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Valparaíso | 15/07/2008 | Departamento de Prensa |

Funcionarios públicos que cometan fraude o desfalco no podrán ocupar ningún cargo mientras dure su sentencia

La Comisión de Constitución aprobó en forma unánime una moción parlamentaria que perfecciona la legislación vigente. Asimismo, respaldó la idea de legislar del proyecto que combate las asociaciones ilícitas para el comercio ilegal.

En forma unánime la Comisión de Constitución que preside el senador José Antonio Gómez, aprobó el proyecto que sanciona a los funcionarios públicos que cometan fraude o desfalco con la inhabilitación absoluta para ocupar cualquier cargo público por el período que dure la pena que se le aplicó.

 

Con ello, la iniciativa que fue originada en una moción de un grupo de diputados y que cumple su segundo trámite, quedó en condiciones de ser votada por la Sala del Senado.

 

Según explicó el senador Gómez, el objetivo central de este proyecto es perfeccionar algunas disposiciones del Código Penal a objeto de igualar las sanciones que se aplican a los funcionarios públicos que cometan delitos como fraude o desfalco, durante el ejercicio de sus cargos.

 

“La normativa actual señala que los funcionarios públicos que cometan esos delitos quedarán inhabilitados para ocupar perpetuamente el cargo que ejercían al momento de ser sancionados, lo que significa que si se sanciona a un alcalde por cinco años, éste quedará habilitado a perpertuidad para poder postular como alcalde, pero al día siguiente puede ser candidato a diputado u ocupar otro cargo”, precisó.

 

Lo que propone el proyecto, es que esa inhabilitación especial perpetua, se convierta en una inhabilitación absoluta temporal para todo cargo público, lo que en la práctica significaría que si un funcionario público es sancionado por cinco años, no podrá realizar ninguna actividad pública en ese tiempo.

 

COMERCIO ILEGAL

 

Pero además de pronunciarse sobre dicha iniciativa, la Comisión de Constitución también aprobó la idea de legislar sobre el proyecto, en segundo trámite, que aumenta las sanciones para quienes se asocien ilícitamente para ejercer el comercio ilegal.

 

Según el senador Gómez, esta iniciativa “combate a las organizaciones ilícitas que se dedican a vender productos sin IVA o duplicados, entre otros. Se trata de darle mayores facultades a las policías y establecer sanciones más altas”.

 

Si bien se establecen multas, el proyecto está orientado a mejorar el control policial y municipal en el sentido de que los municipios establezcan lugares donde el comercio ambulante pueda desarrollar su actividad y evitar que se produzca la venta en forma ilegal.

 

La iniciativa que debe ser votada en general por la Sala del Senado también considera el aumento de penas y multas que fluctúan entre las 200 y 800 UTM, es decir entre $7.129.600 y $28.518.400.

 

Asimismo, contempla una figura similar a la que se utiliza en la entrega de drogas vigilada, señalando que el juez de garantía podrá autorizar que los envíos ilícitos o sospechosos de los productos objeto de comercio ilegal, trasladen, guarden, intercepten o circulen dentro del territorio nacional, salgan de él o entren en él, bajo la vigilancia o el control de la autoridad correspondiente, con el propósito de individualizar a las personas que participen en la ejecución de tales hechos, conocer sus planes, evitar el uso ilícito de las especies referidas o prevenir y comprobar cualquiera de tales delitos.

 

Por otra parte, las policías, los inspectores municipales o los funcionarios autorizados del Servicio de Impuestos Internos que corresponda, podrán fiscalizar el cumplimiento de esta normativa respecto de quienes ejercen el comercio, sea ambulante o establecido.

 

Las municipalidades deberán establecer en sus respectivas ordenanzas los lugares donde se podrá ejercer el comercio ambulante, las que deberán contener, a lo menos, un sistema único de identificación personal, con registro fotográfico de la persona autorizada para ejercer dicho comercio.

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