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Valparaíso | 20/05/2008 | Departamento de Prensa |

Armonizaran los procedimientos para inscribir los derechos de aguas

La Comisión de Obras Públicas aprobó legislar sobre la iniciativa que armoniza los requisitos para inscribir los derechos de aguas en el Conservador de Bienes Raíces y en el Registro que lleva la Dirección General del ramo.

Comisión de Obras Públicas

Un importante paso para mejorar los procedimientos de inscripción de los derechos de aguas en el Conservador de Bienes Raíces y facilitar los esfuerzos del Estado y los privados para regularizar dichos derechos de modo de saber cómo y cuánta agua estamos usando dio la Comisión de Obras Públicas tras aprobar la idea de legislar sobre la iniciativa que cumple su primer trámite.

 

Así lo afirmó el senador Juan Pablo Letelier, presidente de la instancia, quien manifestó que “el proyecto originado en una moción de los senadores Evelyn Matthei y Víctor Pérez modifica el Código de Aguas en lo relativo a los procedimientos para perfeccionar los derechos de aguas”.

 

“Esto es muy importante porque durante los últimos 100 ó 150 años la terminología que se usa para entregar el uso del agua ha cambiado. En la última reforma al Código se planteó el criterio de que los derechos se entregarán de acuerdo al volumen por unidad de tiempo”, explicó el parlamentario.

 

Precisó que “lo mismo se estableció para cuando se tengan que inscribir estos derechos de uso en el registro público de derechos de aguas, sin embargo, no se perfeccionó la modalidad de cual tiene que inscribirse en el Conservador de Bienes Raíces y, por ende, hay ocasiones en las cuales la unidad del derecho tiene diferentes terminologías, tales como, litros por segundo; acciones por hectárea; acciones por cuadra o tejas”.

 

El senador Letelier manifestó que “esta situación nos ha llevado a abordar dos temas: uno, uniformar los requisitos para inscribir el registro de  derechos de aguas en el Conservador de Bienes Raíces y, dos, un procedimiento no contencioso para el perfeccionamiento de dichos derechos cuando no hay oposiciones”.

 

El legislador aseguró que “esto va a facilitar el esfuerzo que está realizando el Estado chileno y los privados para regularizar y perfeccionar sus derechos de modo de saber cuánta cantidad de agua estamos usando y para qué fines”.

 

PROCEDIMIENTO ACTUAL

 

Cabe señalar que, las normas contenidas en el Código de Aguas, obliga a los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas a inscribir sus derechos, tanto en el Registro de Propiedad de Aguas que lleva el Conservador de Bienes Raíces respectivo, como en el Registro Público de Aguas, que forma parte del Catastro Público de Aguas de responsabilidad de la Dirección General del ramo.

 

Dicha inscripción tiene por objeto constituir la tradición de los derechos de aprovechamiento de aguas y, en concordancia con las normas establecidas en el Código Civil, también tiene por fin constituir un medio de publicidad frente a terceros y un seguimiento de la historia de los referidos derechos, como medio de prueba del dominio sobre los mismos.

 

Esta situación, sin embargo, da pie para algunas confusiones ya que el titular de un derecho de aprovechamiento de aguas, al inscribir su derecho se verá enfrentado a dos tipos de inscripciones distintas, lo que lleva a innecesarias omisiones o conflictos.

 

Por ello, se propone una nueva disposición que sustituya el actual artículo 119 del Código de Aguas, de manera que exista la debida correspondencia y armonía entre esa norma legal y la contenida en el artículo 45 del Reglamento dictado por el Poder Ejecutivo, en virtud del mandato que le otorgó el mencionado artículo 122 inciso 2° del Código de Aguas.

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