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Faculta al Estado para Reconocimiento de Jurisdicción de Corte Penal Internacional

Sesión 19, Ordinaria,

martes 19 de mayo de 2009


El señor BIANCHI (Vicepresidente).- Tiene la palabra el Senador señor Gazmuri.

 

El señor GAZMURI.- Señor Presidente, celebro que hoy día votemos finalmente esta reforma constitucional, que abre paso a la suscripción por Chile del Estatuto de Roma, lo cual implica que nuestro país se haga parte del sistema mundial de defensa de los derechos humanos que estableció el Tribunal Penal Internacional.

De este modo estamos saldando una deuda antigua. Chile fue uno de los primeros países del orbe que suscribieron como Gobierno el Tratado de Roma y es uno de los últimos -por lo menos, en América Latina- en ratificarlo en el Congreso.

Entiendo que solo Chile y Cuba no han cumplido hasta hoy este último trámite en América Latina. Sí lo han hecho todas las naciones de la Unión Europea y una gran cantidad de otras de África y Asia.

Y, por cierto, no lo han llevado a cabo algunas grandes potencias, como los Estados Unidos, China, India, Rusia, Israel y otras. Eso, sin duda, significa que todavía existe en el mundo un cierto número de ellas que, en materia de derechos humanos, presentan un completo doble estándar.

Los Estados Unidos incluso se dan el lujo de publicar año a año una suerte de catastro, a través del Departamento de Estado, sobre el cumplimiento de los derechos humanos por parte de los distintos países. Sin embargo, no están disponibles para que sus ciudadanos puedan ser sometidos a tribunales internacionales con motivo de la comisión de crímenes sancionados por dichos órganos y en la jurisdicción que corresponde.

El hecho de que todavía rija un orden internacional imperfecto con relación a los derechos humanos obviamente no es un obstáculo para que adhiramos a ese sistema, ya que cabe considerar algunos elementos. Y, por ello, hago referencia a un retraso: estamos pagando una cierta deuda.

Uno de esos factores es que, pese a todos sus avatares, Chile, sin duda, en cuanto a la verdad, justicia y reconciliación respecto de los graves crímenes contra la humanidad y los derechos humanos acaecidos durante la dictadura de Pinochet, finalmente es una de las naciones de América Latina -y, diría, del mundo- que más han avanzado en el ámbito aludido.

En pocos países, después de una dictadura tan larga como la chilena -que, además, fue sustituida por métodos políticos, sin registrarse una guerra perdida ni una debacle del sistema-, se encuentra preso el antiguo jefe de la policía secreta, como es el caso del ex general Contreras. Eso no ocurrió comúnmente con tales regímenes en América Latina, como tampoco con muchos de los del sur de Europa en los años cincuenta, sesenta y setenta.

Entonces, en cierto sentido ha resultado incomprensible que, habiendo sido Chile uno de los primeros suscriptores del Tratado de Roma y exhibiendo una muy buena trayectoria en su transición democrática, en materia de derechos humanos -en general, porque siempre quedan asuntos por resolver-, no haya ratificado ese instrumento internacional en el Congreso. Y eso obedece, en lo fundamental, a que durante mucho tiempo mantuvimos en este último diferencias muy serias sobre el asunto, las cuales observo que hoy se saldan, felizmente, por el bien del país.

Solo para el efecto de consignar la historia de lo sucedido, cabe recordar que el proyecto de acuerdo aprobatorio del Tratado fue acogido en 2002 por la Cámara de Diputados, en virtud de una mayoría bastante sustantiva, y que, antes de su paso al Senado, parlamentarios que perdieron la votación recurrieron al Tribunal Constitucional, organismo que dictó la resolución que conocemos en el sentido de que se requería una reforma constitucional al respecto.

Sobre el particular, deseo expresar que ese fallo, que fue de mayoría, lo considero particularmente aberrante, además de no tener que ver incluso con lo que era ya una cierta jurisdicción chilena.

Nosotros ya hemos cedido soberanía jurisdiccional en materia de derechos políticos y civiles, sin mediar una reforma constitucional, a la Corte Interamericana de San José de Costa Rica. Hasta hemos aceptado sentencias que comprometen las de nuestros tribunales, lo cual va más allá de la soberanía que hoy estamos entregando. El Tribunal Penal Internacional opera cuando los organismos jurisdiccionales del país no han sido capaces de tomar sus causas. Aquí hemos visto cómo la Corte Interamericana ha obligado a la justicia chilena a cambiar sus resoluciones.

Entonces, en ese sentido, la interpretación del Tribunal Constitucional se ajusta a derecho, es legal; pero, desde un punto de vista jurídico y político, resulta aberrante.

La situación nos obligó, obviamente, a tomar el camino de negociar con la Oposición. La reforma constitucional fue aprobada en 2005 por la unanimidad de la Comisión de Constitución de esa época. Es decir, hemos demorado cuatro años. No quisiera ser mal pensado respecto de las fechas -resulta más fácil llegar a una coincidencia sobre estas cuestiones en años de elecciones presidenciales-, pero, en fin, también es preciso aprovecharlas: 2005 y 2009. Durante cuatro años -repito- el proceso estuvo cancelado.

Y, por último, el acuerdo al cual ya dimos cumplimiento fue el de establecer en nuestra legislación penal una tipificación de los delitos sobre los cuales tiene jurisdicción el Tribunal Internacional. Esa fue una condición que se nos propuso y que aceptamos. El proyecto de ley respectivo ya fue despachado, habiéndose tipificado en nuestra legislación interna los crímenes de lesa humanidad y de guerra y el genocidio, lo cual permite llegar hoy a la etapa en que nos encontramos.

Para no convertir la necesidad en virtud, solo quisiera concordar con el Honorable señor Ominami en el sentido de que, en general, el procedimiento seguido es distinto a todo lo que hemos hecho en materia de corrección de nuestro ordenamiento en virtud de la firma de tratados internacionales.

Nuestra tradición y una cierta lógica implican que primero el país debe resolver si adhiere o no a determinada legislación internacional o firma cierta convención y después adecua la normativa interna. Eso es lo que hemos hecho, por ejemplo, en todos los tratados de libre comercio, en virtud de los cuales ha sido preciso ajustar las disposiciones nacionales en materia de propiedad industrial, para citar un caso, a las regulaciones de la Organización Mundial del Comercio, así como a algunos planteamientos de la contraparte en el suscrito con los Estados Unidos, con motivo del cual se formularon ciertas demandas que fue preciso recoger. Mas, obviamente, primero se debe resolver si un tratado conviene a los intereses del país y después revisar la legislación chilena para adecuarla a los compromisos internacionales.

Esta vez se optó por el camino contrario, pero, como digo, no porque ello fuera de la lógica de las cosas, sino por constituir una condición que se puso en la negociación. Cada uno establece los requisitos que considera legítimos, y nosotros lo aceptamos. Porque, de todas maneras, iba a ser necesario adecuar nuestra legislación penal al Tratado una vez que este se aprobara. Solo cabe observar que no es la buena manera de proceder. Es una forma de hacerlo, sí, la cual nos vimos obligados a aceptar, porque de otro modo no íbamos a lograr el acuerdo sustantivo que necesitábamos para despachar la reforma constitucional.

Finalmente, "más vale tarde que nunca", como indica la vieja sabiduría popular. Y, por tanto, me alegro de que, en definitiva, se obtenga lo que espero que sea una contundente votación mayoritaria, por significar además que, a pesar de todos los traumas de nuestra historia reciente, estamos construyendo entre todos una cultura política en la cual el tema de los derechos humanos no debiera ser motivo de división entre los chilenos y chilenas, sino que la adscripción a ellos debiera ser una de las bases lo más consensuada posible de la convivencia nacional.

El Senador que habla le da ese alcance a la reforma. Lo anterior, más allá de lo jurídico y de la necesidad de que la Presidenta de la República llegue a La Haya, en su próximo viaje, con una buena carta de presentación en materia de derechos humanos, va en la dirección profunda de construir en Chile una cultura ética y política en la cual la vigencia plena de los derechos esenciales de la persona humana, bajo cualquier circunstancia, se constituya en uno de los pilares mutuamente aceptados en la política.

Voto a favor.