Las empresas y las personas naturales contribuyentes del impuesto global complementario que declaren su renta efectiva sobre la base de contabilidad completa podrán realizar donaciones con fines sociales y acogerse a los beneficios tributarios que la ley establece. Así se acordó en la Comisión de Hacienda que despachó la iniciativa, en segundo trámite, que mejora el marco legal de este tipo de donaciones.
Asimismo los aportes de hasta 1.000 UF, es decir unos $20.800.000, no tendrán la obligación de destinar una parte al Fondo Mixto de Apoyo Social. Sin embargo, de todas formas tendrán que dividir estos recursos en al menos dos instituciones.
Así lo explicó el senador José García, integrante de la Comisión de Hacienda quien calificó esta iniciativa como “un avance que va a servir mucho a las instituciones sociales serias, pese a que no es el ideal que esperábamos porque se mantiene la obligación de aportar al Fondo Mixto para quienes hagan donaciones superiores a las 1.000 UF”.
A juicio del parlamentario “esta disposición opera prácticamente como un verdadero impuesto sobre las donaciones. Aún así nos alegra que las donaciones de hasta $20 millones no vayan que tener que aportar al fondo aún cuando van a tener que dividir la donación en más de una institución”.
El senador García valoró además que “pequeñas empresas o profesionales como personas naturales también van a poder realizar este tipo de donaciones con fines sociales y acogerse a los beneficios tributarios. Mientras que el máximo de las donaciones quedó en las 14 mil UTM”, es decir unos 511 millones de pesos.
En lo fundamental la iniciativa incentiva y regula las donaciones con fines sociales por parte de empresas y de personas naturales; la solidaridad entre las instituciones sociales; y la buena fe, previendo sanciones para los casos de responsabilidad reiterada de los partícipes en el uso inadecuado de las donaciones.
Asimismo, el proyecto identifica las dificultades suscitadas en la aplicación del modelo de donaciones contemplado en la ley Nº 19.885, tales como, las sanciones que operan como desincentivo a las donaciones, en particular las realizadas a instituciones sociales y la necesidad de perfeccionar el Fondo Mixto de Apoyo Social.
Cabe señalar que un nuevo marco legal para las donaciones permitirá a las organizaciones sociales, contar con instrumentos jurídicos para abordar la compleja realidad social que vive nuestro país, que se vivencia mayormente en comunas periféricas que sufren lamentables condiciones de pobreza y en las que muchos jóvenes se hallan sumidos en las adicciones del alcohol o las drogas.
Por ejemplo, al desagregar la cifra del 8% nacional de desempleo en el 10% más pobre de la población, nos encontramos con que en este último segmento el 60% de los jóvenes se encuentra actualmente desempleado o sin acceso a la educación.