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Valparaíso | 06/06/2008 | Departamento de Prensa |

Agilizaran proyecto que sanciona la piratería

A partir de la próxima semana, las Comisiones de Educación y de Economía sesionarán unidas para analizar la iniciativa en segundo trámite, lo que permitiría contar con un solo informe.

Comisión de Educación

Desde la próxima semana el proyecto que contiene una serie de normas tendientes a garantizar la adecuada protección de la propiedad intelectual y a castigar la piratería, será analizada en conjunto por las Comisiones de Educación y de Economía del Senado, como una forma de agilizar su tramitación.

 

Así lo informó el senador Alejandro Navarro, presidente de la Comisión de Educación instancia que estaba abocada al estudio en particular del proyecto que cumple su segundo trámite en la Cámara Alta.
  
“A petición del presidente de la Comisión de Economía, senador Guillermo Vásquez, se tomó la decisión de que las dos comisiones veamos en conjunto el proyecto. Esto debería agilizar el trámite y que lleguemos a la Sala con un solo informe, sin la necesidad de que lo vean las dos comisiones aparte”, explicó el legislador.

 

Agregó que dada la gran cantidad de indicaciones que se le presentaron al proyecto, la discusión del mismo ha tomado más tiempo del que se esperaba, pues en algunos casos se ha destinado una sesión completa sólo para ver un artículo.

 

No obstante, señaló que en las últimas sesiones la discusión ha estado centrada en la penalidad que se establecerá en los casos de piratería y en el destino de los bienes incautados.
En tal sentido, explicó que se acordó que aquellas personas que sean sorprendidas elaboradas o distribuyendo artículos piratas de un valor de menos de 1 UTM, es decir cerca de $35 mil, no serán sancionados con penas de cárcel, salvo en caso de reincidencia.

 

ALCANCES DEL PROYECTO

 

Cabe recordar que el proyecto actualiza la regulación vigente en materias de derechos de autor y derechos conexos, estableciendo medidas efectivas que garanticen un adecuado nivel de protección, mediante acciones civiles y penales, ante las frecuentes infracciones calificadas comúnmente como piratería.

 

Asimismo, dispone un adecuado marco de excepciones y limitaciones al derecho de autor y derechos conexos que garanticen el acceso a bienes culturales y el ejercicio de derechos fundamentales por parte de la ciudadanía, tal como está reconocido en la mayor parte de las legislaciones internacionales y conforme a las flexibilidades permitidas en el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio, de la Organización Mundial del Comercio.

 

También regula la responsabilidad de los prestadores de servicios de Internet, limitando su responsabilidad por las infracciones a los derechos de autor y conexos que se cometan por usuarios de estos servicios a través de sus redes, de conformidad con los compromisos internacionales asumidos por Chile, en el Tratado de Libre Comercio suscrito con Estados Unidos.

 

Esta iniciativa contiene un conjunto de normas que complementan, la nueva legislación recientemente promulgada y que creó el Instituto de Propiedad Industrial. Este organismo reemplaza al actual Departamento de Propiedad Industrial de la Subsecretaría de Economía y su objetivo central será velar por la debida protección de marcas, patentes y modelos.

 

Sin embargo, el TLC con Estados Unidos impone a Chile la obligación de incorporar a su legislación parte importante de los contenidos de esta reforma, antes del 1 de enero de 2008, plazo que ya se encuentra vencido.

 

Entre las normas complementarias se regula la responsabilidad de los prestadores de servicios de Internet y se contempla un nuevo mecanismo de fijación de tarifas de las sociedades de gestión colectiva.

 

También contiene un extenso conjunto de normas relativas a sanciones y procedimientos, que buscan reforzar la protección de los derechos de nuestros creadores y de las industrias del sector, a través del establecimiento de nuevos delitos, mayores penas y mejores procedimientos.

 

En esa línea se amplía tal protección al mundo digital, mediante el establecimiento de procedimientos, judiciales expeditos que garanticen un adecuado resguardo ante las frecuentes infracciones que se cometen por medios digitales.

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