El señor FREI, don Eduardo (Presidente).- Tiene la palabra el Honorable señor Gazmuri.
El señor GAZMURI.- Señor Presidente, en la Comisión de Defensa del Senado -que me tocó presidir en ese momento- yo voté en contra del proyecto, básicamente por una razón de procedimiento.
Me parece que la moción es del todo inconstitucional -lo dice el informe- en la medida en que establece la exención de derechos.
El proyecto pretende incentivar la regularización de la tenencia de armas no inscritas mediante la prolongación de una exención al pago de derechos de inscripción y de transferencia si hubiesen sido vendidas. De modo que, sustantivamente, no van a disminuir la cantidad de armas que circulan ni su comercio.
En su momento el Gobierno tuvo dudas sobre la eficacia de la iniciativa, por lo que tampoco la patrocinó. Para resolver lo relativo a la inconstitucionalidad se le propuso que la respaldara, pero no tenía un juicio claro acerca del asunto.
Ahora, entiendo que hoy se haya puesto de relieve con mucha fuerza lo tocante a la seguridad pública y a las armas en el país.
Estoy de acuerdo en que debemos debatir más a fondo esta materia. En tal virtud, tiendo a tener una aproximación similar a la planteada aquí por el Senador señor Escalona, en el sentido de que haya una legislación muy restrictiva para la tenencia legal de armas de fuego.
A mi juicio, se trata de un debate que no solamente se plantea en Chile. En Estados Unidos esto provoca profundas y gravísimas discusiones, incluso constitucionales. Está la idea de que hay que armarse privadamente para enfrentar situaciones de riesgo, de seguridad. Creo que es una muy mala idea, que no ha dado resultado en parte alguna del mundo.
Otra cosa es la que dice relación a la caza deportiva, en fin.
Tengo la impresión de que este proyecto no viene a agregar nada a las disposiciones vigentes en el país, ni resuelve lo referente ni al uso ni al comercio de armas.
Entonces, en esa línea, seguiré votando en contra de una iniciativa relativamente inocua, pero que tiene un vicio de constitucionalidad.
Veo que siempre se es muy riguroso -incluso las Mesas- respecto del trámite de iniciativas parlamentarias. Pero sobre las armas u otro asunto complicado, la gente dice: "Vámonos al fondo, y no al procedimiento".
No me gusta la restricción de atribuciones del Senado y del Congreso en general. Pero no podemos hacer de los temas de procedimiento y de constitucionalidad algo que tenga que ver con nuestra opinión sobre las cuestiones de fondo.
Por lo tanto, a mi juicio, corresponde -lo sugiero así al señor Presidente- declarar inconstitucional el proyecto.
El señor PROKURICA.- ¡No se hizo cuando ingresó, menos ahora...!
El señor GAZMURI.- Tengo derecho a plantear esto, señor Senador.
En consecuencia, recalco eso a la Mesa -es la que tiene las atribuciones-, y a la Sala. Porque lo único que hace la iniciativa, quizás, es dejarnos tranquilos en cuanto a que estamos legislando sobre una materia que preocupa a la opinión pública. Sin embargo, no estamos aprobando nada sustantivo.
Además, desde el punto de vista procedimental, nadie puede discutir que el proyecto es inconstitucional. Porque la norma de la Carta Fundamental es clarísima: es de iniciativa exclusiva del Presidente de la República establecer exenciones o modificar las existentes respecto de pagos, patentes e impuestos. Es perentoria.
Entonces, no entiendo por qué cuando una iniciativa legal gusta a algunos parlamentarios, no vale esa disposición; y cuando no les gusta, vale.
No veo que alguien pueda sostener que esta moción tenga fundamento desde el punto de vista del procedimiento, al margen de su mérito. Sobre esto tengo una opinión taxativa. Y el texto constitucional sobre atribuciones del Poder Ejecutivo y el Parlamento avala mi opinión.