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Valparaíso | 14/03/2008 | Departamento de Prensa |  Boletín Nº 5767-07

Futuros Presidentes del Senado y de la Cámara deberían congelar sus militancias al asumir el cargo

Así lo propone el senador Carlos Bianchi, mediante una reforma constitucional que será analizada por la Comisión de Constitución.

Con el fin de hacer incompatible el cargo de Presidente del Senado y de la Cámara de Diputados con la afiliación a un partido político, el senador Carlos Bianchi presentó una reforma constitucional que obligaría a futuros titulares de la mesa a congelar su militancia.

 

El parlamentario manifestó que “los presidentes de cada una de las ramas del Congreso Nacional tienen una serie de atribuciones, que lo distinguen y diferencian de sus pares y que son de la mayor importancia al interior de cada Corporación”.

 

Agregó que “las decisiones de ambas autoridades tienen muchas veces, carácter trascendental en la tramitación de proyectos de ley y en el ejercicio de las facultades que le entrega la Constitución”.

 

A juicio del legislador “la Presidencia del Senado constituye una autoridad en nuestro país, que por tradición republicana se ha erigido como la segunda autoridad política de la nación después del Presidente de la República”.

 

Agregó que “la experiencia nos da cuenta que en la tramitación de muchos proyectos, así como en el ejercicio de otras atribuciones, se atraviesan numerosas coyunturas que enfrentan muchas veces de fuerte manera a las diversas tendencias políticas representadas. Al interior de estas disputas, la presidencia actúa muchas veces como un árbitro decidiendo cuestiones no sólo políticas sino de alto carácter técnico y jurídico”.

 

Esta situación hace indispensable que quien ejerza el cargo posea “una mirada y conciencia absolutamente libre de presiones y con la capacidad de decidir en conciencia y conforme a lo que ordena la Constitución y la ley, en su caso”.

 

El senador Carlos Bianchi puntualizó que “es por esto que este proyecto pretende modificar nuestra Carta Fundamental para establecer la incompatibilidad entre el cargo de presidente de una de las ramas del Congreso, con las militancias en un partido político, de esta forma se pretende garantizar la imparcialidad necesaria que requiere su dirección”.

 

De este modo, la iniciativa propone que “el parlamentario que sea electo para ocupar dichos cargos, si es que pertenece a un partido político, deberá congelar su militancia mientras dura el período del mismo”.

 

ATRIBUCIONES

 

Cabe señalar que, de acuerdo a nuestra Constitución, al Presidente del Senado le corresponde entre otras atribuciones: disponer la citación del Senado a sesiones cuando proceda, presidir las sesiones, dirigir los debates y mantener el orden en el recinto.

 

Asimismo deberá dar curso con arreglo a la Constitución, a las leyes y al Reglamento respectivo, a los negocios urgentes que ocurran, constituir la Sala en sesión secreta, mantener la correspondencia del Senado con el Presidente de la República, con la Cámara de Diputados, con los Ministros de Estado, con los Tribunales superiores de Justicia, el Tribunal Constitucional, el Tribunal Calificador de Elecciones, la Contraloría y los representantes de naciones extranjeras.

 

Finalmente, debe actuar en representación del Senado, en resguardo del fuero parlamentario y de la dignidad de la Corporación y en actos de mero protocolo.

 

Por su parte, al titular de la Cámara de Diputados le corresponde presidir las sesiones y dirigir los debates, declarar las inadmisibilidades de los proyectos y de las indicaciones, fijar posiciones que hayan de discutirse en la Cámara, llamar al orden y mantenerlo en la Sala.

 

Asimismo deberá abrir, suspender y levantar las sesiones de acuerdo al Reglamento, conceder la palabra a los diputados en el orden que la soliciten y rendir cuenta pública de la Corporación.

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