El señor NOVOA (Presidente).- Tiene la palabra el Senador señor Gazmuri. El señor GAZMURI.- Señor Presidente, tal como se ha expresado, el asunto en examen formó parte de un largo y trabajoso acuerdo en materia de derechos humanos, para que Chile quedara a la altura de sus responsabilidades en cuanto a la adhesión a los principales instrumentos internacionales de derecho humanitario. Y, por tanto, eso explica la votación unánime en la Comisión de Relaciones Exteriores, resultado que espero que sea similar al término del debate. Una cuestión incluso más compleja que la que nos ocupa fue la aceptación del Estatuto de Roma, que dio origen a Se ha observado que la unanimidad alcanzada significa -y me alegro mucho de ello- que, en relación con el tema, vamos consiguiendo acuerdos sustantivos en el país, lo cual los constituye en una piedra fundamental de la convivencia tanto en Chile como en el terreno internacional. Al comienzo de la transición, el punto dividía profundamente a nuestra sociedad, e incluso, al Senado, y el que hoy día podamos votar el proyecto de manera unánime representa realmente un salto de carácter civilizador, sin incurrir en afirmaciones grandilocuentes. Resulta evidente la carencia de un efecto retroactivo. Ello es claro en la Convención, en la jurisprudencia, en el Derecho Penal Internacional. Sin perjuicio de lo anterior, no quiero formular una salvedad, sino entregar una opinión en el sentido de que las desapariciones forzadas que se registraron en el país no van a ser sancionadas por estos tratados, por el texto que hoy día aprobamos -eso es evidente-, mas espero que la justicia chilena, en función de nuestra propia normativa y del artículo 5° de Entonces, hago presente lo anterior por ser correcta la afirmación de que estos tratados no causan un efecto retroactivo. Pero ello no significa un argumento que se pueda oponer en los juicios seguidos en Chile, conforme al Derecho Penal chileno y a la Constitución chilena, a los responsables por desapariciones de personas en el pasado -ello dice relación, esencialmente, a la dictadura militar de Pinochet-, delito que es imprescriptible e inamnistiable. Y existe jurisprudencia de nuestros tribunales en ese sentido, la cual espero que se profundice. |