Tras subsanar una serie de aspectos de carácter técnico, la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado aprobó y despachó a la Sala el proyecto que fija como punto de partida para el sueldo base el salario o ingreso mínimo, que actualmente es de $145 mil.
La iniciativa que cumple su segundo trámite en la Cámara Alta apunta a transparentar y corregir la actual situación, que en muchos casos se presta para abusos, pues hay trabajadores cuyos sueldos base no superas los $10 mil.
Según explicó el presidente de esa instancia legislativa, senador Andrés Allamand, “hemos despachado a la Sala este proyecto que resuelve un tema pendiente, en términos de que los sueldos base en algunos casos tenían expresiones mucho menores a los salarios mínimos. Esto apunta a la transparencia del funcionamiento del mercado laboral”.
El parlamentario recordó que esta iniciativa es una antigua aspiración de los trabajadores, por lo que uno de los aspectos que prevaleció entre los senadores es que el salario mínimo sea el piso para los efectos de cualquier remuneración.
“La idea es que sobre ese piso puedan surgir todos los incrementos, bonos, aportes, gratificaciones, participaciones y demás emolumentos que de alguna manera premien la productividad de los trabajadores. Lo importante es garantizar que toda persona que trabaja en Chile, a lo menos tiene desde la partida un sueldo base que es igual al ingreso mínimo”, sentenció.
El senador Allamand precisó que se establecen algunas excepciones en relación a los trabajadores que no están sujetos al cumplimiento de jornada.
AMPLIO RESPALDO
Uno de los alcances que han realizado los integrantes de la Comisión de Trabajo, dice relación con que la iniciativa en ningún caso busca disminuir o aumentar las remuneraciones de los trabajadores, sino que simplemente corregir una situación que actualmente se presta para abusos.
Si bien la iniciativa ha sido impulsada por el Ejecutivo, también ha recogido un conjunto de propuestas parlamentarias, por lo que constituye un avance para la adecuada formulación de los contratos laborales y de respeto de los derechos de los trabajadores.
Cabe recordar que el texto legal contempla un artículo transitorio que da un plazo a los empleadores para ajustar las remuneraciones de sus trabajadores.
En tal sentido, señala que “los empleadores que a la fecha de la entrada en vigencia de la presente ley hubieren pactado sueldos inferiores a un ingreso mínimo mensual, en los respectivos contratos de trabajo, tendrán un plazo de seis meses para ajustar los contratos y las remuneraciones”.