Una serie de medidas tendientes a dar mayor seguridad a los adolescentes que se encuentren sometidos a medidas cautelares especiales y privativas de libertad, entre ellas, permitirles acceder a un tratamiento de rehabilitación de drogas y alcohol, como condición especial para la suspensión condicional del procedimiento, contempla el proyecto que modifica la ley sobre responsabilidad penal adolescente.
La iniciativa llegó al Senado a cumplir su segundo trámite constitucional, y fue derivada a la Comisión de Constitución para su estudio.
En lo fundamental, el proyecto apunta a perfeccionar algunas disposiciones vigentes, en el entendido de que la ley sobre responsabilidad penal adolescente no sólo tiene una finalidad sancionatoria, sino que también responde a una intervención socioeducativa amplia y orientada a la plena integración social.
Por ello, en lo relativo a la suspensión condicional la iniciativa propone incorporar el sometimiento a un tratamiento de rehabilitación por adicción a drogas o alcohol, como requisito para que el acuerdo entre el fiscal y el imputado pueda llevarse a cabo.
El objetivo central de esta medida es evitar los efectos inherentes al proceso penal y a la eventual imposición de una condena privativa de libertad, entregándole al joven imputado la posibilidad de efectuar oportunamente un tratamiento médico orientado a superar las adicciones.
REHABILITACIÓN Y SEGURIDAD
No obstante, para los efectos de la suspensión condicional del procedimiento, previo sometimiento a un tratamiento de adicción, esto podrá aplicarse respecto de cualquier delito por el que el adolescente haya sido imputado, salvo cuando se trate de aquellos que tienen una especial connotación social como el homicidio, violación u otros de similar gravedad.
Con ello, se busca asegurar que puedan acceder a un tratamiento de alcohol y drogas en la medida en que no hayan sido condenados previamente por la comisión de un crimen o simple delito.
Asimismo, la iniciativa permite al juez obligar a un adolescente a someterse a un tratamiento de rehabilitación por adicción de drogas o alcohol, cuando las circunstancias del joven lo amerite.
Por otra parte, el proyecto modifica el rol de Gendarmería al permitir la presencia de gendarmes, no armados, al interior de los centros de reclusión de adolescentes, a objeto de mantener el control, vigilancia y custodia de los jóvenes.
Actualmente, la ley permite la existencia de una guardia armada a cargo de Gendarmería de Chile, de carácter externo, para garantizar la seguridad y permanencia de los infractores en los centros cerrados de privación de libertad y en los de internación provisoria.
Con la modificación propuesta se busca resguardar la seguridad de los adolescentes internos y de los funcionarios al interior de los centros, garantizando el adecuado, normal y pacífico funcionamiento de esos establecimientos, sin perjuicio de las actuales funciones de colaboración en la prevención y contención de conflictos por parte de Gendarmería.
Según lo estipula la iniciativa, las funciones de la guardia no armada serán cumplidas por una unidad especializada que Gendarmería de Chile organizará para el cumplimiento de estos fines y estará integrada por funcionarios especialmente capacitados en responsabilidad penal adolescente y el control de adolescentes infractores.