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Intervención del Senador Alberto Espina en la Sala de Sesiones. Sesión 8ª, en martes 8 de abril de 2008

PROCEDIMIENTO PARA ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL CONTRA MINISTRA DE EDUCACIÓN


 

Sesión 8ª, en martes 8 de abril de 2008

 

PROCEDIMIENTO PARA ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL
CONTRA MINISTRA DE EDUCACIÓN

 

El señor GÓMEZ.- Señor Presidente, dada la situación de que se trata, que es bastante compleja e importante, no me parece adecuado limitar a diez minutos el tiempo asignado a cada Senador para fundamentar su voto sobre los cinco capítulos contenidos en la acusación constitucional.
  
  Ignoro si ello fue acordado unánimemente por los Comités. Estimo que, en estas circunstancias, deberíamos buscar una fórmula que nos permitiera manifestar nuestras posiciones en un tiempo mayor del que se ha convenido.
  Gracias, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Navarro.
El señor NAVARRO.- Señor Presidente, deseo referirme al mismo tema planteado por el Honorable señor Gómez.
  Yo tuve la oportunidad de escuchar y leer gran parte de lo expresado en la Cámara de Diputados. Si la situación va a variar, no lo sabemos.
  A mi juicio, asignar diez minutos para fundamentar el voto implica determinar un veredicto, no hacer un debate sobre el particular. No hemos tenido otra oportunidad de enfrentar una situación de esta naturaleza, al menos en el periodo que he sido Senador.
  Ignoro por qué se determinó...
El señor CHADWICK.- ¡El Senado actúa como jurado, señor Senador!
El señor NAVARRO.- Sí, lo sé.
  Sin embargo, yo espero escuchar una réplica o una contrarréplica. De lo contrario, se podría pensar que Sus Señorías tienen una posición predeterminada antes de oír a ambas partes.
El señor COLOMA.- ¡La votación será al día siguiente, señor Senador!
El señor LARRAÍN.-  Así es.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor  Espina.
El señor ESPINA.- Señor Presidente, deseo clarificar el acuerdo de Comités respecto de dicho punto al señor Senador que me antecedió en el uso de la palabra.
  El próximo martes se escuchará la relación del Secretario General de la Corporación y, posteriormente, a la Comisión designada por la Cámara de Diputados que formalizará la acusación constitucional. Todo ello por dos horas.
  A continuación, por el mismo lapso, el Senado escuchará la defensa de la Ministra que está siendo objeto de la acusación; luego, se dispondrá de una hora para la réplica, que es el derecho de los acusadores a rebatir los argumentos esgrimidos por la defensa, y posteriormente, también por una hora, tendrá lugar la dúplica, en que la Ministra podrá refutar, a su vez, los fundamentos que dan pie a la acusación.
  Por lo tanto, los trámites de acusación, contestación, réplica y dúplica cumplen con el debido proceso.
  Por último, al día siguiente se entra en la etapa de votación, oportunidad en la cual no habrá debate en la Sala. Cada Senador podrá fundamentar su voto hasta por diez minutos. Posteriormente, en razón de una cuestión de procedimiento, se votará la acusación capítulo por capítulo.
  Creo que este mecanismo resguarda completamente las garantías constitucionales del debido proceso y la igualdad ante la ley.  De manera que -como quedó claro en los acuerdos de Comités- todas las etapas se hallan cubiertas.
  La razón de otorgar diez minutos a cada Senador obedece a la necesidad de fundamentar el voto, lo cual equivale a seis horas o seis horas y media de sesión.
  Por lo tanto, será un  acto ininterrumpido a contar de las diez de la mañana del día miércoles 16 hasta que se vote cada uno de los capítulos de la acusación.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.- Señor Presidente, estoy de acuerdo con el procedimiento propuesto. Yo participé en la reunión de Comités.
  Sin embargo, debo hacer una puntualización que no se expresó en su oportunidad y que, en mi opinión, debe quedar clarísima en la Sala: es obligación de los señores Senadores estar de cuerpo presente durante la audiencia del próximo martes como condición para votar el miércoles.
El señor ÁVILA.-  Así es.
El señor GAZMURI.- La presencia de sus Señorías es necesaria durante la relación de la acusación, la formalización, la defensa, la réplica y la dúplica. Los señores Senadores que no estén presentes en algunos de esos procesos no votan.
  Ello, para que quede claro lo relativo al procedimiento.
El señor LARRAÍN.-  No es así.
El señor CHADWICK.- ¡En la relación deben estar presentes!
El señor NAVARRO.-  ¡En todas las fases, señor Senador!
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Longueira; después, la Senadora señora Alvear.
El señor LONGUEIRA.-  Señor Presidente, los diez minutos asignados para fundar el voto son más que suficientes. Me parece un tiempo razonable.
  Por otra parte, considero importante que, para los efectos de los Senadores que nunca hemos participado en una acusación constitucional, se nos aclare en qué etapas del proceso se requiere nuestra presencia para tener derecho a voto, o si se pierde esta facultad por el hecho de no estar presente en ellas.
  Estimo fundamental que la Mesa precise esa materia, porque aquí se han dicho cosas distintas y no debería haber doble interpretación al respecto.
El señor GAZMURI.- ¡La presencia se requiere en todas las etapas de la acusación, señor Senador!
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).-  Tiene la palabra la Honorable señora Alvear.
La señora ALVEAR.-  Señor Presidente, solo quiero hacer un par de consultas aclaratorias.
  La primera ya se ha formulado recién: si se exigirá la permanencia en la Sala durante el transcurso completo de las presentaciones para poder votar.
  La segunda se refiere al significado de la abstención, respecto de lo cual, como es natural, debe existir una claridad absoluta, por la importancia que ello tiene tratándose de una acusación constitucional.
  Gracias.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Excúseme, señora Senadora, ¿me podría precisar cuál es su segunda inquietud?
La señora ALVEAR.- Sí, señor Presidente. Deseo saber qué significa la abstención.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Muy bien.
  Tiene la palabra el Honorable señor Novoa.
El señor NOVOA.- Señor Presidente, tengo a la vista las normas constitucionales, las de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y las del Reglamento del Senado y en ninguna parte se establece que el Senador que no esté presente en algunas de las instancias queda inhabilitado para emitir su voto.
  La Constitución dice que el Senado resolverá como jurado. Sobre esa base, se pretende señalar que debemos cumplir ciertas normas. Pero, me parece que el inhabilitar a algún Senador, el privarle de su derecho a voto por no haber estado, por ejemplo, en la relación, aplicando por analogía alguna disposición del Código de Procedimiento, es absolutamente improcedente. A mi juicio, para que exista tal inhabilidad tiene que haber una norma expresa.
  Por consiguiente, quizá sea posible hacer una recomendación, pero, como es obvio, no se puede, por un acuerdo de la Sala, o por una interpretación, privar a un Senador del ejercicio de su derecho a voto.
  Hay tres instancias donde podría haberse establecido esa disposición: la Constitución, la Ley Orgánica o el Reglamento. En ninguna de ellas está. Por lo tanto, no obstante ser una recomendación razonable, si se pretendiera, en virtud de ella, inhabilitar a un Senador al momento de votar, creo que se estaría cometiendo un error.
  He dicho.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.- Señor Presidente, yo nunca he sido juez -he actuado como jurado una sola vez, cuando se trató la acusación constitucional anterior contra cuatro Ministros de la Corte Suprema-, pero me parece evidente lo que planteé hace unos momentos. Porque aquí, primero, actuamos como jurado, no como legisladores. Y actuamos como jurados individuales. Aquí no hay ni bancadas, ni grupos, ni Comisiones. Y yo no veo cómo un jurado puede discernir, o fallar, sin escuchar la acusación ni la defensa.
  Eso me parece de toda lógica. No se puede fallar en conciencia en esas condiciones, salvo que se trate de un voto político. Entonces, claro: dejamos aquí a alguien de nuestra bancada y nos vamos. Pero en este caso no es así. Eso puede hacerse cuando se trate de una iniciativa de ley. No todas las leemos, porque hacemos confianza en las Comisiones, en nuestros partidos, etcétera. Pero yo no imagino un juez fallando sin escuchar la acusación y la defensa. Me parece de toda obviedad. Y eso lo podemos fijar por acuerdo unánime de la Sala.
  Yo considero muy grave -excúsenme que lo diga, estimados colegas- que aquí sentemos el precedente de que vamos a ser jurados sin escuchar la acusación ni la defensa. ¡Eso no tiene presentación ante la opinión pública! Yo creo que no es dable declararnos jurados y no obligarnos a lo que tiene que hacer todo jurado: escuchar los cargos y los descargos. Me parece elemental.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Están inscritos a continuación los Senadores señores Vásquez, Espina, Longueira y Pizarro.
  Tiene la palabra el Honorable señor Vásquez.
El señor VÁSQUEZ.- Señor Presidente, he escuchado a un sinnúmero de Senadores excusarse de hacer declaraciones de prensa sobre la base de que pronunciarse con antelación al resultado de sus votos los inhabilita. Y, a menos que yo haya revisado mal los textos, eso tampoco está en la Constitución, ni en la Ley Orgánica, ni en el Reglamento.
El señor COLOMA.- Así es.
El señor ÁVILA.- ¡Es un vacío…!
El señor VÁSQUEZ.- Sin embargo, no conozco ningún Senador que haya negado que opinar anticipadamente signifique inhabilitarse.
  En consecuencia, tengo que concordar necesariamente con lo planteado por el Senador señor Gazmuri. Podrá discutirse si uno va a votar sobre la base de apreciar la prueba en conciencia -aunque necesariamente en Derecho, porque hay que insertar los hechos que uno aprecie en conciencia dentro de la norma constitucional que permite condenar o exculpar a un Ministro inculpado; ese es otro debate-, pero yo no veo cómo un juez  -dado que nos transformamos en jurado- puede opinar y emitir su decisión sin escuchar la relación, la acusación y la defensa.
  Por tanto, una cosa es que esté o no en el articulado mismo y otra muy distinta -y en esto ha insistido permanentemente el Senador señor Espina- es de qué manera se garantizan los derechos constitucionales del acusado, porque estamos en presencia de un juicio, que debe llevarse a cabo siguiendo las normas del debido proceso.
  En definitiva, señor Presidente, a mí no me cabe otra cosa que concordar con el Honorable señor Gazmuri para los efectos de decir que efectivamente quien no esté presente en la relación, en la acusación y en la defensa no podrá votar, porque no reúne los antecedentes necesarios para emitir su pronunciamiento, a menos que venga prejuiciado. Esa es mi opinión.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Pizarro.
El señor PIZARRO.- Señor Presidente, en la reunión de Comités nosotros respaldamos la propuesta de la Mesa y lo hicimos porque nos parece que es equilibrada en términos de garantizar el debido proceso y, también, el equilibrio que debe existir entre la parte acusadora y, por supuesto, la defensa de quien es acusada.
  Ese es un primer criterio que, a mi juicio, se salva totalmente con esta propuesta. Y es importante recalcarlo. Aquí lo que importa es que tengamos un juicio justo.
  Lo segundo es que, tal como está planteado, el proceso se llevará a cabo de manera continua, en sesiones sucesivas, sin interrupción. Y eso también es significativo, porque así tendremos oportunidad de estar presentes en la relación y de seguir el debate que se va a generar entre los acusadores y la defensa.
  Asimismo, me parece que el Reglamento establece que la votación debe realizarse en una sesión especialmente citada para ello, después de culminado este proceso. Y eso es bueno tenerlo claro. La propuesta contempla esa tercera fase de votación como jurado, a partir del día miércoles en la mañana.
  Respecto de la fundamentación del voto, nos parece que el tiempo asignado es razonable, porque, es cierto, podríamos alargarnos y opinar muchísimo, pero no debemos perder la lógica y la forma como se ha llevado este proceso. Diez minutos es suficiente para fundar la opinión que cada uno de nosotros se forme.
  Sin perjuicio de ello, quiero hacer una consulta de procedimiento: ¿cuándo tendremos acceso al informe completo de la Cámara? Porque, me imagino que ese texto existe. Me gustaría que el señor Secretario nos contestara esto, porque ese documento nos puede ayudar, al menos, a ir tomando conocimiento del debate habido en esa Corporación, de los argumentos tanto de la parte acusadora como de la defensa -que, me imagino, van a servir de base a lo que conoceremos acá-, y, de esa manera, cada uno podrá irse formando un cierto criterio, una opinión.
  En suma, señor Presidente, nosotros somos partidarios de la propuesta hecha por los Comités y de pasar a tratar ya los asuntos en tabla.
El señor HOFFMANN (Secretario General).- Señor Senador, la documentación que usted solicitó ya está a su disposición: tanto la acusación como la defensa de la acusada. Si desea que se la entreguen de inmediato, así se hará.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Longueira.
El señor LONGUEIRA.- Señor Presidente, creo que todos los Senadores tenemos claro que, para votar en forma adecuada, correctamente y en conciencia, debemos presenciar la acusación y el ejercicio de los derechos que asisten a la acusada para defenderse. De manera que yo no haría una discusión al respecto.
  No hay una norma específica sobre el particular; es de sentido común que exista. Por lo tanto, opino que no es factible inhabilitar a nadie por el motivo invocado.
  Nos agregan, de otro lado, que no hay una disposición que prohíba expresar con antelación un punto de vista sobre la acusación planteada. Pero el sentido común indica que uno, si va a actuar como juez, no puede emitir un juicio previo.
  Pienso que todos procederemos en forma correcta y tendremos presencia en las sesiones. Pero quiero dejar muy claro que yo jamás inhabilitaría para votar a determinado Senador por no encontrarse físicamente en la Sala durante ellas, porque a lo mejor ese parlamentario leyó y estudió los antecedentes con mayor detenimiento que otros que puedan haber estado aquí durmiendo.
  Por consiguiente, no estimo apropiado dar tanta significación a la permanencia en la Sala, porque ella no reviste mayor importancia, tanto más cuanto que es factible, por ejemplo, que a un Senador que haya presenciado todo el debate habido en la Cámara de Diputados eso le sea suficiente para formarse juicio sobre la acusación.
  Sí me parece conveniente que todos procuremos estar presentes. Es lo correcto. Si queremos emitir un juicio en conciencia, lo razonable es escuchar a las partes.
  Reitero: si no existe una norma al respecto, no veo cómo se pueda inhabilitar a alguien.
  Por ende, si queremos perfeccionar conforme a lo que es correcto y a lo que indica el sentido común, creo que debiera haber normas en ambos aspectos. Y si se propusieran, yo me sumaría a ellas. Si alguien quiere presentarlas, que lo haga.
  En todo caso, me alegro de que no sea necesario que existan disposiciones a ese respecto para que todos actuemos en forma correcta, pues eso nos evita legislar demasiado. Porque -reitero- todos sabemos proceder en forma adecuada. Y a veces el sentido común es la mejor de todas las leyes.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Navarro.
El señor NAVARRO.- Señor Presidente, más allá de las diferentes opiniones, creo que este debate es bastante revelador.
  La Carta le pide al Senado que actúe como un tribunal en circunstancias de que no lo es.  Porque la acusación constitucional es eminentemente política. Y tengo la certeza de que ninguno de los Senadores que están al frente mío va a cambiar su opinión después de escuchar los descargos de la Ministra de Educación, pues existe la decisión política de acusarla y destituirla.
  Por lo tanto, no me parece procedente generar la sensación de que el Senado será un tribunal regido por leyes.
  ¿Cuáles leyes?
  En el hecho, no va a haber un debate jurídico, porque esta Corporación no es un tribunal. No fuimos elegidos para serlo.
  La acusación -insisto- es de carácter eminentemente político. Y yo podría predecir la votación, pues, sin duda, existe una decisión más allá de los argumentos legales. Porque no hay referencia alguna a la elección de un tribunal imparcial. Los Diputados acusadores, quienes son del mismo partido de los Senadores jueces, podrán tener criterios dispares. Pero existe una decisión política. Y el instrumento es una acusación política respecto a la gestión de aquella Ministra, a la gestión del Gobierno. No se hace ninguna referencia a violación de ley. Porque, de haberse vulnerado un texto legal, debería resolver el Tribunal Constitucional.
  El Senador que habla está acusado por otros Diputados ante el Tribunal Constitucional a base de una norma que yo detesto y quisiera eliminar: el artículo 60 de la Carta Fundamental, que prohíbe a los parlamentarios actuar en asuntos de carácter laboral o sindical. Y por eso se pretende inhabilitarme.
  Esa es una norma antidemocrática, terrorista, pinochetista, que debiera ser suprimida. Porque si hay algo esencial en el actuar de quienes ejercemos la soberanía en representación de los que nos eligen, es que estemos con ellos, que marchemos con ellos, que convivamos con ellos.
  ¡No se puede inhabilitar a un Senador por marchar en la calle por el cambio del sistema económico, por el establecimiento de un sueldo ético!
  Entonces, no nos engañemos. No le digamos al país que este va a ser un tribunal que fallará sobre la base de argumentos; que los Senadores escucharemos disciplinadamente los alegatos durante ocho horas y luego resolveremos.
  Las bancadas de la UDI y de Renovación Nacional ya tienen tomada su decisión -no nos engañemos-: aprobarán la acusación constitucional. Y respeto su posición, porque de acusar y destituir a la Ministra Provoste hicieron una opción política.
  Aquello forma parte de un legítimo derecho de la Oposición. Pero no nos digan que aquí van a actuar como jueces, ni nos hagan creer que este será un tribunal ecuánime, objetivo, que evaluará los antecedentes, porque eso es un chiste.
  Claramente, se trata de una acusación política. Y vamos realizar un debate sobre sus fundamentos. Sin embargo, este no es un tribunal que resolverá sobre la violación de determinadas leyes. Para eso están los tribunales de justicia y -el ordenamiento jurídico lo señala- el Tribunal Constitucional.
  Hay, entonces, un error respecto de la condición que se atribuye a esta Cámara.
  Yo estoy porque  el Senado falle la acusación política. Y una mayoría política, independiente de los argumentos, podrá determinar si la Ministra de Educación se va o se queda. Pero esa mayoría política es circunstancial, no es una mayoría con carácter de tribunal.
  Considero que el Senado, en este caso particular, se halla inhabilitado, por cuanto hay una decisión política detrás de lo que vamos a ver a partir del próximo martes.
  Esa es mi opinión, señor Presidente.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Los señores Senadores me van a perdonar, pero creo que la única forma de superar la situación producida es aplicando el Reglamento.
  Hay inscritos cinco oradores; incluso, varios se repiten.
  Se está anticipando la discusión -ello puede ser muy interesante- sobre si, ante la acusación constitucional, somos tribunal o jurado.
  Inclusive, algunos, en su ímpetu, quieren construir otro cuerpo legislativo.
  Sin perjuicio de todo aquello, debo recordar a Sus Señorías que estamos ante un acuerdo unánime de los Comités. De modo que no cabe reverlo.
  Por consiguiente, no podemos continuar esta discusión, que, reglamentariamente, carece de sentido.
  Yo me quedo con lo planteado por el Honorable señor Pizarro. Estimo que es lo que debemos hacer, para luego dar inicio al Orden del Día.
  Sí quiero precisar algo no menor.
  Más allá de si acaso estamos de acuerdo en que somos un tribunal o si esta es una acusación política o no, para que el acto jurídico que vamos a resolver el martes y el miércoles próximos tenga eficacia la acusación debe ser aprobada por la mayoría de los Senadores en ejercicio.
  Creo que eso está claro.
  Lo segundo que se halla claro -hay un texto constitucional que nos obliga a todos- es que el Senado resolverá como jurado y se limitará a declarar si la Ministra de Educación es o no culpable de lo que se le acusa.
  No existe otra cosa que discutir.
  Ahora bien, tenemos un acuerdo unánime, derivado de un razonamiento de los Comités, que se funda en lo que disponen la Carta Fundamental y la Ley Orgánica del Congreso Nacional. Nadie ha traído a la Sala algo distinto.
  De otro lado, el Honorable señor Gazmuri hizo un planteamiento en cuanto a que es bueno y de sentido común que estemos presentes en las sesiones pertinentes y participemos.
  Pero la verdad es que, en sentido estricto, determinar que quien no esté presente durante toda la vista de la causa y no participe pueda ser inhabilitado para votar, en mi concepto, es ir demasiado lejos.
  Esa es la situación.
  Por último, hago presente a Sus Señorías que a partir del martes venidero nos constituiremos como tribunal y como jueces, y que, por consiguiente, se suspenderá toda otra actividad en esta Alta Corporación.
  Eso deberemos hacer como Senadores.
La señora ALVEAR.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Sí, Su Señoría.
La señora ALVEAR.- Señor Presidente, solo quiero reiterar mi pregunta sobre lo que ocurrirá con las abstenciones.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra el señor Secretario.
El señor HOFFMANN (Secretario General).- Señora Senadora, mi impresión personal es que no hay abstenciones, porque la Constitución dice que la Cámara Alta deberá pronunciarse acerca de si el acusado es o no culpable. Luego, según creo, no cabría más que votar "sí" o "no".
  Por otro lado, como se requiere quórum especial, si Su Señoría se abstuviera, en la práctica sería lo mismo que si votara que no.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- De alguna forma yo había contestado la pregunta.
  Como se precisa quórum especial -mayoría de los Senadores en ejercicio-, resulta irrelevante cuántos votan en contra, cuántos salen de la Sala, cuántos se abstienen, cuántos no concurren a emitir su pronunciamiento.
  Para aprobar la acusación se necesita mayoría de los Senadores en ejercicio; en este momento, veinte votos favorables.
El señor NÚÑEZ.- ¿Me permite, señor Presidente?
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría.
El señor NÚÑEZ.-¿Qué sucede en caso de empate?
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- No puede haber empate, señor Senador.
El señor NÚÑEZ.- Técnicamente, podría haberlo.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- No es posible, porque para aprobar la acusación se requieren 20 votos afirmativos.
El señor NÚÑEZ.- Tiene razón: en caso de empate, se rechaza la acusación.
El señor HOFFMANN (Secretario General).- Si la votación fuera 19 votos contra 19, la acusación quedaría rechazada, por no lograrse el quórum de 20 votos afirmativos.
El señor ZALDÍVAR, don Adolfo (Presidente).- Constitucionalmente, se exige mayoría de los Senadores en ejercicio en el caso de los funcionarios públicos susceptibles de ser acusados; y en el del Presidente de la República, dos tercios de los Senadores en ejercicio.
  Eso dispone la Carta Fundamental, y así lo cumpliremos.


  --Se levantó a las 19:12.

 

       Manuel Ocaña Vergara,
         Jefe de la Redacción