El señor FREI, don Eduardo (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.- Señor Presidente, como se ha expresado acá, la Comisión especial se originó, por un lado, en el reiterado debate que ha debido efectuar el Senado, en los años recientes, acerca de solicitudes sucesivas de autorización para la mantención del contingente chileno en la Misión de Paz de las Naciones Unidas en Haití; y por otro, en el hecho de que en las dos últimas ocasiones comenzaron a surgir mayores dudas y aprensiones, tanto respecto de la necesidad de conservar las tropas allí cuanto de los plazos. Y la discusión generaba cada vez más interrogantes.
Entonces la Sala acordó crear la Comisión especial, con los dos mandatos que mencionó su Presidente. El primero de ellos se refería a evaluar la Misión de Paz en Haití y la participación chilena, así como los criterios para nuestra eventual permanencia en ese país o la modificación de nuestra política respecto de este caso específico.
Pero en la misma discusión surgió la posibilidad, en segundo término, de estudiar un marco general de criterios para la participación de Chile en operaciones de paz -uno de los principales instrumentos con que cuenta la Organización de las Naciones Unidas para cumplir con sus objetivos de seguridad internacional- y de ver hasta dónde se puede mejorar nuestra institucionalidad en todo lo relativo a esa dimensión de nuestra política exterior.
En función de esos cometidos se generó la Comisión especial, cuyo primer resultado estamos entregando hoy día.
Antes de hacer algunos comentarios,…
Señor Presidente, advierto que el Senador señor Arancibia está prestando tanta atención a mi intervención como la que a la suya le dedicó mi Honorable colega Muñoz Barra.
No formulo un reclamo en particular -respeto la libertad de la gente-, pero, en fin, uno espera que se aplique el principio de reciprocidad.
El señor MUÑOZ BARRA.- ¡Por mi parte, estoy escuchando…!
El señor GAZMURI.- Como decía, antes de hacer algunos comentarios -lo más breves que sea posible, por el escaso tiempo de que disponemos- sobre el contenido del informe, quiero reconocer aquí, públicamente, la gran dedicación que demostró en esta tarea el Senador señor Romero, Presidente de la Comisión. Su Señoría fue un extraordinario artífice en la creación de las condiciones y los ritmos de trabajo que han permitido evacuar el texto en un lapso razonablemente corto.
Es preciso destacar, también, la activa labor desarrollada tanto por la Secretaría de la Comisión como por sus secretarias.
Cabe subrayar, asimismo, el interés permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores y del de Defensa Nacional, así como del Estado Mayor de la Defensa Nacional -cuyo Jefe nos acompaña-, y el aporte de distintas instituciones académicas, de ex embajadores que han tenido vinculación con Haití, y, en general, de mucha gente que concurrió a enriquecer nuestro debate.
Lo que estamos entregando esta tarde, junto con una descripción larga -no la voy a resumir- de la labor realizada, incluida una visita a Haití que, a mi juicio, fue muy útil, son las recomendaciones respecto de la segunda cuestión que mencioné acerca del mandato de la Comisión: los criterios generales para la toma de decisiones en materia de operaciones de paz y las sugerencias para el mejoramiento de nuestra institucionalidad.
La evaluación de la Misión de Paz en Haití -el informe contiene gran cantidad de antecedentes sobre ella- y la propiamente tal de los criterios que se discutieron en la Comisión respecto del segundo tema serán presentadas en la sesión en que se trate la autorización que pide el Gobierno para mantener a nuestras fuerzas en Haití.
Las exposiciones del señor Presidente y de los miembros de la Comisión fueron bastante extensas, así que sólo enfatizaré algunos puntos.
La proposición concreta -como se indicó- la constituyen las recomendaciones de la Comisión. Esa es la propuesta resolutiva -los demás antecedentes son complementarios- que figura en el informe y que se divide en dos.
Una parte es la definición de las ideas generales que deberían orientar nuestra participación en operaciones de paz. Ello, en mi opinión, resulta relevante, porque va definiendo lo que se pidió: criterios globales tendientes a constituir una doctrina de Estado en cuanto a los elementos que se deberían tener en cuenta para participar en operaciones de paz, entendiendo que cada una de ellas requerirá un análisis especial, porque son específicas, tienen modalidades distintas y, además, se proyectan sobre la base de diferentes capítulos del Estatuto de las Naciones Unidas.
Repito: será menester discernir caso a caso. Pero es trascendental fijar criterios generales concordados y que incluso se pudieran establecer mañana en las modificaciones legales correspondientes.
Creo que todos estamos de acuerdo en que estas operaciones son un instrumento muy importante para la preservación de la paz y en que Chile debe participar en ellas, como parte de sus responsabilidades para con la comunidad internacional.
Igualmente, una economía tan abierta como la nuestra debe tener también un correlato en asumir responsabilidades y en garantizar la seguridad y la paz mundiales, bienes fundamentales para nuestro propio desarrollo.
Y, por tanto, las condiciones de nuestra seguridad exigen mantener un entorno regional y mundial de paz. Ello está en el más directo interés de Chile, y constituye un criterio central.
Creo que estamos todos de acuerdo en que participaríamos sólo en operaciones de paz que obedecieran al mandato expreso del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y -también se plantea en el informe- en lo que deviniese de tratados que Chile haya firmado, como es el caso de nuestra condición de garantes en el marco del Tratado de Río de Janeiro, que resolvió los litigios limítrofes entre Ecuador y Perú. Este fue un tipo de intervención nuestra que no estaba bajo el mandato de las Naciones Unidas, pero sí bajo la jurisdicción de instrumentos específicos que nuestro país ha suscrito.
De igual modo, se consideró la disposición a participar en operaciones de paz establecidas en todos los capítulos pertinentes de la Carta de las Naciones Unidas (Capítulos VI, VII y VIII).
Esas son recomendaciones muy expresas. Pienso que dan un marco de orientaciones generales que pueden servirnos mucho a la hora de discernir sobre nuestra participación en operaciones de paz específicas.
En cuanto a nuestros procedimientos, respecto de lo cual se deberían originar modificaciones legales, las recomendaciones también aportan algunos aspectos a mi juicio importantes.
En la Comisión hubo preocupación, primero, por generar sistemas de trabajo que garantizaran lo establecido en la Constitución -se menciona en el informe- en orden a que la decisión acerca del despliegue de tropas chilenas en el extranjero corresponde enteramente al Presidente de la República. Es su decisión y su responsabilidad. Sin embargo, ello requiere el concurso del Senado. Por tanto, el debate respecto de las proposiciones de la Cámara Alta debe contar con las condiciones de información y de tiempo que nos permitan realizar efectivamente un análisis fundado acerca de la solicitud presidencial.
Esta inquietud no nace del vacío, sino de algunas experiencias en el sentido contrario. La primera intervención en Haití fue el caso más notorio, donde debimos resolver en plazos muy breves asuntos que no habíamos abordado en esa magnitud.
En tal sentido, existe una recomendación, como la de que haya un informe un mes antes, en fin. Los señores Senadores podrán apreciar que se plantean criterios sobre el particular.
En segundo lugar, existe preocupación porque en la vinculación con el Senado haya información y evaluación sobre el seguimiento…
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).- Ha concluido su tiempo, señor Senador.
El señor GAZMURI.- Señor Presidente, si la Sala me da un minuto, termino sólo con tres observaciones.
El señor FREI, don Eduardo (Presidente).- Si no hay oposición, se autorizará.
Autorizado.
El señor GAZMURI.- Señor Presidente, creo que es útil -tendrá que recogerlo el Gobierno en su proyecto, pues se trata de una materia que no es de iniciativa del Parlamento- la idea de generar en el Estado una Comisión de Operaciones de Paz, que haga un seguimiento estratégico y una evaluación permanente y que coordine los trabajos de los dos Ministerios involucrados en esta dimensión de nuestra política, que son los de Relaciones Exteriores y de Defensa Nacional.
Estimo conveniente establecer en la ley lo que aquí se ha llamado "fast track", referente al despliegue de fuerzas reducidas para enfrentar catástrofes humanitarias y sin la necesaria autorización. Creo que esto es el complemento del conjunto de disposiciones donde pedimos que haya una discusión con más información y con más tiempo para los casos normales, por así decirlo. Entendemos que existen situaciones que obligan al Estado, a través del Presidente, a desplegar contingentes pequeños -como aquí se ha señalado, una compañía-, en tiempos rápidos, con informe al Senado y con plazos limitados.
Asimismo, se discutió en la Comisión lo relativo a los plazos. Al final, llegamos a una fórmula un tanto transaccional, que encuentro razonable, consistente en establecer un término de cuatro años, pero que no sería fatal, sino abierto a revisarse en circunstancias especiales. Para ampliarlo se requeriría un quórum un tanto mayor que para el otorgamiento del permiso durante los cuatro años anteriores.
En general, he sido contrario, desde el punto de vista constitucional, a elevar mucho los quórums, pero el que señalo me parece muy razonable, porque establece la mayoría de los Senadores en ejercicio. Vale decir, en esta materia ello permite que se exprese la mayoría política constituida -o no constituida- en el Senado.
He dicho.