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Valparaíso | 16/09/2008 | Departamento de Prensa |

Quieren patrocinio del Ejecutivo para proyecto que termina con “vicios” en la Ley de Isapres

El senador Mariano Ruiz-Esquide se reunió con el Ministro Secretario General de la Presidencia para solicitarle que se agilice una legislación en esa línea.

Con el objeto de acelerar la tramitación de una gran reforma que modifique la actual Ley de Isapres y termine con ciertos “vicios” de dicho cuerpo legal, el integrante de la Comisión de Salud, senador Mariano Ruiz-Esquide, le solicitó al Ministro Secretario General de la Presidencia, José Antonio Viera Gallo el patrocinio de una iniciativa en esa línea.

 

Junto a la diputada Carolina Goic, el legislador anticipó que también se reunirá con la Ministra de Salud, María Soledad Barría, para impulsar un “avance integral para terminar con todos aquellos resquicios que perjudican a los usuarios del sistema”.

 

Según el parlamentario “las Isapres deben entender que mientras mejor esté el modelo, mejor está el país, por lo demás, los ingresos de dichas instituciones de Salud sobrepasan todo nivel en una sociedad que pretende ser solidaria”.

 

Consultado sobre los alcances de su iniciativa, el senador Ruiz-Esquide manifestó que ésta apunta a perfeccionar el sistema Isapres, dando mayor protección a aquellos cotizantes más vulnerables a las alzas de precio de su plan de salud y explicitando el alcance de las Garantías Explícitas en Salud (GES).

 

Agregó que el cuerpo legal busca perfeccionar el sistema de licencias médicas con vistas a evitar el alza constante de los costos en salud por concepto de pago de los subsidios por incapacidad laboral.

 

ALCANCES DE LA INICIATIVA

 

En lo fundamental, se propone modificar el procedimiento de adecuación contractual por el cual las Isapres pueden modificar unilateralmente el  precio del plan de salud de sus cotizantes, limitando dicha facultad respecto de aquellos “cotizantes cautivos” que, producto del alza del precio de su plan de salud, vean afectado su derecho constitucional a elegir el sistema de salud al cual adherir. Para ello, se propone generar un modelo de adecuación distinto del aplicado al resto de los cotizantes que, ante una eventual alza en el precio de su plan, pueden efectivamente cambiarse de Isapre.

 

Para los denominados “cotizantes cautivos” se propone que la Isapre no pueda subirles el precio de su plan en un porcentaje superior a aquel que arroje un Índice de Precios de Prestaciones de Salud (IPC de Salud) que para estos efectos elaborará el Ministerio de Salud en uso de sus atribuciones legales. De esta forma, se limitaría el alza de precios a un índice inflacionario de las prestaciones de salud que refleje el alza real de los costos en salud.

 

La Superintendencia de Salud llevará un Registro Especial de Cotizantes Cautivos al que podrán ingresar sólo aquellos cotizantes que prueben su cautividad en una determinada Isapre y cumplan con el requisito de haber cotizado al menos durante los tres años anteriores en una Isapre.

 

Asimismo, se propone modificar el concepto de enfermedad preexistente a la celebración del contrato, explicitando que dicha categoría de enfermedad no puede ser aplicada a aquellas patologías o condiciones de salud protegidas por las Garantías Explícitas en Salud.

 

De tal forma que el cotizante no estaría obligado a declarar estas patologías en la respectiva Declaración de Salud ni la Isapre podría aplicar a dichas enfermedades y condiciones de salud la exclusión de cobertura que dice relación con las enfermedades preexistentes no declaradas.

 

El objeto de esta norma es doble: asegurar la garantía financiera para el tratamiento de estas patologías GES a todo evento, e impedir que quienes padecen de estas patologías deban declararlas y eventualmente generen la negativa de una Isapre a contratar con ellos por ese motivo.

 

En cuanto a las modificaciones al Sistema de Autorización y Control de Licencias Médicas y Pago de Subsidios por Incapacidad Laboral, se propone derogar la norma que excluye del pago del subsidio los tres
primeros días de licencia en caso de una licencia de hasta diez días.

 

Asimismo, se dispone explícitamente que el subsidio por incapacidad laboral temporal es un beneficio para todos los cotizantes del FONASA; se crea un nuevo organismo público, la Comisión Nacional de
Medicina e Invalides, que reemplazará a las Isapres y COMPIN en la autorización de las licencias médicas; se simplifica el procedimiento de reclamos por licencias médicas rechazadas, centrando en la Comisión Nacional de Medicina e Invalides su resolución en doble instancia; y se crea un Registro de Profesionales autorizados para otorgar
licencias médicas.

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