Penas de hasta cinco años de cárcel, multas de hasta 50% del daño causado e inhabilidad para ejercer cargos públicos, arriesgan los funcionarios públicos o de exclusiva confianza del Presidente de la República que defrauden al Fisco o utilicen indebidamente los recursos del Estado.
Así lo dispone una moción de los senadores Evelyn Matthei, Hernán Larraín, Víctor Pérez y Alberto Espina, que fue derivada a la Comisión de Constitución para su estudio y que propone un aumento de las sanciones para quienes cometan los delitos de exacción ilegal, aplicación pública diferente y defraudación al Fisco.
Según explicó el senador Víctor Pérez, “esta es una nueva norma jurídica que castiga con mucha mayor firmeza y rigor la corrupción en los funcionarios públicos. En los últimos años hemos visto que se ha reproducido la figura de fraude, por ejemplo, y queríamos generar una sanción mucho más ejemplarizadora”.
En tal sentido señaló que la moción propuesta no sólo aumenta las penas de cárcel, sino que agrega multas y contempla penas anexas como el impedimento de volver a la administración pública, además de establecer una agravante para los delitos cometidos por funcionarios de exclusiva confianza del Presidente de la República.
PROPUESTA
En lo fundamental, el proyecto establece que en el caso de exacción ilegal, el empleado público que exija, sin derecho, una contribución o servicio personal, bajo cualquier pretexto, será sancionado con presidio menor en su grado mínimo a medio –entre 61 días y 3 años-, inhabilitación temporal para cargos y oficios públicos, además de una multa de 20 UTM, es decir $689.920 aproximadamente.
Por otra parte, el empleado público que arbitrariamente le da a los recursos o efectos que administra, una aplicación diferente de prevista, será castigado con la pena de presidio menor en su grado mínimo, es decir entre 61 y 540 días de cárcel.
Asimismo, el que defraude al fisco o consintiera en que se defraude al Estado, a las municipalidades o a los establecimientos públicos de instrucción o de beneficencia, incurrirá en las penas de presidio menor en su grado máximo (3 años y un día a 5 años); inhabilitación especial perpetua para el cargo u oficio y multa del 50% del perjuicio causado.
El proyecto también señala que “será circunstancia agravante que el empleado público, que cometa esos delitos, sea funcionario de exclusiva confianza del Presidente de la República”.
Según explicó el senador Pérez, también se contemplan sanciones para aquellos privados que participen con el empleado público en esa operaciones.
En tal sentido, se crea un nuevo artículo en el Código Penal que especifica claramente que el sujeto que comete defraudación al Fisco será sancionado como autor del delito de estafa y se le aplicarán las penas de presidio menor en su grado medio a máximo (entre 540 días y 5 años de cárcel), además de multas que dependerán de la cuantía del monto que sea defraudado.
“Además del aumento de penas, se debe solucionar el problema que no se resuelve en el Código Penal y que se refiere a cuando son copartícipes del delito de fraude los empleados públicos y particulares, es decir personas que no tienen el carácter de funcionarios públicos”, explicó el parlamentario.