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Valparaíso | 07/07/2008 | Departamento de Prensa |

Instan a las autoridades para que dicten un reglamento especial para vehículos escolares en zonas interurbanas

A juicio de los senadores Jaime Naranjo y Pedro Muñoz este tipo de transportes ha dejado de ser ocasional, por lo que requiere de una normativa que otorgue garantías de mayor seguridad a los jóvenes pasajeros.

Senador Pedro Muñoz, Región de Magallanes

Mediante un proyecto de acuerdo, los senadores Jaime Naranjo y Pedro Muñoz Aburto, solicitaron a la Presidenta de la República, Michelle Bachelet que instruya al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, René Cortázar para que modifique el Decreto Ley N° 38 con el fin de “establecer requisitos especiales para los Transportes Remunerados de Escolares que cumplan este tipo de función en zonas interurbanas”.

 

La iniciativa que deberá ser ratificada por la Sala del Senado se fundamenta en que este tipo de transportes escolares interurbanos – debido a  la expansión de las ciudades y muy especialmente para  los sectores rurales - ha dejado de ser “ocasional”  transformándose en permanentes y en una necesidad.

 

En efecto, los parlamentarios impulsores del proyecto de acuerdo señalaron que “muchas veces los escolares no tienen otra posibilidad para poder concurrir a sus escuelas y liceos que este tipo de transporte” y recordaron el trágico accidente de un furgón escolar que prestaba servicio interurbano entre las comunas de Colbún y Linares, y que provocó la muerte de al menos cuatro estudiantes y dos personas mayores. 

 

Explicaron que el  Decreto Ley N° 38 que “Reglamenta el Transporte   Remunerado de  Escolares” en su artículo sexto se refiere al transporte interurbano, definiéndolo como viajes especiales de carácter  ocasional.

Sin embargo, los requisitos establecidos en el mismo cuerpo legal en su artículo décimo, para el transporte  de escolares, no hace diferencias entre aquellos vehículos que cumplen esta clase de funciones al interior de una ciudad, de los que la realizan de forma interurbana.

 

A modo de ejemplo los requisitos básicos son: estar pintado de amarillo, portar un letrero en la parte superior del vehículo, una cilidrada igual o mayor a 1.400 c.c. y un ancho externo total igual o superior a 1.600 mm, sin incluir el parachoque, entre otros.

 

Sin embargo, los senadores Naranjo y Muñoz Aburto recalcaron que “las condiciones objetivas en que estos transportes realizan sus funciones, no son las mismas, ya que en el desplazamiento por carreteras se requiere de  vehículos  especiales, más resistentes, que protejan de mejor forma la integridad física de sus pasajeros, ante los eventuales accidentes de tránsito que puedan sufrir”.

 

Por estas razones, manifestaron su esperanza de que “este proyecto de acuerdo sea aprobado a la brevedad por el Senado y sus medidas debidamente implementadas por el Ministerio de Transportes, con la fiscalización en su cumplimiento de Carabineros de Chile y Funcionarios Municipales, ya que de esta manera, estaremos protegiendo la integridad física de nuestros niños”.

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