Con la abstención del senador, Alejandro Navarro la Cámara Alta aprobó el proyecto, en segundo trámite, que permitirá la detección temprana de riesgo de condiciones climáticas, especialmente de lluvias intensas que puedan incrementar extraordinariamente los caudales de ríos.
De este modo, la iniciativa que surgió a raíz de las inundaciones que afectaron a la Región del Bío Bío en el invierno de 2006 quedó en condiciones de cumplir su tercer trámite, en la Cámara de Diputados. Durante el debate intervinieron los senadores Alejandro Navarro, Pablo Longueira y Juan Pablo Letelier.
El senador Navarro dejó constancia de su sorpresa porque a su juicio “lo que se buscaba era un mecanismo de control y regulación para evacuar aguas, de modo de evitar un aumento violento de los caudales que afecten a las comunidades ribereñas”. Sin embargo, “el debate se centró en cómo indemnizar a la empresas que se veían obligadas a evacuar las aguas y luego no recuperaban su nivel normal”.
Al respecto, el senador Pablo Longueira precisó que “los embalses o los privados no van a recibir ningún peso por concepto de la liberación de aguas que deban hacer de acuerdo a los manuales técnicos en casos de crecidas sino que sólo se establece una indemnización cuando el Ejecutivo utilice una facultad adicional y obligue a evacuar más allá de lo que los instrumentos y manuales técnicos permiten”.
Por su parte, el senador Juan Pablo Letelier acogió la inquietud de su par Alejandro Navarro pero aclaró que “el objetivo de este proyecto es otorgar facultades al Estado para obligar a los embalses a liberar aguas para prevenir crecidas”. Es decir, esta iniciativa no tiene que ver con el manejo de los embalses y su responsabilidad legal cuando causan un daño a la comunidad”.
Cabe señalar que, el proyecto establece un manual de operaciones y de contingencia que contempla los procedimientos en casos excepcionales de crecidas de ríos por razones climáticas y mecanismos de indemnización para los operadores. Ello, cuando la Dirección General de Aguas (DGA) establezca medidas fundadas para vaciar los embalses frente a pronósticos climáticos alarmantes y finalmente no se recupera dicho vaciamiento adicional.
El proyecto define además procedimientos de resolución con árbitros y un proceso para que las comunidades afectadas por una inundación puedan establecer presunciones legales de responsabilidad cuando no se acaten las medidas de manejo de embalses.
Se establece también una escala de multas frente a los incumplimientos que queden registrados en los instrumentos de medición. Y, también cuando haya situaciones de no acatamiento de las directrices de DGA.
Por otra parte, se fortalecen las potestades públicas de la Dirección General de Aguas (DGA), y se obliga a las empresas operadoras de embalses, sean éstas de uso hidroeléctrico o de riego, a posibilitar que dicha infraestructura sea utilizada como un dispositivo mitigador de los efectos de inundaciones, mediando la correspondiente coordinación entre ambos agentes.