En condiciones de ser promulgado como ley de la República quedó el proyecto que establece como un requisito obligatorio para los doctores que quieran ingresar y mantenerse en los servicios de salud públicos, la aprobación de un examen único nacional de conocimientos de medicina.
Esto, luego que el Senado aprobara con 27 votos a favor y la abstención del senador José García, los cambios que le introdujo la Cámara de Diputados a la iniciativa que apunta a garantizar una atención de calidad a los pacientes, pues al existir este examen que deben rendir los médicos del sistema público se garantiza que están habilitados tanto en el ejercicio de la profesión como en las especialidades.
Entre las enmiendas que le introdujeron los diputados se encuentra la que establece que los profesionales que aprueben el examen único nacional de conocimientos de medicina habrán revalidado automáticamente su título profesional de medico cirujano.
Asimismo, se elevó el monto de la asignación de reforzamiento profesional diurno que se entregará a los profesionales funcionarios de las Etapas de Destinación y Formación, y de Planta Superior, que será equivalente al 23% y al 92% respectivamente, calculado sobre el sueldo base.
También se estableció un bono mensual de guardia nocturna y de día festivo, no imponible, de $100 mil, para los profesionales funcionarios y además aprobó una bonificación por retiro voluntario equivalente a 769 UF respecto del total de horas que sirvan al momento de acogerse al retiro voluntario. A esa bonificación podrán acceder hasta un máximo de 500 profesionales funcionarios.
RESGUARDOS
Al momento de hacer uso de la palabra el senador Mariano Ruiz-Esquide explicó que uno de los aspectos que generó controversia al interior de la Comisión fue el cambio que introdujo la Cámara respecto de que los profesionales que aprueben el examen único nacional de conocimientos de medicina habrán revalidado automáticamente su título profesional de medico cirujano.
No obstante, señaló que para impedir otro trámite más y en consideración a que se necesita que este proyecto esté en condiciones de ser promulgado como ley a la brevedad, se acordó con la Ministra de Salud, María Soledad Barría, hacer en el futuro próximo una revisión del mecanismo de aseguramiento de la atención con profesionales adecuados.
Por su parte, el senador García planteó sus aprensiones porque a su juicio, la iniciativa debió haber sido discutida también por la Comisión de Hacienda, pues el proyecto no solo crea el examen único, sino que establece bonificaciones a distintos funcionarios e instrucciones respecto de plantas funcionarios.
Además señaló que era necesario tener a la vista el informe financiero sobre los bonos que se entregan.
Cabe recordar que el proyecto establece un examen único de conocimientos de medicina a los médicos-cirujanos que postulen a los Servicios de Salud públicos del país, a los establecimientos de carácter experimental y a los de atención primaria municipalizada.
Este mismo requisito será exigible a los médicos-cirujanos que presten sus servicios a los mencionados establecimientos en base a honorarios; que otorguen prestaciones de salud en la modalidad de libre elección y a aquellos que postulen a programas de perfeccionamiento, de post-titulo, de post-grado, de especializaciones o sub-especializaciones financiados por el Estado o que se desarrollen en sus establecimientos de salud.
No obstante, el examen único nacional de conocimientos de medicina no se aplicará a los médicos cirujanos titulados en Chile antes de la entrada en vigencia de esta ley, y tampoco a los médicos cirujanos que hayan obtenido el reconocimiento, revalidación o convalidación de sus títulos profesionales con anterioridad.
La iniciativa también hace extensivo el examen único de conocimientos de medicina a aquellas personas que ocupen cargos directivos en los Servicios de Salud, específicamente algunos de subdirector médico de hospital y director de atención primaria, que no quedaron afectos al Sistema de Alta Dirección Pública.