Ud. está en: Constitución > Proyectos
Volver Enviar Imprimir
Valparaíso | 14/10/2008 | Departamento de Prensa |  Boletín Nº 5725-07

Llegó al Senado proyecto que sanciona con hasta 10 años de cárcel a los funcionarios públicos que defrauden al Fisco

La iniciativa que deberá ser estudiada por la Comisión de Constitución aumenta la penalidad de ciertos delitos contra la función pública, tales como fraude, negociación incompatible y cohecho.

Penas de hasta 10 años de cárcel, millonarias multas e inhabilitación absoluta temporal para cargos públicos contempla el proyecto, en segundo trámite, que modifica el Código Penal para aumentar la penalidad de delitos como fraude al Fisco, negociación incompatible y cohecho que sean cometidos por funcionarios públicos.

 

La iniciativa llegó al Senado con suma urgencia, es decir, 10 días de trámite en cada ramo del Congreso, y deberá ser analizada por la Comisión de Constitución que preside el senador José Antonio Gómez e integran los senadores Soledad Alvear, Hernán Larraín, Pedro Muñoz y Alberto Espina.

 

En lo fundamental, el proyecto señala que el empleado público que defraude al Estado, a las municipalidades o a los establecimientos públicos de instrucción o beneficencia, originándoles pérdida o privándoles de un lucro legítimo, será sancionado con penas que fluctúan entre los 3 años y 1 día a 10 años, si la defraudación excede las 40 Unidades Tributarias Mensuales (UTM, es decir, $1.476.400.

 

Si el fraude supera las 4 UTM y no excede de las 40 UTM, se le aplicará una pena que va desde los 3 años y 1 día a los 5 años de cárcel; mientras que si el monto defraudado fluctúa entre 1 y 4 UTM, arriesga entre 541 días a 3 años de presidio.


Por otra parte, si el fraude cometido supera las 400 UTM ($14.764.000), se le aplicará al funcionario público una pena que fluctúa entre los 5 años y 1 día a 10 años de cárcel.

Además se aplicarán multas del 10% al 50% del perjuicio causado y se arriesgarán a la inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos u oficios públicos.

 

NEGOCIACIÓN INCOMPATIBLE

 

En tanto, los empleados públicos que cometan el delito de negociación incompatible, será castigado con penas  de entre 541 días a 5 años de presidio, inhabilitación absoluta temporal para cargos, empleos u oficios públicos y multa de 10% a 50% del valor del interés que hubiere tomado en el negocio.

 

Por otra parte, los empleados públicos que haciendo uso de un secreto o información concreta reservada, obtengan un beneficio económico o de otra naturaleza para sí o para un tercero, será castigado con la misma pena de cárcel y multa del tanto al triplo del beneficio obtenido.

 

En el caso de tratarse de un beneficio no económico, la multa será de 100 a 1.000 UTM.

 

En tanto, los empleados públicos que soliciten o acepten dineros para ejecutar o haber ejecutado un acto en su beneficio o recibirá una pena que fluctúa entre los 61 días a los 540 días de cárcel, suspensión y multa.

 

Por otra parte, quienes sobornen a un empleado se arriesga a penas de reclusión menor en sus grados mínimo a máximo, en el caso del beneficio ofrecido, o de reclusión menor en sus grados mínimo a medio, en el caso del beneficio consentido.

 

La iniciativa también contempla sanciones para quienes intenten sobornar a un funcionario público extranjero. En esos casos, se arriesgan a penas de entre 541 días a 5 años de cárcel, además de multa e inhabilitación.

 

 

           

Artículos Relacionados