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Valparaíso | 08/04/2008 | Departamento de Prensa |  Boletín Nº 5431-11

A ley proyecto que entrega beneficios a funcionarios de las seremis de Salud y del Instituto de Salud Pública

El proyecto, que complementa una iniciativa que concedió incentivos al personal técnico paramédico y auxiliar, fue aprobado en forma unánime por el Senado.

Ministra de Salud, María Soledad Barría.

En condiciones de ser remitido a la Presidenta de la República para su firma y promulgación como ley, quedó el proyecto que concede beneficios a los funcionarios de salud de las seremis del ramo, de algunos establecimientos asistenciales y del Instituto de Salud Pública, que no fueron contemplados en una iniciativa legal anterior.

 

Esto, luego que el Senado aprobara por unanimidad la iniciativa que da cumplimiento al compromiso adquirido en el marco de la tramitación del proyecto que originó la ley N° 20.209 que reestablece una norma de protección para que el personal técnico paramédico, auxiliar paramédico o auxiliar de enfermería, con más de 20 años de servicios en los Servicios de Salud. La idea es que dicho personal pueda optar a la promoción de los cargos de técnicos, con los requisitos y exigencias que se establecen en la presente iniciativa.

 

El proyecto aprobado extiende la bonificación para conductores de ambulancia, a los funcionarios que cumplen labores de conducción de equipos de salud, incluidos los funcionarios de las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud y del Instituto de Salud Pública.

 

Asimismo,  establece el mecanismo de concurso interno para los efectos de la promoción del personal en los establecimientos de salud de carácter experimental Padre Alberto Hurtado, Cordillera y Peñalolén.

 

COSTOS Y CONTENIDO

 

El informe financiero elaborado por la Dirección de Presupuestos, con fecha 11 de octubre de 2007, señala que el impacto fiscal de esta iniciativa sólo se genera en la extensión de la bonificación a 100 funcionarios que cumplen labores de conductor de vehículos que transportan equipos de salud en la Secretarías Regionales Ministeriales de Salud y en el Instituto de Salud Pública, con un costo anual de $ 33.600 miles, el cual será financiado con cargo a reasignaciones de la partida presupuestaria Ministerio de Salud.

 

La iniciativa señala que tratándose de la promoción de los cargos de la planta de técnicos, no será exigible el título de técnico de nivel superior respecto a los funcionarios que, al 30 de julio de 2007, tengan veinte o más años de servicio como técnico paramédico, auxiliar paramédico o auxiliar de enfermería en los Servicios de Salud, siempre que acrediten haber aprobado un curso de Auxiliar Paramédico o de Auxiliar de Enfermería, de 1.500 horas como mínimo.

 

Para los efectos de esta ley, los funcionarios que tengan nueve o más años de servicio, se les dará por aprobado el último proceso de acreditación individual, teniendo derecho a percibir en forma permanente el componente de acreditación individual que corresponda.

 

Los que tengan seis y menos de nueve años de servicio, se les dará por aprobado  el segundo proceso de acreditación individual teniendo derecho a percibir el componente de acreditación individual que corresponda.

 

Mientras, los que tengan tres y menos de seis años de servicio, se les dará por aprobado el primer proceso de acreditación individual.

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