva yo a saber que este beneficio existia, siendo que son regalias de esta institucion y que yo en ese tiempo desconocia, considero que es injusto y ademas no se priorisa el bienestar de los menores por lo que debiera ser mas criterioso entregarlo a quien tiene la tuicion o a quien vive con los niños.

  50. Comentario por Jovino Novoa — 4 Junio 2008 @ 22:39

    Estimada Ana Luisa

    Por supuesto que es posible solicitar una modificación de la pensión de alimentos. Ello puedes pedirle cada vez que cambian las circunstancias bajo las cuales te la dieron. Debes solicitarlo al juez de familia, salvo qeu logres llegar a un acuerdo satisfactorio con el padre.

    Cordiales saludos,

    Jovino

  51. Comentario por Olga M — 5 Junio 2008 @ 10:00

    Estimado señor:

    Quiero plantearle mi siguiente inquietud mi marido es jubilado de dipreca, y por motivos de salud de una de mis hijas y mi propio marido, estamos endeudados, sin poder salir, tratando de llegar a acuerdo de convenios pero las instituciones no son flexibles.
    Mi pregunta es será posible que embarguen la pensión de mi marido? porque es lo único que tenemos.

    Atte.

    Olga M

  52. Comentario por Jovino Novoa — 10 Junio 2008 @ 16:15

    Estimada Olga

    No te preocupes, la pensión otorgada por el Estado no es embargable.

    Cordiales saludos,

    Jovino

  53. Comentario por Esmeralda — 23 Junio 2008 @ 17:12

    Mi pregunta es la siguiente: el padre de mi hijo (9 años) no lo reconoció y hace un año me está dando 20.000, quiero demandarlo por pensión de alimentos pero el de Viña y yo vivo en Santiago, es jubilado capredena y está trabajando nuevamente hace 6 años con buen sueldo. como y donde debo hacer la demanda.

  54. Comentario por Maria Paz — 8 Julio 2008 @ 16:43

    Estimado don Jovino que bueno que exista un sitio así, para aclarar todas las dudas. Trataré de resumir, tengo una hija de 3 años y medio, con el padre fuimos pareja, nunca vivimos juntos, hemos ido a 2 Centros de Mediación, en el primero se fijaron las visitas, cada 15 dias conmigo presente (eso es por manifestaciones mitómanas por parte del padre)(en domingo de 15:00 a 18:00 según lo expresado por el padre), en el segundo Centro él pidio rebaja de pensión por encontrarse cesante (marzo 2007)y pidio modificar el régimen de visitas (todos los domingo, y se llegó a un acuerdo entre las partes (por escrito). Posteriormente, acordamos entre nosotros y de palabra modificar el régimen de visitas, quedó cada 15 días. Esto se cumplió hasta los primeros días de Marzo 2008, desde el día 30 de Marzo hasta la fecha, 08 de julio de 2008, el padre no se ha presentado, ni expresado razones de su ausencia, conociendo el domicilio, telefono fijo, celular, lugar de trabajo mío. ¿Qué se hace en estos casos? ya que no es primera vez que se desaparece por tantos meses, la primera vez mi hija tenía 8 meses y cuando él la quiso abrazar(habían pasado 4 meses)la niña se asustó y se puso retraída. Cuando se dice “sentencia definitiva” ¿significa que no puede ser modificado nunca? Espero contar con su atención y valiosa respuesta. Atentamente,
    María Paz

  55. Comentario por alejandra — 15 Julio 2008 @ 17:08

    mi marido fue despedido del mnisterio publico con un finiquito del 4/6/08 po $8.000.000, me demando or rebaja de alimentos provisoria, por $100.000 el paga el colegio y por $130.000 y deposita $70.000. solo consegui un 10% de su renta cuando lo demande ya que no dijo cuanto ganaba. hoy me entero que fue muy vivo y nunca aporto en nada por los mayores gastos que yo he tenido. y mas encima cuando queda sin trabajo lo primero que quiere rebajar de sus gastos son los alimentos de sus hijos, no se si es posible por cuanto esta recien cesante y deberia tener ahorros ya que vive solo.

  56. Comentario por Jovino Novoa — 17 Julio 2008 @ 19:49

    Estimada María Paz

    En los juicios de alimentos, la sentencia no produce el efecto de cosa juzgada. Esto significa que puede ser revisada y modificada cada vez que cambian las circunstancias del alimentante o del alimentado.

    Si el no paga, revisa en http://www.senado.cl/blog/jnovoa/?p=127 las diversas alternativas que tienes para obtener el pago.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei

  57. Comentario por Marcelo F. — 18 Julio 2008 @ 12:44

    Buenas tardes Don Jovino , gracias por esta plataforma de informacion , mi consulta es la siguiente : tengo 02 hijos con mi ex pareja y la pension de alimentos segun tribunales de definio en $ 110.000.- que he cumplido a cabalidad responsablemente , ella ahora me amenaza con solicitar un reajuste de pension segun el ipc, modificacion de sueldo minimo etc , que por lo cual encuentro super valido , el unico problema es que mis condiciones reales han cambiado , por ejemplo fui nuevamente padre este año de 02 hermosos hijos , mi sueldo no fue reajustado y un sin fin de condiciones segun yo no favorables por ahora , mi pregunta es : si ella me demanda yo con estos antecedentes puedo defenderme ? tengo entendido que si el caso lo amerita puedo hasta solicitar una rebaja de pension que no es la idea , si me pudiera decir que hacer y reitero los agradecimientos

  58. Comentario por Maria Paz — 24 Julio 2008 @ 11:53

    Gracias por responder a mis dudas Hedy.

  59. Comentario por Jovino Novoa — 25 Julio 2008 @ 23:47

    Estimado Marcelo

    Efectivamente, cada vez que cambian las circunstancias del alimentante o del alimentario, cualquiera de los dos puede solicitar al juez que revise el monto de la pension de alimentos.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora legal Senador Novoa

  60. Comentario por Erik — 26 Agosto 2008 @ 10:13

    El pasado 24 de Julio tuve un conciliaci{on con la madre demi hijo por regimen de visitas y ofrecimiento de alimentos ( yo fui el demandante) se fij{o una suma de $100.000 por mi hijo de 5 años,el caso es que ella falta a las fechas en que mi hijo debe estar conmigo, el ofrecimienose hizo sin el aplicar el % de mi remuneración, lamentablemente creí poder solventar ese gasto,pero por entregar ese dinero,llevar un relación más sana con su madre, NO me alcanza para mi arriendo y mis gastos diarios, puedo solicitar una rebaja de pensión? ejemplo, si gano 270.000 cuánto es lo que la ley estipula para la pensión alimenticia?

    Saludos cordiales

    Erik

  61. Comentario por Jovino Novoa — 3 Septiembre 2008 @ 16:14

    Estimado Erik

    Se puede revisar la sentencia que fija una pensión de alimentos, pero siempre y cuando hayan cambiado las circunstancias del alimentante o del alimentario respecto de las que tenían al momento de fijarse el monto de la pensión.

    Cordiales saludos,

    Jovino Novoa

  62. Comentario por Rodrigo G — 10 Septiembre 2008 @ 11:51

    Estimado Sr Novoa:
    Quisiera orientacion el proximo mes de noviembre mi hija cumple 18 años, quiero saber si le sigo depositando a la madre o lo puedo hacer directamente a la cuenta de mi hija, por otro lado quiero saber como puedo hacerlo para una rebaja yo me case y tengo otro hijo mi sueldo es de $250.000 y de esos $70.000 son para mi hija ademas de contar lo que que debo en mi hogar al final. cuando dieron sentencia fue de $ 43.000 y sin que nadie me dictaminara fui subiendo la plata pero ahora dar esa cantidad me ws imposible quisiera saber que puedo hacer, mi hija hara un preuniversitario el proximo año que debo hacer por favor ayudenme.
    Gracias

  63. Comentario por Loreto — 11 Septiembre 2008 @ 16:52

    Junto con saludarlo, me dirijo a usted con la esperanza de tener alguna respuesta. Resulta que el papa de mi hijo no cumple con la pension de alimentos, solo cumple cuando le llega la orden de arresto, por ejemplo pido orden de arresto en el mes de septiembre y recien cumple a fines de noviembre, diciembre ya que es de otra ciudad y es mucha la demora.Quisiera saber si hay otro medio por el cual obtenga ese dinero. Algo que se vea obligado, por ejemplo que deposite todos los meses alguna cuenta de tribunales de su ciudad o alguna otra manera.desde ya muchas gracias!…

    Saludos.

  64. Comentario por Loreto — 11 Septiembre 2008 @ 19:24

    Tercera vez que hago una consulta y nuevamente me lo eliminan!…Por què tanto?…

  65. Comentario por Jovino Novoa — 11 Septiembre 2008 @ 23:28

    EStimada Loreto

    No hemos borrado ningún comentario tuyo. Lo que pasa es que primero entran a un administrador y después se publican.

    En cuanto a tu pregunta, deberías solicitar al juez que obligue al empleador del padre (si está empleado) a que descuente del sueldo el monto de la pensión y te lo entregue directamente a tí. Hay otras sanciones, además, como por ejemplo solicitar que se le suspenda la licencia de conducir (medida que ha resultado ser muy efectiva). Además, puedes solicitar en DICOM que se publique que él tiene obligaciones no cumplidas que emanan de una sentencia (revisa el comentario que encontrarás en http://www.senado.cl/blog/jnovoa/?p=303

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora Legal Senador Novoa

  66. Comentario por Jovino Novoa — 11 Septiembre 2008 @ 23:45

    Estimado Rodrigo

    No puedes cambiar la forma de pago si hay una sentencia que te dice cuánto y a quién debes entregar la pensión de alimentos. Lo que sí puedes hacer es presentar un escrito al tribunal solicitando la rebaja de la pensión de alimentos por haber cambiado las circunstancias existentes al momento de fijarse la pensión (debes indicar en qué forma cambiaron) y, además, solicitar que se modifique la forma de pagar la pensión.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei F.
    Asesora Legal Senador Novoa

  67. Comentario por carlos — 19 Marzo 2009 @ 22:36

    Hola buenas,necesito una ayuda.
    llevo 13 luchando para que los trbunales determinen un adn les cuento sere preve
    Me case el año 94 luego de vivir juntos unos meses me fui de casa al año volvi para luego separarme legalmente.
    Despues de uno o dos años postreriores me demandan por pension de alimentos, hasta el dia de hoy dictamino el trbunal el pago de pension ya que la menor sufre de una enfermedad (paralisis), al tiempo despues nace otro pequeño y lo inscriben con mis apellidos y segun los papeles es hijo mio, Yo desde que me fui del lado de esta persona nunca mas tuve algun tipo de relacion con ella, y aun mas tiene demandado a mis padres y pago la pension ya que el tribumal me descuenta el pago de mi sueldo.
    Actualmente me case con la persona que conoci hace trece años atras desde entonces hemos tratado de tener hijos desde elaño 2000 hemos estado en tratamiento para tener hijos el problema soy Yo mis espermios son mala calidad.
    Favor solicito informacion de que puedo hacer y de algun abogado especialista en este tema quedando atento a sus comentarios

    Atte

    CARLOS

  68. Comentario por Jovino Novoa — 20 Marzo 2009 @ 15:48

    Estimado Carlos

    Lamentablemente, por ser ésta una página de servicio público, no podemos recomendarte a un abogado. En todo caso, es muy raro que demore tanto tiempo la tramitación para obtener una orden de exámen de ADN. Estimo que es urgente que busques a un buen abogado especialista en materias de familia.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora Legal Senador Novoa

  69. Comentario por karen b — 8 Mayo 2009 @ 17:42

    hola. primero q nada dar las gracias por leer y responder nuestras dudas.mi pregunta es la siguiente tengo 2 hijas con mi pareja una de 9 años y la otra tiene 1 añito,y el tiene otra hija antes tiene 12 años mi duda es si mi pareja gana liquido 200000 mil peso cuanto es lo q tiem¿ne q darle por derecho a ella ya q nosotros aparte vivimos de allegados con mis suegros porq no nos alcanza y a demas tenemos nuestras deudas. de ante mano muchas gracias por la atencion y espero respuesta. atte. a usted karen barrera s.

  70. Comentario por PAOLA — 8 Septiembre 2009 @ 09:45

    Tengo dos dudas en el trabajo existe varios funcionarios que presentan la siguiente situación: 1) Cancelan Pensiones Alimenticias a sus hijos que ya no estudian y cumplieron la mayoría de edad, según le comunican si son varios hermanos que siguen percibiendo la Pensión tienen que firmar todos para anular la Pensión, ¿Cómo se puede hacer para interrumpir la Pensión en el caso que ya cumplieron la edad y no estudian pero trabajan? 2) Y el Otro caso si la hija tiene 19 años estudia y vive junto a su abuela materna y su madre recibe la Pensión Alimenticia y no le otorga ningún dinero a esta? ¿Que se puede hacer?.
    Muchas Gracias.

  71. Comentario por tabita — 10 Septiembre 2009 @ 17:17

    Queria hacer una consulta..
    lo que pasa es lo siguiente
    mi pareja tiene una hija que cumple cuatro años hoy el vivio con su ex pareja hasta que la niña tenia aprox. 1.5 años, y ella se fue de la casa y lo dejo con la chikitita. y se fue a vivir con otra persona.. ahora.. ella en todos este tiempo que paso no la fue a ver nunca, ella sabe que la cuida la mama de mi pareja que esta en el campo ya que el trabaja y estudia en valdivia y todos los meses ayuda a su mama con dinero y le compra ropa a la chica. pero cuando ella se entero que el estaba conmigo aparecio en la casa de la mama de mi pareja y se la llevo por un dia. ella tiene la tuicion y lamentablemente mi suegra esta pidiendo la tuicion pero por demora aun no la tiene. ,lo que paso ahora es que ella volvio a buscar a la niña y ahora no la quiere devolver. y nosotros nos dijeron que no podiamos hacer nada porque no tenenmos la tutela legalmente. que podemos hacer ahora… ella esta engatuzada alla porque ella le promete que le regalara muchos juguetes y cosas asi que son mentiras, pero la niña le cree, la niña no sabia que era su mama porque la dejo de ver cuando era muy chikita. que podemos hacer ahora para ayudar al tramite de tutela…tengo fotos de la niña con mi pareja y boletas de regalos que le a comprado sirve de algo????????????

  72. Comentario por Jovino Novoa — 10 Septiembre 2009 @ 23:54

    Tabita

    En este tipo de casos, vas a requerir la asesoría de un abogado que sea de tu confianza.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora Legislativa Senador Novoa

  73. Comentario por Jovino Novoa — 28 Septiembre 2009 @ 22:35

    Estimada Paola
    Los padres están obligados a cancelar pensiones a sus hijos hasta los 21 años solamente. Sin embargo, si ellos se mantienen estudiando hasta los 28 años, el padre debe pagarle la pensión hasta ese momento.

    No es correcto que deban firmar todos para anular la pensión. Esta se va eliminando en la medida que cumpla los 21 años o si está estudiando, hasta que cumpla los 28 años.

    Si tienen más de 21 años y no estudian, el padre debe presentar la situación al juez para que ponga término a su obligación de entregar pensión.

    La hija, por su parte, es mayor de 19 años, por tanto puede comparecer por sí sola al tribunal para exigir que la pensión le llegue a ella. Debe ir con un abogado, pero en la Corporación de Asistencia Judicial le dan asesoría gratuita.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora Legislativa Senador Novoa

  74. Comentario por Claudia — 30 Noviembre 2009 @ 14:58

    Don Jovino:
    en Julio del año 2008 llegamos a un acuerdo de pension con mi exmarido. En el escrito se colocço que esto de reajustaria segçun IPC una vez al año, pero el ipc no a sido positivo. El a su vez no a aumentado dicho monto y ya pasaron ams de 4 meses de cumplido el año.
    Puedo yo pedir el aumento aunque el ipc sea negativo?
    Atte
    Claudia

  75. Comentario por Carmen L — 13 Diciembre 2009 @ 23:26

    Sr. Novoa:
    Me he enterado que el reajuste de pensión alimenticia es semestralmente y que, yo como interesada debo pedir la reliquidación en el Juzgado de Familia.
    Desde el año 2005 recibo un pensión de alimentos por mis dos hijos de 9 y 12 años actualmente, y el reajuste lo ha hecho el padre, según su propio cálculo y anualmente.
    Si yo pido la reliquidación, tendría que pagar la diferencia, si es que la hubiera, tendiendo el dinero para hacerlo?
    Por otra parte: dónde puedo conseguir la estadística del reajuste semestral desde el año 2004 a la fecha?
    Se lo agradece,
    Carmen L

  76. Comentario por Jovino Novoa — 23 Diciembre 2009 @ 10:43

    Estimada Claudia

    Si el IPC es negativo, no te van a reajustar el monto de la pensión. Incluso, te la podrían rebajar.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora Legislativa
    Senador Jovino Novoa V.

  77. Comentario por Jovino Novoa — 23 Diciembre 2009 @ 11:11

    Estimada Carmen

    El reajuste de la pensión de alimentos lo determina la secretaria del Tribunal.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora Legislativa
    Senador Jovino Novoa V.

  78. Comentario por Cristian M. — 28 Diciembre 2009 @ 17:13

    Junto con saludarlo,quisiera que me ayude con la siguiente duda.
    Cancelo una pension de alimentos por mi hija de $100000,tema por el cual no tengo problemas;el punto es que en un momento de desesperacion por parte de su madre ,esta me solicito una fuerte suma de dinero aludiendo a graves problemas economicos.El punto es que solicite un credito por $1500000 a una instituacion financiera y lo deposite en la cuenta que el juez me indico para este efecto.En este momento no cancelo mensualidad esperando completar esta suma para retornar al pago normal.

    En este momento ella se encuentra sin trabajo y me ha desconocido el deposito antes mencionado.

    Acabo de pagar el credito al banco y mi sueldo me alcanza solo para vivir y no para darme lujos ni ahorrar.

    Quisiera saber cual es la situacion real para poder gestionar.

    De ante mano muchas gracias por su respuesta.

  79. Comentario por CAROL ELSIE POWDITCH PILA — 29 Diciembre 2009 @ 17:58
  80. Comentario por jose — 4 Enero 2010 @ 12:57

    hola mi consulta es por cuanto se calcula la pension alimenticia si estoy cesante y tengo 3 hijos y no tengo ningun tipo de bienes me interesaria saber cual es el minimo para pedir una rebaja y pagar una suma justa de acuerdo a las circunstancias y asi poder cumplir con lo que diga la ley. gracias

  81. Comentario por Jovino Novoa — 18 Enero 2010 @ 12:54

    Estimado Cristián

    Es muy importante que dejes claro en el Tribunal cuál es la situación (que estás pagando la pensión de alimentos con el crédito que solicitaste) y estar seguro que estás cumpliendo con lo que el Tribunal ha decretado, puesto que el no pago de la pensión de alimentos puede implicar orden de arresto, lo que sería muy injusto en tu caso.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora Legislativa
    Senador Jovino Novoa V.

  82. Comentario por Jovino Novoa — 18 Enero 2010 @ 13:01

    Estimada Carol

    Los parlamentarios no pueden opinar sobre causas judiciales. Ello es sancionado con la destitución del cargo, razón por la cual lamentablemente no le podremos dar respuesta a su inquietud.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora Legislativa
    Senador Jovino Novoa V.

  83. Comentario por Jovino Novoa — 18 Enero 2010 @ 14:35

    Estimado José

    La ley presume que un padre cuenta con un 30% del Ingreso Mínimo Mensual (esto es, unos 50.000 pesos) para cada hijo, cuando son más de dos. Ello, sin perjuicio de la facultad del juez para determinar prudencialmente cuánto es el monto que corresponde.

    Cordiales saludos,

    Hedy Matthei
    Asesora Legislativa
    Senador Jovino Novoa V.

  84. Comentario por Maria Paz — 4 Julio 2010 @ 14:53

    Cuando una pensión alimenticia a favor de un menor es dictada en un equivalente a un porcetaje del sueldo minimo en el caso de mi hija 200% ¿Corresponde un alza anual junto con el reajuste del mismo a nivel nacional ? o se queda de manera definitiva en el monto dictado en la fecha del juicio que pasos se deben seguir cuando es con retención judicial al empleador
    Gracias de antemano por este espacio de consulta tan valioso

  85. Comentario por Jovino Novoa — 8 Julio 2010 @ 12:24

    Estimada María Paz,

    Una vez que el tribunal establece la pensión de alimentos o ésta se fija por una conciliación, generalmente se realiza conforme al ingreso mínimo remuneracional de la época correspondiente, el cual se reajusta todos los años en el mes de julio. Si la pensión se realiza a través de retención de las cantidades por el empleador, ello no es obstáculo para que exista el mismo reajuste.

    Muchas gracias por tus comentarios y visita al blog.

    Gustavo Rosende Salazar.

  86. Comentario por carmen c. — 12 Agosto 2010 @ 15:07

    Hola: mi consulta es la siguiente, en el año 2001 me separe de hecho y quedo fijada una pensión de alimentos de $100.000.- por tres hijos, desde esa fecha no se hizo ningún reajuste, yo no tenía conocimiento de aquello. hace unos años atrás me divorcie y tampoco se hizo ningún reajuste, hoy lo estoy solicitando. mi consulta es: el padre de mis hijos puede objetar ese reajuste?, si este reajuste sucede ahora, genera algún tipo de deuda retroactiva? ya que lleva los últimos 9 años con la misma pensión.
    muchas gracias.

  87. Comentario por Jovino Novoa — 13 Agosto 2010 @ 18:18

    Estimada Carmen,

    Efectivamente la pensión de alimentos se reajusta todos los años en el mes de julio, pero en tu caso, si en el divorcio se regularon nuevamente los alimentos, te debes fijar si la sentencia estableció que ésta se reajuste conforme al ingreso mínimo remuneracional. Si es así, puedes solicitar al Tribunal de Familia en el cual tramitaste el divorcio, que se liquide el crédito con el reajuste respectivo, acompañando una copia de la libreta de ahorro a la vista, actualizada al día que realices dicha solicitud.

    Éxito,

    Gustavo Rosende Salazar.-
    Asesor Legislativo
    Senador Jovino Novoa V.

  88. Comentario por Jorge — 15 Agosto 2010 @ 17:42

    Me tengo que presentar a juicio por pension de alimentos y quiero saber que esperar en terminos de resultados para lo cual detallo algunos antecedentes:
    1.-No estoy casado
    2.-Es solo un niño
    3.-Mi actual pareja esta embarazada de 6 meses
    4.-Siempre he depositado dinero “a lo compadre”, tengo los respaldos
    5.-Mi liquidacion de sueldo tiene dineros no imponibles que entrega la empresa para la ejcución de mi trabajo
    6.-Tengo respaldo de mi endeudamiento por creditos y vivienda, ademas de los gastos normales de una casa imcluida alimentacion

    Agradecere un respuesta con estos antecedentes y saber si estas platas No imponible se tocan o no ya que son dineros por Viatico, Movilización y Colación

  89. Comentario por Jovino Novoa — 19 Agosto 2010 @ 14:31

    Estimado Jorge,

    En la audiencia preparatoria debes presentar tus últimas 3 liquidaciones de sueldo. No se puede fijar por pensión de alimentos más del 50% de tu sueldo, y los descuentos que se hacen de tu liquidación para calcular tu remuneración, son sólo los legales (AFP, salud, seguro de cesantía).

    Parece muy conveniente en tu caso, que busques la asesoría de un abogado, para que además en la audiencia preparatoria, ofrezcas como medio de prueba todos tus gastos, y un informe social.

    Saludos cordiales,

    Gustavo Rosende Salazar.-
    Asesor Legislativo
    Senador Jovino Novoa V.

  90. Comentario por Sandra M. — 21 Agosto 2010 @ 16:35

    si el demandado durante las etapas de juicio preparatorio presenta una liquidacion por el minimo y luego se declara cesante para la audiencia de juicio que criterio prevalece?

  91. Comentario por Jovino Novoa — 30 Agosto 2010 @ 18:22

    Estimada Sandra,

    si estás consultando respecto del juicio de pensión de alimentos, te informo que el demandado debe probar que está cesante. No obstante, existe un mínimo legal para otorgar pensión de alimentos el cual asciende actualmente a $66.000.- Este monto es reajustable todos los años en el mes de julio, de acuerdo al ingreso mínimo remuneracional, por lo que aunque el demandado se encuentre cesante, debe aportar de igual manera con dicha cantidad de dinero, por concepto de pensión de alimentos.

    Suerte,

    Gustavo Rosende Salazar.-
    Asesor Legislativo
    Senador Jovino Novoa V.

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