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Valparaíso | 29/01/2008 | Departamento de Prensa |  Boletín Nº 3436-07

Proyecto que contempla la elección directa de los Cores llegó al Senado

La iniciativa que propone una profunda reforma constitucional en materia de gobierno y administración regional elimina además, la función del Intendente como presidente del Consejo Regional (Core).

Un decidido paso en la descentralización del país y la administración regional, es la que propone la reforma constitucional que permite la elección directa de los consejeros regionales y que otorga mayores facultades a los gobiernos regionales. La iniciativa, en segundo trámite, será analizada a partir de marzo próximo por la Comisión de Gobierno, que preside el senador Hosaín Sabag.

 

El proyecto establece por primera vez, desde la creación de la institución, que los consejeros sean elegidos por sufragio universal, duren cuatro años en el cargo y puedan ser reelegidos. Asimismo podrán renunciar al cargo cuando los afecte una enfermedad grave, así calificada por el Tribunal Constitucional.

 

La iniciativa elimina también la función del Intendente como presidente del Consejo Regional (Core), y define sus funciones como el encargado de la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos creados por ley para el cumplimiento de las funciones administrativas que operen en la región.

 

El Consejo Regional será presidido por un consejero elegido entre sus propios pares y tendrá a su cargo la relación del Consejo con el intendente y las demás autoridades.

 

De este modo, el Core será un órgano de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador y una ley orgánica constitucional regulará su integración y organización.

 

En materia de descentralización el proyecto dispone que una ley orgánica constitucional determinará la forma y el modo en que el Presidente de la República podrá transferir a uno o más gobiernos regionales -temporal o definitivamente- competencias de los Ministerios y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa.

 

El texto legal flexibiliza además, los requisitos para crear o suprimir regiones, en términos que para ello no será necesario reformar la Carta Fundamental, sino dictar una ley de rango orgánico constitucional.

 

Asimismo otorga un Estatuto Especial en beneficio de Isla de Pascua y Juan Fernández; y consagra un mecanismo de administración especial para las denominadas “áreas metropolitanas” con el fin de velar por la prevención y solución de la problemática común que afecta a las zonas comprendidas en dichos ámbitos territoriales.

 

Respecto a este último punto, el proyecto se fundamenta en que existen algunos vacíos en la administración de estos grandes territorios y que exceden las competencias municipales, obligando por lo tanto a una coordinación entre ellas, que normalmente es muy difícil o imposible de conseguir.

 

Incluso, para los gobiernos regionales con asiento en estas áreas metropolitanas la solución de tal problemática común sobrepasa sus propias atribuciones y recursos financieros. Por ello, el proyecto contempla atribuciones especiales a las respectivas intendencias.

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